Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2001 (14/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 14 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, en el Informe Nº 003-2000-OAI/FHH, se senala que durante el ejercicio 1999, en la estacion de Huancavelica no se cobro la estadia de carros enteros y tanque, ni la multa correspondiente, obviando las normas legales vigentes, por el equivalente a siete mil ochocientos treinta y seis nuevos soles con treinta y dos centimos (S/. 7836,72); Que, el Informe Legal Especial de Vistos, recomienda que se adopten las acciones legales correspondientes contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Bodega de la Estacion Huancavelica, quien habria incurrido en responsabilidad civil por los hechos descritos en los Informes de Vistos, pues su conducta origino un perjuicio economico a la Entidad; Que, de conformidad con el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que inicie las acciones legales que correspondan contra el citado trabajador, remitiendose para el efecto los antecedentes pertinentes; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 25862 y 26162; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones legales que correspondan contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los hechos descritos en los considerandos de la presente Resolucion, remitiendose los antecedentes del caso al citado Procurador. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 30832

obviamente no es indiferente; por tal motivo para la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, resulta necesario contar con un analisis objetivo, por parte de magistrados especializados, sobre este aspecto a fin de presentar una opinion adecuada ante el Congreso de la Republica; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR a las senoras Vocales Superiores doctoras MORDAZA MORDAZA Gilardi, Luz MORDAZA Capunay MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gurt MORDAZA, a fin de que elaboren un informe con respecto al Proyecto de Ley Nº 412/2001-CR, presentado por el Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual propone la Ley de Proteccion frente a la Violencia Familiar, con las propuestas y recomendaciones que consideren pertinentes. Articulo Segundo.- El informe al que hace referencia el articulo anterior debera ser elevado a esta Presidencia, en el termino de diez dias habiles, contando a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente resolucion. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion y de la Magistradas; para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 30901

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Encargan a magistradas elaborar informe referido al proyecto presentado por congresista de la Ley de Proteccion frente a la Violencia Familiar
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 266-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 12 de setiembre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 089-2001-CMDH-P/CR; y, CONSIDERANDO: Que mediante el oficio de vista, el Congreso de la Republica, solicita opinion a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en relacion al Proyecto de Ley Nº 412/2001CR, presentado por el Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual propone la "Ley de Proteccion frente a la Violencia Familiar"; Que el tema de Violencia Familiar, merece especial atencion, por ser una realidad MORDAZA en nuestro MORDAZA, pues afecta Derechos Fundamentales de la persona como son: la integridad fisica, la dignidad y la MORDAZA, amparados en el Articulo 2º inciso primero de la Constitucion Politica del Peru, de lo cual el Poder Judicial

Disponen reincorporacion de magistrado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, como Vocal Provisional de la Sala Penal de Apelaciones para Procesos Sumarios con Reos Libres
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0267-2001-P-CSJL/PJ MORDAZA, 13 de setiembre del 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 971-2001-S-SPPCS, recepcionado en la fecha, la Secretaria de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la Republica remite el contenido de la Resolucion de fecha diez de setiembre del ano en curso mediante el cual se dispone reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, Magistrado Titular de Primera Instancia de la Corte a mi cargo, a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el mismo que, en su calidad de Vocal Provisional, venia integrando la Sala Nacional de Terrorismo, Organizaciones Delictivas y Bandas de la Corte Suprema. Que, mediante Oficio Nº 3019-2001-SG-CS-PJ de fecha 7 de setiembre del presente se remite el contenido de la Resolucion expedida por la Corte Suprema de Justicia de la Republica que dispone designar al doctor MORDAZA MORDAZA Gazzolo Villata, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, como Vocal Provisional de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la Republica, siendo que a la fecha de su designacion el referido magistrado se encontraba asumiendo una vocalia en la Sala Penal de Apelaciones para Procesos Sumarios con Reos Libres, motivo por el cual resulta pertinente designar al magistrado que asumira la carga procesal correspondiente al interior del Superior Colegiado senalado precedentemente. Que, es politica de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA lograr el mejoramiento del servicio

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