Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2001 (12/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2001

Visto el Expediente Nº 00373-98, correspondiente al tramite de Inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 33 827,49 m², constituido por los sectores: "I" de 26 559,49 m² y "II" de 7 268,30 m², ubicado en la MORDAZA denominada "La Quipa", distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; para su posterior transferencia a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a fin de que sea adjudicado en venta a don MORDAZA Gubbins Bovett, para el funcionamiento de una habilitacion recreacional; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, expidio la Resolucion de Alcaldia Nº 1649 de fecha 15 de MORDAZA de 1998, calificando de naturaleza eriaza al terreno de 33 880,90 m² constituido por los sectores: "I" de 26 612,60 m² y "II" de 7 268,30 m², ubicado en la MORDAZA denominada "La Quipa", distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; Que, a traves del Oficio Nº 1478-98-MML-DMDU, de fecha 3 de agosto de 1998, la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA remitio los documentos tecnicos de calificacion de terreno eriazo a la Superintendencia de Bienes Nacionales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 007-92-VC; Que, mediante Informe Nº 333-2000/SBN-DAT de fecha 23 de octubre del 2000, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales indica que el terreno denominado Sector "I" de 26 612,60 m² forma parte de tierra firme y constituye en su mayor extension un acantilado, en tanto que el Sector II de 7 268,30 m² constituye un islote de naturaleza rocosa y de topografia accidentada, el cual no cuenta con ninguna MORDAZA de playa; asimismo, de acuerdo con el Plano de Zonificacion Nº MORDAZA 20 correspondiente al distrito de Pucusana, vigente hasta el ano 2 002, los predios materia de estudio se localizan en MORDAZA calificada como ZHR MORDAZA de Habilitacion Recreacional, por lo que el uso propuesto es compatible; Que, mediante Informe Nº 161-2000/SBN-DMAR de fecha 27 de junio del 2000, la Direccion de Margesi y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Nacionales indica que el terreno sub-materia no esta inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble ni en el Margesi Nacional de Bienes Inmuebles correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Informe Tecnico Nº 3906-99-ORLCGPI-SCAT, de fecha 11 de octubre de 1999, ratificado con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 22 de enero del 2001, la Oficina Registral de MORDAZA y Callao informa que el terreno sub materia no se encuentra inscrito; Que, a traves de la tramitacion del expediente sustentatorio de la presente resolucion se han acreditado los informes favorables de las instituciones estatales que de acuerdo a ley deben emitir opinion respecto a los predios materia de tramite de primera inscripcion de dominio; Que, mediante Oficio Nº 812-2001-MML-DMDU, de fecha 17 de MORDAZA del 2001, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, reduce el area del terreno denominado sector I, de 26 612,60 a 26 559,19 m2, eliminando la superposicion existente con la primera inscripcion de dominio, dispuesta por Resolucion Ministerial Nº 07088-VC-5600, de fecha 26 de febrero de 1988; Que, el predio MORDAZA descrito es de naturaleza eriaza y constituye propiedad del Estado, debiendo por tanto, disponerse la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado, de acuerdo con el inciso b) del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF;

Articulo Unico.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, de los terrenos de 26 559,19 m2 y 7 268,30 m2, denominados sectores "I" y "II", respectivamente, ambos ubicados en la MORDAZA denominada "La Quipa", distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 32101 RESOLUCION Nº 327-2001/SBN La MORDAZA, 24 de setiembre del 2001 Visto el Expediente Nº 05670-97, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de domino a favor del Estado del terreno de 68 051,25 m² ubicado a la altura del kilometro 79,80 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Canete expidio la Resolucion de Alcaldia Nº 133-2000-AL de fecha 22 de marzo del 2000, que califico de naturaleza eriaza el terreno de 68 051,25 m² ubicado a la altura del kilometro 79,80 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima; Que, el terreno sub materia no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, en virtud de lo senalado en los Informes Tecnicos Nºs. 655 y 2358-2000-ORLC-GPI-SCAT del 2 de febrero y 26 de MORDAZA del 2000, respectivamente, emitidos por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 012-2001/ SBN-JAR, de fecha 7 de setiembre del 2001, se da cuenta que el terreno se encuentra desocupado y que se ubica fuera de la franja de uso publico de cincuenta metros de ancho a que se refiere la Ley Nº 26856, verificandose que se encuentra encerrado de manera natural por cerros, que impiden la continuidad geografica del area; Que, a traves de la tramitacion del expediente sustentatorio de la presente resolucion se han acreditado los informes favorables de las instituciones que de acuerdo a ley deben emitir opinion respecto a los predios de naturaleza eriaza y riberena, ubicados en areas urbanas o extra urbanas, materia de tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado; Que, el predio MORDAZA descrito es de naturaleza eriaza y constituye propiedad del Estado en concordancia con lo dispuesto por el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, debiendo por tanto disponerse la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado, de acuerdo con el inciso b) del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el Decreto de Urgencia Nº 071-2001 de fecha 19 de junio del 2001, establece que las acciones referidas a las primeras inscripciones de dominio de terrenos de propiedad estatal seran aprobadas mediante Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Resolucion Ministerial Nº 248-86-VC-1200;

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