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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (20/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 211533 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de octubre de 2001 §Depósitos CTS §Concepto: Pago a titulares de depósitos CTS en BAN- CO NUEVO MUNDO EN LIQUIDACION Declaro/amos haber recibido del Banco ........................... por cuenta del BANCO NUEVO MUNDO EN LIQUIDA- CION, la constancia de la transferencia de la suma de .......................... correspondiente a mis depósitos en el BANCO NUEVO MUNDO EN LIQUIDACION, a la cuenta Nº ................... del Banco .............., a entera satis- facción, no teniendo nada que reclamar por este concep- to a dicho banco. Declaro/amos, asimismo, mi/nuestra conformidad con la transferencia de mis depósitos en el BANCO NUEVO MUNDO EN LIQUIDACION de que trata el presente recibo, al Banco .................., para los efectos antes señalados. Es todo cuando debo/emos declarar. Fecha: ......................... ______________ Firma ANEXO Nº 6 FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Lima, ..........de..................de 2001. CARTA FIANZA Nª______________ Vencimiento: Señores SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Presente .- Por la presente, garantizamos (afianzamos) ante uste- des en forma solidaria, incondicionada, irrevocable y sin beneficio de excusión, hasta por la suma de US$ 250 000,00 ( Doscientos cincuenta y 00/100 mil Dólares Americanos ) a la empresa .......................... ga- rantizando que cumplirá todas y cada una de las obliga- ciones que asume en virtud del contrato de pago de los depósitos del Banco Nuevo Mundo en Liquidación de fecha ...... ............., que suscriben por haber resultado favorecidos con la buena pro del Concurso Privado con- vocado por la Superintendencia de Banca y Seguros para seleccionar al banco pagador al que se transferirá hasta un monto máximo equivalente a US $ 40 000 000, 00 (cuarenta y 00/100 millones de Dólares Americanos) para los fines antes señalados. La presente carta fianza es de realización automática al primer requerimiento, por lo que la honraremos a la simple solicitud de ustedes, indicando que nuestro fiado ha incumplido, en cualquiera de sus extremos el ya mencionado contrato. En caso de no pagar el importe de la carta fianza dentro de las cuarentiocho horas siguientes a su solicitud, incurriendo automá- ticamente en mora y el importe de la fianza devenga- rá intereses moratorios equivalentes a la tasa activa en moneda nacional (TAMN) más tres puntos porcen- tuales. Esta fianza regirá desde la fecha y expirará el ..................de............de ............... , a las .................horas. Atentamente, FIADOR 33000MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Otorgan amnistía tributaria general a favor de contribuyentes que paguen al contado deudas por concepto de Im- puesto Predial y Arbitrios ORDENANZA Nº 094-MDMM Magdalena del Mar, 19 de octubre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria de la fecha, adoptó por MAYORIA y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que es política de la actual Administración Munici- pal otorgar las máximas facilidades a los contribuyentes de la localidad, para el pago de deudas tributarias por los conceptos de IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES; Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 74º, 191º y 192º inciso 3) de la Constitución, el Artículo 10º inciso 4) de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades, aprobada por la Ley Nº 23853, así como el antepenúltimo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar y el Artículo 41º del Texto Único Ordena- do del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre los cuales se encuentra la supresión o exoneración mediante Or- denanza de las contribuciones, tasas, arbitrios, licen- cias y derechos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Estando a lo dispuesto en el Artículo 109º y el inciso 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalida- des, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE AMNISTIA TRIBUTARIA GENERAL Artículo 1º.- Otorgar Amnistía Tributaria General a los contribuyentes de la Municipalidad de Magdalena del Mar que paguen al contado las deudas por IMPUES- TO PREDIAL y ARBITRIOS MUNICIPALES, condo- nándose los intereses moratorios, factores de actualiza- ción y gastos administrativos que hayan generado, incluyéndose los expedientes en cobranza coactiva, de los años 1994 al 2001. Se incluye dentro de la amnistía la condonación del 50% de las multas tributarias, declaraciones juradas de omisos, subvaluadores; y multas administrativas. Artículo 2º.- El plazo para gozar de esta amnistía vence el 3 de noviembre del 2001. El acogimiento es automático. Artículo 3º.- Inclúyase en esta amnistía a los contri- buyentes cuyas deudas se encuentren sujetas a Ejecu- ción Coactiva; cuyos procedimientos, vencido el plazo de la presente Ordenanza sin acogerse a ella, continuarán según su estado. Se encuentran dentro de los alcances de la presente amnistía los contribuyentes que se encuentren con con- venios de pago fraccionado, cualquiera fuera la situación de éstos.