Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2001 (25/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2001

Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales, referente la adecuacion para el permiso e instalacion de afiches publicitarios en comercios en general. CONSIDERANDO: Que, se ha detectado que muchas empresas se encuentran evadiendo el pago de publicidad exterior debido a la venta directa que realizan tanto en los comercios menores como en los mayores, determinandose que dichos anuncios son colocados en las fachadas sin hacer control y regulacion alguna, bajo el argumento de campanas publicitarias; Que, el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades senala que las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribucion, tasas, arbitrios, licencias y deudas; Que, dentro de este contexto, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Finanzas mediante Informes Nº 088-2001-GDU y Nº 0070-2001-MDSL-GF elevan a la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales, la propuesta de regular los afiches publicitarios dentro de la Ordenanza Nº 0097-MDSL correspondiente a Anuncios y Publicidad Exterior, asi como establecer requisitos, derechos y sanciones, a fin de ser incorporados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA y Cuadro Unico de Sanciones - CUIS, respectivamente; Estando a lo expuesto, de conformidad con los Articulos 10º, 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR la adecuacion para el permiso e instalacion de afiches publicitarios en comercios en general. Articulo Segundo.- INCORPORAR en el Articulo 14º de la Ordenanza Nº 097-MDSL que regula los Anuncios y Publicidad Exterior, lo siguiente: "los Afines Publicitarios colocados en sectores comerciales deben ser autorizados por un lapso de tres meses. Estos Afiches podran ser pegados a elementos o carteles moviles, los que permaneceran en exposicion mientras el local se encuentre abierto, debiendo guardarse al cerrar el local, quedando prohibido el pago de esos afiches en las fachadas o postes". Articulo Tercero.- ESTABLECER los siguientes requisitos y derechos para la obtencion del permiso e instalacion de afiches publicitarios en comercios en general, los mismos que deberan incorporarse en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA:
Aprobacion automatica Responsables Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Finanzas Costo de Formato Unico S/. 10.00 Nuevos Soles Derecho por cada local S/. 50.00 Nuevos Soles Periodo de vigencia tres meses.

El Concejo Municipal de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 27 de setiembre del 2001, aprobo por unanimidad el Dictamen Nº 0005-2001-CDUV-CDSL emitido por la Comision de Desarrollo MORDAZA y Vialidad, por el cual propone regular el otorgamiento de licencia de funcionamiento de oficinas administrativas y/o agencias de venta de pasajes de transporte terrestre en la jurisdiccion del distrito de San Luis. CONSIDERANDO: Que, en la Av. Circunvalacion, en el tramo comprendido en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, se ha detectado congestionamiento vehicular debido a los paraderos informales de vehiculos de transporte interprovincial de pasajeros, asimismo la apertura de establecimientos comerciales dedicados a la venta de pasajes de transporte terrestre, ha originado la proliferacion de delincuencia, situaciones que causan malestar a los vecinos de esta zona; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Resolucion Nº 182-95-MML-AM-SMDU, actualiza el indice de usos para la ubicacion de actividades urbanas, indicandose en el codigo 303 la actividad agencia de venta de pasajes en la zonificacion R-3 solo en avenidas; Que, mediante Ordenanza Nº 054-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero del 2000, se establece el "Reglamento de Licencias de Apertura de establecimientos comerciales, industriales y actividades profesionales y/o servicios" no contemplandose en esta MORDAZA los requisitos que debe cumplir el giro de "Oficinas Administrativas y/o Agencias de Venta de Pasajes de Transporte Terrestre"; Que, es necesario establecer el procedimiento aplicable en nuestra jurisdiccion para efectos de otorgar la Licencia de Apertura de Establecimientos dedicados al giro de "Oficina Administrativa y/o Agencia de Venta de Pasajes de Transporte Terrestre"; Que, el inciso 7) del Articulo 68º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que corresponde a las Municipalidades otorgar autorizacion de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales y/o servicios, asi como controlar su funcionamiento de acuerdo a las normas establecidas; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el inciso 7) del Articulo 68º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Resolucion Nº 182-95-MML-AM-SMDU de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- INCORPORAR en el Reglamento de Licencias de Apertura de Establecimientos comerciales, industriales y actividades profesionales y/o servicios y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, los siguientes requisitos para el otorgamiento de licencia de funcionamiento de Oficinas Administrativas y/o Agencias de venta de pasajes de transporte terrestre en la jurisdiccion del distrito de San Luis: a. Consulta de zonificacion con dictamen aprobado. b. El local debera contar con un area minima de 30 m2 (treinta metros cuadrados). c. No ubicarse a menos de 100 m. de distancia de otro local de venta de pasajes de transporte terrestre. d. Contar con dos (2) servicios higienicos para MORDAZA y caballeros, los mismos que estaran al servicio gratuito de los transeuntes de la zona. e. Adjuntar MORDAZA del Certificado de Compatibilidad de Uso, una relacion de 50 (cincuenta) propietarios, aceptando la apertura del local, indicando nombre, direccion, DNI y firma, los cuales deben residir en un area no mayor a dos (2) cuadras de la ubicacion del local. f. Declaracion Jurada, comprometiendose a contratar los servicios de un miembro de seguridad para evitar el congestionamiento vehicular y la delincuencia en los alrededores del establecimiento. Articulo Segundo.- OTORGAR un plazo de 30 (treinta) dias calendario a partir de la publicacion de la presente ordenanza, para que las oficinas administrativas y/o agencias de venta de pasajes de transporte terrestre que hayan obtenido licencia de funcionamiento cumplan con presentar el documento descrito en el inciso f) del Articulo Primero de la presente Ordenanza.

Articulo Cuarto.- ESTABLECER como sancion una (1) Unidad Impositiva Tributaria - UIT por incumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo incorporarse en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones - CUIS. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Finanzas, en cuanto les corresponda. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33146

Establecen requisitos para otorgamiento de licencia de funcionamiento de oficinas administrativas y/o agencias de venta de pasajes de transporte terrestre
ORDENANZA Nº 0115-MDSL San MORDAZA, 19 de octubre del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA

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