Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2001 (10/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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JUSTICIA
Autorizan a diversas instituciones funcionar como centros de conciliacion con sede en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 276-2001-JUS MORDAZA, 3 de octubre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 14986, de fecha 5 de MORDAZA de 2001, de la Pontificia Universidad Catolica del Peru; CONSIDERANDO: Que la Pontificia Universidad Catolica del Peru; es una institucion de derecho privado que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de resolucion de conflictos; Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado "CENTRO DE CONCILIACION DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU SEDE - FILIAL CAJAMARCA", con sede en la MORDAZA de Cajamarca; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 31 de agosto de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1195-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Pontificia Universidad Catolica del Peru; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Pontificia Universidad Catolica del Peru, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "CENTRO DE CONCILIACION DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLI-

CA DEL PERU SEDE - FILIAL CAJAMARCA", con sede en la MORDAZA de Cajamarca. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 32253 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 277-2001-JUS MORDAZA, 3 de octubre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 16543, de fecha 23 de MORDAZA de 2001, de la asociacion CONCILIA - CENTRO DE NEGOCIACION Y CONCILIACION; CONSIDERANDO: Que la asociacion CONCILIA - CENTRO DE NEGOCIACION Y CONCILIACION, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CONCILIA - CENTRO DE NEGOCIACION Y CONCILIACION, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 6 de setiembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1216-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion CONCILIA - CENTRO DE NEGOCIACION Y CONCILIACION; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion CONCILIA - CENTRO DE NEGOCIACION Y CONCILIACION,

Contraloria General de la Republica

COMUNICADO
La Contraloria General de la Republica informa a las entidades del Sistema Nacional de Control, Jefaturas de Organos de Auditoria Interna y publico en general, la cancelacion de la conferencia internacional "MECANISMOS DE TRANSPARENCIA Y PROBIDAD EN LA GESTION PUBLICA", la cual estaba programada para el dia jueves 11 de octubre en la Escuela Nacional de Control. Agradecemos el interes dispensado al citado evento, cuya suspension se debe a medidas de seguridad impartidas por el gobierno de Puerto Rico a sus funcionarios expertos de la Oficina de Etica Gubernamental de Puerto Rico, a raiz de los recientes sucesos en Afganistan. MORDAZA MORDAZA, 9 de octubre de 2001.

LA SECRETARIA GENERAL

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