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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 209959 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de setiembre de 2001 Que, en el Informe Nº 003-2000-OAI/FHH, se seña- la que durante el ejercicio 1999, en la estación de Huancavelica no se cobró la estadía de carros enteros y tanque, ni la multa correspondiente, obviando las normas legales vigentes, por el equivalente a siete mil ochocientos treinta y seis nuevos soles con treinta y dos céntimos (S/. 7836,72); Que, el Informe Legal Especial de Vistos, recomienda que se adopten las acciones legales correspondientes contra el señor Máximo Duran Zuasnabar, ex Jefe de Bodega de la Estación Huancavelica, quien habría incu- rrido en responsabilidad civil por los hechos descritos en los Informes de Vistos, pues su conducta originó un perjuicio económico a la Entidad; Que, de conformidad con el inciso f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictámenes resultado de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema constituyen prueba preconstituida para la ini- ciación de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Público de este Ministerio, para que inicie las acciones legales que correspondan contra el citado trabajador, remitiéndose para el efecto los antecedentes pertinentes; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 25862 y 26162; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones legales que correspondan contra el señor Máximo Duran Zuasnabar, por los hechos descritos en los considerandos de la presente Resolución, remitiéndose los anteceden- tes del caso al citado Procurador. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 30832 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Encargan a magistradas elaborar in- forme referido al proyecto presentado por congresista de la Ley de Protec- ción frente a la Violencia Familiar RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 266-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de setiembre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 089-2001-CMDH-P/CR; y, CONSIDERANDO: Que mediante el oficio de vista, el Congreso de la República, solicita opinión a la Corte Superior de Justi- cia de Lima, en relación al Proyecto de Ley Nº 412/2001- CR, presentado por el Congresista Heriberto Benitez Rivas, mediante el cual propone la "Ley de Protección frente a la Violencia Familiar"; Que el tema de Violencia Familiar, merece especial atención, por ser una realidad constante en nuestro país, pues afecta Derechos Fundamentales de la persona como son: la integridad física, la dignidad y la vida, amparados en el Artículo 2º inciso primero de la Consti- tución Política del Perú, de lo cual el Poder Judicialobviamente no es indiferente; por tal motivo para la Corte Superior de Justicia de Lima, resulta necesario contar con un análisis objetivo, por parte de magistrados especializados, sobre este aspecto a fin de presentar una opinión adecuada ante el Congreso de la República; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR a las señoras Vo- cales Superiores doctoras Jeannette Tello Gilardi, Luz María Capuñay Chávez de Meza y Aurora Quintana Gurt Chamorro, a fin de que elaboren un informe con respecto al Proyecto de Ley Nº 412/2001-CR, presentado por el Congresista Heriberto Benitez Rivas, mediante el cual propone la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar, con las propuestas y recomendaciones que consideren pertinentes. Artículo Segundo.- El informe al que hace referen- cia el artículo anterior deberá ser elevado a esta Presi- dencia, en el término de diez días hábiles, contando a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judi- cial, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación y de la Magistradas; para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 30901 Disponen reincorporación de magis- trado a la Corte Superior de Justicia de Lima, como Vocal Provisional de la Sala Penal de Apelaciones para Proce- sos Sumarios con Reos Libres RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0267-2001-P-CSJL/PJ Lima, 13 de setiembre del 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 971-2001-S-SPPCS, recepcionado en la fecha, la Secretaria de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la República remite el contenido de la Resolución de fecha diez de setiembre del año en curso mediante el cual se dispone reincorporar al doctor Rodri- go Díaz La Torre, Magistrado Titular de Primera Instan- cia de la Corte a mi cargo, a la Corte Superior de Justicia de Lima, el mismo que, en su calidad de Vocal Provisional, venía integrando la Sala Nacional de Terrorismo, Organizaciones Delictivas y Bandas de la Corte Suprema. Que, mediante Oficio Nº 3019-2001-SG-CS-PJ de fecha 7 de setiembre del presente se remite el contenido de la Resolución expedida por la Corte Suprema de Justicia de la República que dispone designar al doctor Claudio Luis Gazzolo Villata, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, como Vocal Provisional de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República, siendo que a la fecha de su designación el referido magistrado se encontraba asumiendo una voca- lía en la Sala Penal de Apelaciones para Procesos Suma- rios con Reos Libres, motivo por el cual resulta pertinen- te designar al magistrado que asumirá la carga procesal correspondiente al interior del Superior Colegiado seña- lado precedentemente. Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima lograr el mejoramiento del servicio