NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (17/09/2001)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 3
Pág. 210045 NORMAS LEGALES Lima, lunes 17 de setiembre de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por la Empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johns- ton S.A.A., a favor del Instituto Nacional de Cultura ascen- dente a la suma de US$ 800.00 (Ochocientos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según consta en el Cheque Nº 00046707 del Banco de Crédito del Perú, que fue depositado en la Cuenta Corriente Nº 000-1698916 que el Instituto Nacional de Cultura tiene en el Banco Wiese Sudameris, de conformidad con la Boleta de Depósito Nº 050.003.0019 C7679.C7679. Dicha donación será destinada a apoyar las actividades que realice el Ballet Nacional durante el año 2001. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 31002 Autorizan inafectación del IGV a diver- sas operaciones que realiza asocia- ción cultural RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 451-2001-EF Lima, 14 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, no está gravada con el Impuesto General a las Ventas la transferencia o importación de bienes y la pres- tación de servicios debidamente autorizada mediante Reso- lución Suprema, vinculadas a sus fines propios efectuadas por las instituciones culturales que se encuentren consti- tuidas como fundaciones o asociaciones que no distribuyan renta, según el inciso c) del Artículo 18º y el inciso b) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Im- puesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054- 99-EF; Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las insti- tuciones culturales a fin de obtener la autorización para la inafectación del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institución solicitante ha cumplido con adjuntar la documentación a que se refiere el conside- rando precedente;De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selecti- vo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055- 99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase la inafectación del Impuesto General a las Ventas a la Asociación Cultural Arlequín Teatro, por las operaciones que a continuación se detallan: a) Servicios Culturales conforme lo señala el Artículo 3º del Estatuto de la Asociación Cultural Arlequín Teatro. - Difusión de la cultura a través de medios artísticos, especialmente el teatral. - Propiciar certámenes, concursos , cursillos y otras actividades para difundir el teatro. b) Transferencia eventual de bienes usados que perte- nezcan al activo de la Asociación Cultural Arlequín teatro. La inafectación a que se refiere el presente artículo se aplicará por el tiempo que dure la vigencia de la calificación otorgada por el Instituto Nacional de Cultura y no incluye la transferencia de bienes salvo lo previsto en el literal b) de este artículo. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 31003 Aprueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importación realizada por universidad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 452-2001-EF Lima, 14 de setiembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 45584-2000, presentado por la Universidad Nacional de Ingeniería, sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF;