Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2001 (12/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2001

Articulo 347º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 353º de la precitada Ley, la Superintendencia de Banca y Seguros debe difundir periodicamente la informacion sobre los principales indicadores de la situacion de las empresas sujetas a su control. Al respecto, la Oficina de Secretaria General, mediante Informe Nº 003-SG/C ha estimado conveniente la contratacion de determinados medios de comunicacion, atendiendo al contenido de los comunicados y al publico al que van dirigidos; Que, mediante Informe Nº 003-2001-DL emitido por el Departamento de Logistica, senala que viene realizando, de acuerdo al Articulo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la publicacion de la convocatoria, otorgamiento de la buena pro, postergacion del MORDAZA y declaracion de desierto de los procesos de seleccion en los casos en que asi lo indican las normas sobre contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Articulo 19º Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones de servicios personalisimos estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, conforme lo establece el Articulo 111º del Reglamento de la precitada MORDAZA, asi como su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, senala que son servicios personalisimos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; considerandose dentro de esta calificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y, contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras de Fondos de Pensiones, Asesoria Juridica, Administracion General y Secretaria General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar en via de regularizacion la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico la contratacion de los servicios referidos en la parte considerativa de la presente Resolucion, y, consecuentemente autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el indicado servicio mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- El valor referencial del servicio por el presente ano asciende a la suma de S/. 340 000,00 (Trescientos cuarenta mil Nuevos Soles), que incluye todo concepto, gastos y/o tributos a que hubiera lugar; dicho pago, segun lo senalado en el Articulo 11º del T.U.O., cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, cuya fuente de financiamiento son recursos propios de la institucion. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del TUO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 32541

UNIVERSIDADES
Autorizan contratacion de servicios de publicidad para el MORDAZA de admision de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 563-01-R Callao, 4 de octubre de 2001 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 207-2001-OASA recepcionado el 1 de octubre de 2001, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el informe tecnico de contratacion de servicio de publicidad para el MORDAZA de admision 2001-II de la UNAC. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 100-2001-CU de fecha 31 de agosto del 2001, el Consejo Universitario, aprobo el cronograma del MORDAZA de Admision 2001-II de la Universidad; Que, dentro de este contexto se hace necesario dar la debida difusion a este MORDAZA, debiendose para el efecto contratar los servicios de publicidad para este concurso hasta por la suma de $ 36,214.50 dolares americanos o su equivalente en moneda nacional de conformidad con el Informe Tecnico Nº 003-OASA-2001; Que, teniendo en cuenta la normatividad vigente por los costos que demanda esta contratacion ($ 36,214.50) deberia realizarse un MORDAZA de Adjudicacion Directa, pero de acuerdo con el D.S. Nº 071-2001-PCM establece que este MORDAZA de contrataciones se encuentra inmerso dentro de las causales de exoneracion estipuladas en el Articulo 19º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendose ademas cumplir con el Art. 20º de la citada Ley y el Art. 113º de su Reglamento; Estando a lo glosado; al Informe Legal Nº 781-2001-AL de la Oficina de Asesoria Legal recepcionado el 4 de octubre del 2001; al Decreto Legislativo Nº 909; a los Decretos Supremos Nºs. 012, 013 y 071-2001-PCM y, en uso de las atribuciones que confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad y el 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º.- AUTORIZAR a la OFICINA DE ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS AUXILIARES realizar los servicios de contratacion de publicidad en diferentes medios de comunicacion, para el MORDAZA de Admision 2001-II, hasta por la suma de $ 36,214.50 incluido IGV o su equivalente en moneda nacional, el cual debe sujetarse conforme a Ley. 2º.- DISPONER que el egreso que origine la presente Resolucion se cargara a la Actividad 1-00199 "Desarrollo de la Educacion Universitaria", Componente 3-0498 "Desarrollo de la Ensenanza", Especifica del Gasto 39 "Otros Servicios a Terceros" con cargo a los recursos directamente recaudados de Admision. 3º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Post-Grado, Oficina de Informacion y Relaciones Publicas, Oficina de Admision, Oficina de Auditoria Interna, Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina General de Administracion, Oficina de Contabi-

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