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Pág. 211015 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de octubre de 2001 JUSTICIA Autorizan a diversas instituciones fun- cionar como centros de conciliación con sede en las ciudades de Cajamarca y Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 276-2001-JUS Lima, 3 de octubre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 14986, de fecha 5 de julio de 2001, de la Pontificia Universidad Católica del Perú; CONSIDERANDO: Que la Pontificia Universidad Católica del Perú; es una institución de derecho privado que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora mediante la aplicación de mecanismos alternativos de resolución de conflictos; Que la mencionada institución ha solicitado autoriza- ción para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado "CENTRO DE CONCILIACIÓN DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU SEDE - FILIAL CAJAMARCA", con sede en la ciudad de Cajamarca; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 31 de agosto de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1195-2001- JUS/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la Pontificia Univer- sidad Católica del Perú; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Pontificia Universi- dad Católica del Perú, a funcionar como Centro de Conciliación denominado "CENTRO DE CONCILIA- CION DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLI-CA DEL PERU SEDE - FILIAL CAJAMARCA", con sede en la ciudad de Cajamarca. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 32253 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 277-2001-JUS Lima, 3 de octubre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 16543, de fecha 23 de julio de 2001, de la asociación CONCILIA - CENTRO DE NEGOCIACIÓN Y CONCILIACION; CONSIDERANDO: Que la asociación CONCILIA - CENTRO DE NEGO- CIACIÓN Y CONCILIACION, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado autoriza- ción para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado CONCILIA - CENTRO DE NEGOCIACIÓN Y CONCILIACION, con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 6 de setiembre de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1216-2001- JUS/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación CON- CILIA - CENTRO DE NEGOCIACIÓN Y CONCI- LIACION; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación CONCI- LIA - CENTRO DE NEGOCIACIÓN Y CONCILIACION, Contraloría General de la República COMUNICADO La Contraloría General de la República informa a las entidades del Sistema Nacional de Control, Jefaturas de Organos de Auditoría Interna y público en general, la cancelación de la conferencia internacional "MECANISMOS DE TRANSPARENCIA Y PROBIDAD EN LA GESTION PUBLICA", la cual estaba programada para el día jueves 11 de octubre en la Escuela Nacional de Control. Agradecemos el interés dispensado al citado evento, cuya suspensión se debe a medidas de seguridad impartidas por el gobierno de Puerto Rico a sus funcionarios expertos de la Oficina de Etica Gubernamental de Puerto Rico, a raíz de los recientes sucesos en Afganistán. Jesús María, 9 de octubre de 2001. LA SECRETARIA GENERAL