Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2001 (12/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2001 ORDENANZA

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban beneficios complementarios a la Ordenanza Nº 029-2000/MDSMP para pobladores de diversos programas de vivienda que no cuentan con habilitacion MORDAZA
ORDENANZA Nº 034-01-MDSMP San MORDAZA de Porres, 4 de octubre de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de octubre del 2001 y el Proyecto de Ordenanza, presentado por la Comision de Desarrollo MORDAZA, sobre Complementacion de Beneficios otorgada mediante Ordenanza Nº 029-2000-MDSMP a las Agrupaciones Asociativas que no cuentan con Habilitacion MORDAZA, para tramitar la elaboracion de Proyectos y/o Ejecucion de Obras de Agua, Alcantarillado y Electrificacion; CONSIDERANDO: Que, ante continuas quejas y denuncias en el presente ano, de los vecinos, moradores de los ex fundos MORDAZA MORDAZA y Naranjal, quienes manifiestan su preocupacion por la falta de interes y la poca importancia que muestran la mayoria de inmobiliarias (vendedores de lotes de terreno para vivienda) en la tramitacion de las habilitaciones urbanas de los diversos programas de vivienda en los ex fundos senalados; Que, en sus quejas hacen de conocimiento que hace mas de 12 anos no cuentan con los servicios basicos y que la mayoria de silos que los moradores utilizan han colapsado y que cerca de 100,000 pobladores entre ninos y adultos sufren frecuentemente danos a su salud por el agua contaminada que consumen, aumentando el riesgo en los meses de verano; Que, la actual gestion municipal como gobierno local y representante de la voluntad popular en la jurisdiccion territorial de su competencia, en su rol de fomentar y promover el desarrollo integral del distrito y velar por la salud de los pobladores, viene tomando un conjunto de acciones y medidas para llegar a la solucion final de uno de los principales problemas del distrito como son las Habilitaciones Urbanas; Que, segun el Informe Nº 336-01-DHU de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, Informe Nº 619-01-OAJ de la Direccion de Asesoria Juridica y conforme a lo previsto en los Articulos 1º y 7º de la Constitucion Politica del Peru, y en concordancia con los Articulos 64º, 65º incisos 2), 5), 14) y 19), 66º incisos 1), 8) y 9) y 71º inciso 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y la Ordenanza Nº 022-2001/ MDSMP que declara en urgencia la Habilitacion MORDAZA en los ex fundos Naranjal, MORDAZA MORDAZA y otros en el distrito; El Concejo Municipal por Unanimidad aprobo la siguiente:

COMPLEMENTACION DE BENEFICIOS OTORGADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 029-2000/MDSMP A LAS AGRUPACIONES ASOCIATIVAS QUE NO CUENTAN CON HABILITACION MORDAZA, PARA TRAMITAR LA ELABORACION DE PROYECTOS Y/O EJECUCION DE OBRAS DE AGUA, ALCANTARILLADO Y ELECTRIFICACION Articulo 1º.- Autorizar a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza, a los pobladores de los diferentes programas de vivienda de los ex fundos MORDAZA MORDAZA, Naranjal y otros, que no cuenten con Habilitacion MORDAZA concluida a la fecha, y que se encuentren debidamente organizados en Asociaciones, Juntas Vecinales, Comites de Obras, Comites de agua y desague y electrificacion, para que realicen los tramites que correspondan ante SEDAPAL, EDELNOR o cualquier otra institucion que conlleve a lograr la aprobacion y elaboracion de Proyectos y/o la ejecucion de obras de agua, alcantarillado y electrificacion en la zona. Articulo 2º.- Para solicitar la autorizacion senalada en el Articulo 1º de la presente Ordenanza, las organizaciones deberan contar con personeria juridica vigente a la fecha y acreditar documentariamente quienes han estado y estan recibiendo la atencion de SEDAPAL, EDELNOR u otras instituciones en los tramites para conseguir los Servicios Basicos de Agua, Alcantarillado y Electrificacion en la zona. Aquellas organizaciones que recien inicien sus tramites para conseguir el Servicio Basico de agua, alcantarillado y electrificacion en su MORDAZA ante la institucion correspondiente deberan presentar su personeria juridica vigente. En ambos casos se requiere los requisitos senalados en el Art. 15.1 de la Ordenanza Nº 010-2000. Articulo 3º.- Aquellas Personas Naturales o Juridicas comprendidas en el Articulo 1º, sin contar con la Habilitacion MORDAZA y que a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, no hubieran podido conseguir la aprobacion de su Habilitacion MORDAZA y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente norma; deberan dar todas las facilidades del caso para que los pobladores debidamente organizados, previa autorizacion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, puedan iniciar y/o continuar con los tramites correspondientes ante SEDAPAL, EDELNOR u otra institucion que pueda hacer realidad la consecucion de las obras de agua y alcantarillado, inclusive hasta el logro de la ejecucion de las redes secundarias de agua. Articulo 4º.- La autorizacion otorgada por la Municipalidad solo podra ser usada para iniciar o continuar los tramites ante las instituciones competentes para conseguir la elaboracion de Proyectos y/o Ejecucion de Obras de Agua, Alcantarillado y Electrificacion. La autorizacion en ningun caso constituye titulo de propiedad o similar. Articulo 5º.- El procedimiento para la aprobacion de expedientes para autorizacion de ejecucion de obras (agua, alcantarillado y electrificacion), de habilitaciones urbanas seran aprobadas de acuerdo al Articulo Primero de la Ordenanza Nº 026-2001-MDSMP. Articulo 6º.- Modificar o adecuar las disposiciones locales vigentes que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

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