Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2001 (25/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2001
ORDENANZA

causales de perdida del derecho contenidas en el Reglamento de Fraccionamiento vigente, perderan los Beneficios que establece la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- DESISTIMIENTO La firma del convenio de fraccionamiento que se extienda en el MORDAZA de la presente Ordenanza, se entendera como desistimiento del recurrente, a cualquier medio impugnatorio que hubiera interpuesto sobre las deudas que constituyen el monto a fraccionar, por lo que esta condicion debera figurar expresamente en el texto de la Resolucion de Fraccionamiento. La formalizacion del desistimiento se sujetara a lo dispuesto en el Reglamento de Fraccionamiento vigente. Articulo Septimo.- CUMPLIMIENTO Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas y de Ejecucion Coactiva. Articulo Octavo.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 5 de noviembre del 2001. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 33230

Articulo 1º.- Conferir a los propietarios de predios ubicados en la Asociacion de Vivienda Honor y Lealtad los beneficios establecidos en los Articulos 2º, 3º, Primera y MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 43-MSS, ubicandolos para el efecto en el Sector II San MORDAZA Grande. Articulo 2º.- Dejar sin efecto los valores emitidos a los sujetos comprendidos en la presente Ordenanza, asi como los procedimientos de ejecucion coactiva iniciados a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma. Articulo 3º.- Conferir como plazo para el acogimiento a los beneficios que confiere la presente Ordenanza hasta el 30 de noviembre del 2001. Articulo 4º.- Encargar a las Oficinas de Rentas y de Ejecucion Coactiva el cumplimiento de la presente disposicion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 33231

Amplian alcances de la Ordenanza MUNICIPALIDAD Nº 43-MSS a propietarios de predios PROVINCIAL DE ILO de la Asociacion de Vivienda Honor y Lealtad Autorizan contratacion de servicio de ORDENANZA Nº 84-MSS vigilancia mediante MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, 18 de octubre de 2001 adjudicacion de menor cuantia
EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 43-MSS se confirieron beneficios a favor de los vecinos propietarios de predios que se encuentran ubicados dentro de los Asentamiento Humanos, Pueblos Jovenes o similares de los Sectores detallados en la misma; Que, se ha recibido el pedido de la Asociacion de Vivienda Honor y Lealtad, que no fuera comprendida en el ambito de aplicacion de la MORDAZA referida ordenanza; Que, habiendose verificado que la Asociacion de Vivienda Honor y Lealtad posee las mismas caracteristicas socioeconomicas y de ubicacion que poseen los Asentamiento Humanos y Pueblos Jovenes comprendidos en la Ordenanza Nº 43-MSS, amerita su inclusion en los alcances y beneficios de dicha Ordenanza; Que, es objetivo de la Municipalidad brindar las mayores facilidades con el fin de regularizar la situacion de los contribuyentes del distrito, considerando entre otros factores sus posibilidades economicas; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, de conformidad con los Articulos 191º y 192º incisos 2) y 3) de la Constitucion Politica del Peru, concordantes con las Normas III y IV del Titulo Preliminar y el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Estando a lo solicitado y sustentado por la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 238-2001-OR-MSS, a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 1630-2001-OAJ-MSS, con la conformidad de la Direccion Municipal mediante Informe Nº 092-2001-DM-MSS; contando con Dictamen favorable Nº 031-2001-CEPP-MSS de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; De conformidad a lo dispuesto por los Articulos 36 inciso 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad adopto la siguiente: VISTOS: El Informe Nº 332-01-UA-MPI, Informe Legal Nº 1962001-OAL-MPI, y el Dictamen Nº 37-2001-PCAPP-MPI; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 332-2001-MPI, se aprobaron las Bases Administrativas y Convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 02-2001-UA-MPI, acto que cumplido el cronograma fue declarado Desierto por haberse presentado solamente dos postores: Alerta Peruana y SERGEPOL. Respecto a esta modalidad de Adjudicacion Directa Publica, el Art. 17º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado precisa en forma MORDAZA que las Adjudicaciones Directas que realice la entidad se llevan dentro de los margenes que establece la Ley Anual de Presupuesto; y en este caso por el valor referencial corresponde como ya lo hemos indicado a una Adjudicacion Directa Publica, exigiendo la MORDAZA por lo menos tres proveedores, hecho que no se dio; Que, posteriormente estando a lo dispuesto por el Art. 14º inciso 3) del D.S. Nº 013-2001-PCM - "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" se procedio a llevar a cabo la MORDAZA convocatoria aprobada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 353-2001-MPI y que tambien fuera declarada Desierta por falta de postores; Que, el Art. 32º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, indica que cuando un MORDAZA se declara Desierto, la entidad convocante se obliga a evaluar las causas que motivaron dicha Declaratoria MORDAZA de convocar nuevamente; y de la evaluacion se desprende que los hechos que han motivado la Declaratoria de Desierto hasta en dos oportunidades, ha sido la falta de Postores, tanto asi que en nuestra localidad solo adquirieron Bases Administrativas una sola Empresa (SERGEPOL) mientras que la otra Empresa (Alerta Peruana) pertenece a la MORDAZA de MORDAZA, y una tercera Empresa (EL OBSERVADOR) pertenece a la MORDAZA de MORDAZA quien adquirio las Bases, pero no se presento al concurso. Determinandose la procedencia de una Adjudicacion de Menor Cuantia; RESOLUCION MUNICIPAL Nº 28-2001-MPI Ilo, 13 de setiembre del 2001

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