Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2001 (10/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el "XV Congreso Regional de Medicina, IX Curso Internacional y VI Concurso de Investigacion en Medicina", eventos que se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 5 al 8 de octubre del ano 2001. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 32404

MTC
Otorgan a Radio San MORDAZA S.A. y Empresa Radiodifusora Marconi S.A. autorizacion y permiso de instalacion para operar estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 844-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 28 de setiembre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO SAN MORDAZA S.A., para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Los Aquijes, provincia y departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 615-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 667-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO SAN MORDAZA S.A. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 491-2000 y 276-2001MTC/15.03; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones;

SALUD
Aprueban edicion oficial del "Directorio de los Asesores Legales de las dependencias del Sector Salud"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 561-2001-SA/DM MORDAZA, 9 de octubre del 2001 Visto el Oficio Nº 1376-2001-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que es funcion del Ministerio de Salud como entidad integrante del Poder Ejecutivo realizar acciones de difusion, informacion y capacitacion del contenido y alcances de la Ley Nº 27444 - "Ley de Procedimiento Administrativo General"; Que la Oficina de Asesoria Juridica conforme a lo prescrito en el Decreto Supremo Nº 002-92-SA, "Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud", tiene a su cargo compendiar y sistematizar permanentemente la legislacion relacionada con el sector y coordinar su publicacion; Que habiendose alcanzado el Proyecto de Directorio de los Asesores Legales de las diferentes dependencias del Sector Salud, con el objetivo de constituirse en una herramienta de coordinacion y apoyo a la funcion de asesoramiento y absolucion de consultas, incluyendose en el mismo, el texto de la Ley Nº 27444, cuya difusion es obligatoria; Con la visacion de la Oficina General de Administracion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 584 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA y la Ley Nº 27444; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Edicion Oficial del "Directorio de los Asesores Legales de las dependencias del Sector Salud", autorizandose la impresion de 1 000 ejemplares. Articulo 2º.- La Oficina de Asesoria Juridica distribuira gratuitamente la publicacion a que se contrae la presente Resolucion a las diferentes entidades integrantes del Sector Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 32414

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