Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2001 (14/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de setiembre de 2001

Autorizan viaje de funcionario de PROMPERU a Costa Rica, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 454-2001-PCM MORDAZA, 13 de setiembre de 2001 Vista la Carta Nº C. 508.2001/PP.SE de la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU; CONSIDERANDO: Que, el 23 de agosto del 2001, en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, se llevara a cabo el Workshop - Costa Rica, en el cual la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, tiene previsto participar conjuntamente con el Sector Privado Nacional, con el objeto de promocionar los atractivos turisticos del Peru y motivar la venta de paquetes turisticos en el MORDAZA potencial, con el fin de propiciar el posicionamiento y promocion de nuestro pais; Que, los Workshops constituyen uno de los mas importantes MORDAZA de distribucion para la promocion, focalizada a los profesionales turisticos del pais-mercado, ya que se trata de eventos exclusivamente dirigidos a los agentes de viajes, vendedores o potenciales vendedores de nuestra oferta, para lo cual PromPeru ha designado a un representante para dicho evento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en via de regularizacion, del senor MORDAZA SICHERI MORDAZA, Gerente de Turismo de la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, a la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, del 22 al 24 de agosto del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Comision de Promocion del Peru -PromPeru- del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos : US$ 400.00 - Tarifa Corpac : US$ 25.00 Articulo 3º.- El funcionario de PromPeru MORDAZA mencionado, dentro de los quince dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar a la Institucion un informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado, conjuntamente con la entrega de la rendicion de cuentas correspondientes a los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 30916

CONSIDERANDO: Que, la Jefatura de la MORDAZA Militar del Despacho Presidencial solicita la expedicion de la Resolucion Ministerial autoritativa para iniciar las acciones legales pertinentes derivadas del Informe Nº 03-2001-DP/INSP Informe Especial Legal efectuado por la Inspectoria General del Despacho Presidencial sobre la "X Conferencia de Esposas de Jefes de Estado y Gobierno de las Americas" evento llevado a cabo durante el ejercicio del ano fiscal 2000; Que, de conformidad con los puntos 1.12.1 y 1.12.2 Parte I del citado Informe Legal Especial, les asiste presunta responsabilidad penal a los siguientes funcionarios del Despacho Presidencial: CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tesorero, y CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora Ejecutiva de Contabilidad y Tesoreria, al haber retenido indebidamente en su poder y demorado injustificadamente en la cancelacion de obligaciones tributarias por S/. 5,685.00; evidenciandose indicios razonables de la presunta comision del delito tipificado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que, estando a lo senalado en los puntos 2.1.11.1 y 2.1.11.2 Parte I del Informe Especial Nº 03-2001-DP/ INSP se evidencia indicios razonables de la presunta comision de delito por parte de los funcionarios: CPC MORDAZA Baustista MORDAZA, Directora Ejecutiva de Contabilidad y Tesoreria e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Administracion, al haber autorizado el pago por consumo de telefonia celular de funcionarios del Despacho Presidencial correspondiente a MORDAZA 2000 por S/. 20,713.91 indebidamente cargados a gastos definitivos de la "X Conferencia de Esposas de Jefes de Estado y Gobierno de las Americas", presunto hecho delictivo que se encuentra inmerso en el Articulo 389º del Codigo Penal; Que, con relacion al considerando que antecede, Inspectoria del Despacho Presidencial senala en el punto 2.1.5 del citado Informe Especial: "(...) constituyo un gasto sujeto de programacion con fondos diferentes de los asignados, contraviene los criterios establecidos en el Capitulo III. Ejecucion Presupuestaria de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria, en lo referido a los Articulos 34º, 35º y 36º sobre los procedimientos del compromiso, el devengado y el pagado de los fondos que ordinariamente debieron ser ejecutados con recursos del presupuesto del Despacho Presidencial y que afecto indebidamente a los fondos asignados para la "X Conferencia"; Que, de conformidad con los puntos Nºs. 2.2.7.1 y 2.2.7.2 Parte I del Informe Especial Nº 03-2001-DP/ INSP, se evidencia indicios razonables de la presunta comision de delito por parte de los funcionarios: CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora Ejecutiva de Contabilidad y Tesoreria, e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Administracion, al haber autorizado el pago de S/. 5,574.17 para la compra de un activo no programado - MORDAZA de hidromasajes y suministros derivados con recursos de bienes y servicios asignados a la "X Conferencia de Esposas de Jefes de Estado y Gobierno de las Americas", presunto hecho delictivo que se encuentra inmerso en el Articulo 389º del Codigo Penal; Que, estando a lo senalado en los puntos 3.11.1, 3.11.2, 3.11.3 y 3.11.4 Parte II, del Informe Especial Legal Nº 0032001-DP/INSP, las siguientes personas: Sra. MORDAZA Herz de MORDAZA, ex Asesora del Despacho de la Primera Dama, MORDAZA Takahashi Bancovitch, Crl. MORDAZA Boulloza MORDAZA, ex Subjefe de la MORDAZA Militar, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Administracion, y CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora Ejecutiva de Contabilidad y Tesoreria han incurrido en presunta responsabilidad civil al efectuar el pago indebido de fondos en actividades -cubrir gastos de viajes de los senores MORDAZA Takahashi Bancovitch y MORDAZA MORDAZA Aramburu MORDAZA de Romana- por S/. 9,784.14 nuevos soles, no previstos dentro de las estimaciones correspondientes, sin conocimiento de la Jefatura de la MORDAZA Militar, y carente de la formalidad establecida para constituirse en sustento contable y financiero, por parte de los funcionarios y las personas civiles involucrados, ocasionando perjuicio economico al Estado, contemplado en el Articulo 1267º del Codigo Civil; Que, de conformidad con los puntos 4.13.1, 4.13.2, 4.13.3 y 4.13.4 Parte II, del Informe Nº 003-2001-DP/ INSP, los siguientes funcionarios y ex funcionario: Crl. EP MORDAZA Boulloza MORDAZA, ex Subjefe de la MORDAZA Militar; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Administracion; MORDAZA Herz de MORDAZA, Coordinadora encargada del evento "X Conferencia de Esposas

Autorizan a procurador iniciar acciones contra ex funcionarios y funcionarios del Despacho Presidencial por presunta responsabilidad civil y penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2001-PCM MORDAZA, 7 de setiembre de 2001 Visto, el Oficio Nº 061-2001/CMPR/JCM de la Jefatura de la MORDAZA Militar de la Presidencia de la Republica;

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