Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2001 (25/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Queda prohibido el funcionamiento de oficinas administrativas y/o de agencias de venta de pasajes transporte terrestre en la Av. Circunvalacion en el tramo comprendido entre la Av. Del Aire y la Av. Canada. Articulo Cuarto.- ENCARGAR la ejecucion de la presente Ordenanza a la Gerencia General, Gerencia de Finanzas, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Unidad de Tramite Documentario en cuanto les corresponda. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33147

Articulo Segundo.- CARACTERISTICAS DEL BENEFICIO El presente beneficio de regularizacion de pagos tiene las siguientes caracteristicas: a. Fraccionamiento para deudas tributarias, hasta en 18 cuotas mensuales. b. Minimo interes de fraccionamiento permitido por el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario (80% del TIM equivalente al 1.44% mensual). c. Sin cuota inicial, salvo en el caso de deudas que se encuentren en MORDAZA de Ejecucion Coactiva con medida cautelar trabada, en cuyo caso la Cuota Inicial sera equivalente al 30% del monto en Ejecucion Coactiva a fraccionar. d. Pago de la primera cuota diferido al 28 de diciembre, sin recargo de intereses moratorios ni de fraccionamiento, salvo la excepcion contemplada en el literal precedente. e. Descuento de hasta el 50% del interes moratorio de las deudas tributarias: - 50% de descuento, en el caso de pago al contado del total de la deuda. - Hasta el 40%, en el caso de pago fraccionado; y, f. Para obtener hasta el 40% de descuento a que se refiere el literal anterior se debera abonar cada una de las cuotas del fraccionamiento dentro del plazo de su vencimiento. El abono oportuno de cada cuota MORDAZA lugar a un porcentaje de descuento acumulable, equivalente al MORDAZA porcentaje de descuento entre el total de cuotas generadoras del mismo. Para efectos del calculo del porcentaje de descuento acumulable no generan descuento la primera y la MORDAZA cuota. g. El pago extemporaneo de una cuota o su falta de pago, total o parcial, MORDAZA lugar a la perdida del descuento acumulado, pudiendo el vecino reiniciar la acumulacion del descuento a partir del siguiente pago oportuno manteniendose el porcentaje de descuento mensual senalado en el literal f). h. El descuento a que se refiere el literal f) es aplicable a fraccionamientos en 4 o mas cuotas. i. El descuento acumulado es imputable a las ultimas cuotas, solo para la cancelacion del fraccionamiento. j. Adicionalmente, se otorgara a quienes fraccionen su deuda en el MORDAZA de la presente Ordenanza, hasta dos (2) Bonos de Aplazamiento sin interes de fraccionamiento, a fin que el contribuyente pueda diferir, por un mes cada uno, los sucesivos vencimientos de las cuotas que conforman el saldo del fraccionamiento. Los bonos seran aplicables uno en cada ejercicio fiscal. Articulo Tercero.- REQUISITOS Para acogerse a la presente MORDAZA el vecino debera cumplir los siguientes requisitos: a. Fraccionar el integro de su deuda tributaria pendiente de pago, acumulada hasta el tercer trimestre del ano 2001, se encuentren o no en Ejecucion Coactiva, previo pago de costas y gastos, con excepcion de los montos pendientes de pago comprendidos en convenios de fraccionamiento anteriores. b. Haber cancelado la cuota correspondiente al MORDAZA trimestre del ejercicio 2001 del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales. c. Pagar la primera cuota del fraccionamiento hasta el 28 de diciembre . d. Los demas requisitos y garantias senalados en el Reglamento de Fraccionamiento vigente, siempre que no se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. e. Para efectos de la presente Ordenanza no se aplicaran las exigencias contenidas en el Reglamento de Fraccionamiento de estar al dia en los fraccionamientos anteriores, si los tuviera, ni de otorgar garantia hipotecaria cuando la deuda es superior a 10 UIT, debiendo, en este caso, el contribuyente suscribir letras de cambio a favor de la Municipalidad en garantia de pago de cada cuota. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos MORDAZA indicados es causal de nulidad del fraccionamiento otorgado al MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- MULTAS TRIBUTARIAS La multas tributarias giradas seran pasibles de un 75% de descuento, siempre que MORDAZA regularizadas, mediante el pago al contado o a traves del fraccionamiento, al MORDAZA y durante el plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- CAUSALES DE PERDIDA DE BENEFICIO Los contribuyentes que dejen de abonar dos cuotas mensuales consecutivas o incurran en cualquiera de las

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban beneficio de regularizacion de pagos denominado MORDAZA de Apoyo al Vecino "Puntualidad Surcana"
ORDENANZA Nº 83-MSS MORDAZA de MORDAZA, 18 de octubre de 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, de conformidad con los Articulos 191º y 192º incisos 2) y 3) de la Constitucion Politica del Peru, concordantes con las Normas III y IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, tal como establece el Articulo 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF es facultad de la Administracion Tributaria conceder fraccionamiento, en casos particulares; Que, los gobiernos locales, conforme lo dispuesto por el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administren; Que, corresponde al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves de dispositivos, entre los cuales destaca la Ordenanza, que tiene rango de ley, conforme lo reconoce el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Estando a lo solicitado y sustentado por la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 237-2001-OR-MSS, a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 1631-2001-OAJ-MSS, con la conformidad de la Direccion Municipal mediante Informe Nº 091-2001DM-MSS; y contando con Dictamen favorable de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto Nº 0302001-CEPP/MSS; De conformidad a lo dispuesto por los Articulos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad, adopto la siguiente: ORDENANZA MORDAZA DE APOYO AL VECINO "PUNTUALIDAD SURCANA" Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION Apruebese dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, el beneficio de regularizacion de pagos denominado MORDAZA de Apoyo al Vecino Puntualidad Surcana, que se otorgara del 5 al 30 de noviembre del presente ano.

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