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Pág. 211806 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de octubre de 2001 Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, referente la adecuación para el permiso e instalación de afiches publicitarios en comercios en general. CONSIDERANDO: Que, se ha detectado que muchas empresas se encuen- tran evadiendo el pago de publicidad exterior debido a la venta directa que realizan tanto en los comercios menores como en los mayores, determinándose que dichos anuncios son colocados en las fachadas sin hacer control y regulación alguna, bajo el argumento de campañas publicitarias; Que, el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú concordante con el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribución, tasas, arbitrios, licencias y deudas; Que, dentro de este contexto, la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Finanzas mediante Informes Nº 088-2001-GDU y Nº 0070-2001-MDSL-GF elevan a la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, la propuesta de regular los afiches publicitarios dentro de la Ordenanza Nº 0097-MDSL correspondiente a Anuncios y Publicidad Exterior, así como establecer requisitos, dere- chos y sanciones, a fin de ser incorporados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA y Cuadro Único de Sanciones - CUIS, respectivamente; Estando a lo expuesto, de conformidad con los Artículos 10º, 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario, se expide la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la adecuación para el permiso e instalación de afiches publicitarios en comercios en general. Artículo Segundo.- INCORPORAR en el Artículo 14º de la Ordenanza Nº 097-MDSL que regula los Anuncios y Publicidad Exterior, lo siguiente: "los Afines Publicitarios colocados en sectores comerciales deben ser autorizados por un lapso de tres meses. Estos Afiches podrán ser pegados a elementos o carteles móviles, los que permanecerán en exposición mientras el local se encuentre abierto, debiendo guardarse al cerrar el local, quedando prohi- bido el pago de esos afiches en las fachadas o postes". Artículo Tercero.- ESTABLECER los siguientes re- quisitos y derechos para la obtención del permiso e instala- ción de afiches publicitarios en comercios en general, los mismos que deberán incorporarse en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA:Aprobación automática Responsables Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Finanzas Costo de Formato Único S/. 10.00 Nuevos Soles Derecho por cada local S/. 50.00 Nuevos Soles Período de vigencia tres meses. Artículo Cuarto.- ESTABLECER como sanción una (1) Unidad Impositiva Tributaria - UIT por incumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo incorporarse en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Finanzas, en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 33146 Establecen requisitos para otorgamien- to de licencia de funcionamiento de oficinas administrativas y/o agencias de venta de pasajes de transporte te- rrestre ORDENANZA Nº 0115-MDSL San Luis, 19 de octubre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUISPOR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis en Sesión Ordinaria de fecha 27 de setiembre del 2001, aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 0005-2001-CDUV-CDSL emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano y Vialidad, por el cual propone regular el otorgamiento de licencia de funciona- miento de oficinas administrativas y/o agencias de venta de pasajes de transporte terrestre en la jurisdicción del distri- to de San Luis. CONSIDERANDO: Que, en la Av. Circunvalación, en el tramo comprendido en la jurisdicción del distrito de San Luis, se ha detectado congestionamiento vehicular debido a los paraderos infor- males de vehículos de transporte interprovincial de pasaje- ros, asimismo la apertura de establecimientos comerciales dedicados a la venta de pasajes de transporte terrestre, ha originado la proliferación de delincuencia, situaciones que causan malestar a los vecinos de esta zona; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Resolución Nº 182-95-MML-AM-SMDU, actualiza el índice de usos para la ubicación de actividades urbanas, indicán- dose en el código 303 la actividad agencia de venta de pasajes en la zonificación R-3 sólo en avenidas; Que, mediante Ordenanza Nº 054-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero del 2000, se establece el "Reglamento de Licencias de Apertura de establecimientos comerciales, industriales y actividades profesionales y/o servicios" no contemplándose en esta norma los requisitos que debe cumplir el giro de "Oficinas Administrativas y/o Agencias de Venta de Pasajes de Trans- porte Terrestre"; Que, es necesario establecer el procedimiento aplicable en nuestra jurisdicción para efectos de otorgar la Licencia de Apertura de Establecimientos dedicados al giro de "Ofi- cina Administrativa y/o Agencia de Venta de Pasajes de Transporte Terrestre"; Que, el inciso 7) del Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece que correspon- de a las Municipalidades otorgar autorización de funcionamiento de establecimientos comerciales, in- dustriales y de actividades profesionales y/o servicios, así como controlar su funcionamiento de acuerdo a las normas establecidas; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el inciso 7) del Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Resolución Nº 182-95-MML-AM-SMDU de la Mu- nicipalidad de Lima Metropolitana se expide la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- INCORPORAR en el Reglamento de Licencias de Apertura de Establecimientos comerciales, industriales y actividades profesionales y/o servicios y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, los si- guientes requisitos para el otorgamiento de licencia de funcionamiento de Oficinas Administrativas y/o Agencias de venta de pasajes de transporte terrestre en la jurisdic- ción del distrito de San Luis: a. Consulta de zonificación con dictamen aprobado. b. El local deberá contar con un área mínima de 30 m2 (treinta metros cuadrados). c. No ubicarse a menos de 100 m. de distancia de otro local de venta de pasajes de transporte terrestre. d. Contar con dos (2) servicios higiénicos para damas y caballeros, los mismos que estarán al servicio gratuito de los transeúntes de la zona. e. Adjuntar antes del Certificado de Compatibilidad de Uso, una relación de 50 (cincuenta) propietarios, aceptando la apertura del local, indicando nombre, dirección, DNI y firma, los cuales deben residir en un área no mayor a dos (2) cuadras de la ubicación del local. f. Declaración Jurada, comprometiéndose a contratar los servicios de un miembro de seguridad para evitar el congestionamiento vehicular y la delincuencia en los alre- dedores del establecimiento. Artículo Segundo.- OTORGAR un plazo de 30 (trein- ta) días calendario a partir de la publicación de la presente ordenanza, para que las oficinas administrativas y/o agen- cias de venta de pasajes de transporte terrestre que hayan obtenido licencia de funcionamiento cumplan con presen- tar el documento descrito en el inciso f) del Artículo Primero de la presente Ordenanza.