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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (10/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

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Pág. 211017 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de octubre de 2001 lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado autoriza- ción para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado "CENTRO DE CONCILIACIÓN ARMO- NIA SOCIAL -EXTENSION CHOSICA", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 21 de setiembre de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1267-2001- JUS/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación CEN- TRO DE CONCILIACIÓN ARMONIA SOCIAL; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación CENTRO DE CONCILIACIÓN ARMONIA SOCIAL, el funciona- miento de su Centro de Conciliación denominado "CEN- TRO DE CONCILIACIÓN ARMONIA SOCIAL -EX- TENSION CHOSICA", con sede en la ciudad de Lima.Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 32256 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 422-2001-RE Lima, 9 de octubre de 2001 De conformidad con el inciso 12) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facul- tad del Presidente de la República de nombrar Embaja- dores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 013-2001-EF/76.01 A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO CENTRAL E INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PRESENTACION DE INFORMACION PRESUPUESTARIA CORRESPONDIENTE AL III TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2001 Se recuerda a los Pliegos Presupuestarios conformantes del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, que los plazos de presentación a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, de la información presupues- taria correspondiente al III Trimestre del Año Fiscal 2001, debe ser cumplida conforme a lo siguiente: •Las Modificaciones Presupuestales dentro de una Unidad Ejecutora, deben formalizarse como plazo máximo el 10 de octubre del 2001 y su remisión a esta Dirección Nacional debe efectuarse hasta el 15 de octubre del 2001, de acuerdo a los plazos señalados en el Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 001-2001-EF/76.01 modificado por la Resolución Directoral Nº 048-2000-EF/76.01. •La presentación de la Información relativa al Proceso Presupuestario a través de los disquetes correspondien- tes, vence el 15 de octubre del 2001, de acuerdo con el Anexo Nº 01 de la Directiva antes señalada, modificado por la Resolución Directoral Nº 048-2000-EF/76.01. •La Información del Personal a cargo de los Pliegos, registrada en el software “Proceso Presupuestario 2001” se presenta hasta el día 15 de octubre del 2001, de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 01 de la misma Directiva, modificado por la Resolución Directoral Nº 048-2000-EF/76.01. Por lo expuesto se recomienda a los responsables de la elaboración y presentación de la información antes mencionada, dar cumplimiento estricto a los plazos indicados a fin de permitir la fluidez y seguimiento del proceso presupuestario del Sector Público Nacional. Lima, 9 de octubre de 2001 Nelson Shack Yalta Director General DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO32449