Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2001 (14/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 14 de setiembre de 2001

"Articulo 3º.- La transferencia aprobada por la presente Resolucion Suprema, resultante de la escision de la anterior titular, debera ser inscrita en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM." Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 30921

Articulo Unico.- Rectifiquese de oficio el Articulo 3º de la Resolucion Suprema Nº 108-2001-EM, en el sentido que se indica a continuacion: "Articulo 3º.- La transferencia por fusion aprobada por la presente Resolucion Suprema debera ser inscrita en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM." Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON

Ministro de Energia y Minas Rectifican de oficio el Articulo 3º de la 30920 R.S. Nº 108-2001-EM, referida a transferencia de concesion definitiva para INTERIOR generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Gallito Ciego Ascienden oficial PNP al grado de TeRESOLUCION SUPREMA niente General Nº 155-2001-EM MORDAZA, 13 de setiembre de 2001 VISTO: El Expediente Nº 11051295, sobre concesion definitiva de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Gallito Ciego, cuyo titular es Cementos Norte Pacasmayo Energia S.A. en virtud de la Resolucion Suprema Nº 108-2001-EM; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 1082001-EM del 1 de junio del 2001, se aprobo la transferencia a favor de Cementos Norte Pacasmayo Energia S.A., de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Gallito Ciego; Que, en el ultimo considerando y en el Articulo 3º de la citada Resolucion Suprema se establece que su texto debera ser incorporado en la Escritura Publica a que de origen el Acuerdo de Cesion de Posicion Contractual que habrian suscrito las empresas fusionadas; Que, la transferencia aprobada por la mencionada Resolucion Suprema se sustenta en la fusion por absorcion producida entre dos personas juridicas de similar denominacion social, cuyos antecedentes han consistido, por una parte, en la sucesiva adopcion de la sociedad absorbida de las diversas modalidades de Sociedad Anonima contempladas en la Ley General de Sociedades; y, por otra, en la constitucion de una nueva sociedad destinada a ser la sociedad absorbente y la posterior modificacion de su denominacion social por una similar a la de la sociedad absorbida, tal como se expresa en la parte considerativa de la referida Resolucion Suprema Nº 108-2001-EM; Que, de los instrumentos publicos obrantes en el Expediente y que sirven de sustento a la transferencia aprobada, se observa que no se ha producido dicha Cesion de Posicion Contractual, constituyendo un error material que debe ser rectificado de oficio en el sentido que dicha transferencia debe ser inscrita en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, lo cual en nada altera la parte sustancial de la Resolucion ni el sentido de la decision que MORDAZA contiene; Estando a lo dispuesto en el Articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, en el MORDAZA parrafo del Articulo 53º y en el Articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; RESOLUCION SUPREMA Nº 0895-2001-IN MORDAZA, 13 de setiembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27238, Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, promulgada el 21 de diciembre de 1999, en su Articulo 12º inciso 2), establece que el cargo de Director General, lo desempena un MORDAZA General en situacion de Actividad designado por el Presidente de la Republica en su calidad de Jefe Supremo de la Policia Nacional; Que, por Resolucion Suprema Nº 0221-2001-IN de 23.MAR.2001 se designo al General PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA como Director General de la Policia Nacional del Peru; En uso de las facultades que confiere al Presidente de la Republica, el MORDAZA parrafo del Art. 172º de la Constitucion Politica del Peru; y, Lo propuesto por el Ministro del Interior. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ascender al Grado de MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru al General PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, a partir de la fecha de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Otorguesele el Despacho correspondiente e inscribasele en el escalafon respectivo. Registrese, comuniquese y archivese. Rubrica del Senor Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 30881

PESQUERIA
Prorrogan vigencia de permiso de pesca otorgado a Siete Mares S.A.C. para operar embarcacion pesquera de bandera japonesa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 209-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 12 de setiembre del 2001

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