NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (21/09/2001)
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Pág. 210241 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de setiembre de 2001 Autorizan al Instituto de Oceanografía Scripps realizar investigación geológi- ca marina en aguas jurisdiccionales peruanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 316-2001-PE Lima, 18 de setiembre del 2001 Vistos los escritos de Registros Nºs. 05555002, 07709002, 11919002 y 12044002 y 310, de fechas 14 de mayo, 20 de junio, 9, 10 y 22 de agosto y 10 de setiembre del 2001, respectivamente, mediante los cuales se pre- sentó la solicitud de la Embajada de Estados Unidos de América para que se autorice al Instituto de Oceano- grafía Scripps, representado en el Perú por M.WOLL S.A., para realizar investigación geológica marina en aguas jurisdiccionales peruanas, con el empleo del bu- que "ROGER REVELLE" de bandera de los Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, dispone en su Artículo 3º que el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurídicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversión extranjera con sujeción a las disposiciones pertinentes de la legislación peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la inves- tigación, conservación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros; Que el Instituto de Oceanografía Scripps con el em- pleo del buque "ROGER REVELLE" ha solicitado autorización para efectuar investigación geológica mari- na en aguas jurisdiccionales peruanas en el período comprendido del 27 de setiembre hasta el 2 de noviembre del 2001, con la participación de investigadores científi- cos del Instituto del Mar del Perú- IMARPE; Que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020- 2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al INSTITUTO DE OCEA- NOGRAFIA SCRIPPS, representado en el Perú por M.WOLL S.A, a realizar investigación geológica marina en aguas jurisdiccionales peruanas, en el período com- prendido del 27 de setiembre hasta el 2 de noviembre del 2001, con el empleo del buque "ROGER REVELLE" de bandera de los Estados Unidos de América de 954 de Tonelaje de Registro Neto y 3,180 Toneladas de Registro Bruto, el mismo que operará fuera de las cinco (5) millas de la costa. Artículo 2º.- De no iniciarse las operaciones de investigación en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha autorizada en el artículo precedente de la pre- sente resolución, la autorización caducará de pleno dere- cho. Artículo 3º.- La empresa M.WOLL S.A., represen- tante legal en el país del Instituto de Oceanografía Scripps, deberá cumplir con las siguiente obligacio- nes:a) Reservar acomodación a bordo para dos (2) científi- cos de investigación del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, b) Remitir a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero el informe final sobre las ope- raciones de investigación, y c) Remitir al Ministerio de Pesquería el Permiso de Navegación otorgado por la Dirección General de Capi- tanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Artículo 4º.- Las operaciones de investigación están sujetas a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico pes- quero vigente. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 31190 Prorrogan permisos de pesca otorga- dos a Siete Mares S.A.C. para operar embarcaciones de bandera japonesa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 223-2001-PE/DNEPP Lima, 18 de setiembre del 2001 Visto el escrito con registro Nº CE-00463002 del 12 de setiembre del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés WAKASHIO SUISAN KA- BUSHIKI KAISHA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 176-2001- PE/DNEPP del 21 de agosto del 2001, se otorgó permi- so de pesca a la empresa SIETE MARES S.A.C., repre- sentante legal en el Perú del armador japonés WAKAS- HIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa denomi- nada “WAKASHIO MARU Nº 85”, de 328 de Tonelaje Neto, 850,18 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, en la extracción del recurso calamar gigante o pota ( Dosidicus gigas ) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, así como la licencia para la operación de su planta de congelado a bordo, con capacidad instalada de 74,62 t/día; hasta el 19 de setiembre del 2001; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita prórroga del permiso de pesca para la operación de la embarcación señalada en el considerando anterior, así como de la licencia de operación de su planta de congelado a bordo, por quince (15) días adicionales, del 20 de setiembre al 4 de octubre del 2001, presentando los requisitos previstos en el procedimiento Nº 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020- 2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante Informe Nº 430-2001-PE/ DNEPP-Dap-iea del 13 de setiembre de 2001, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Re- glamento del Ordenamiento Pesquero del recurso Cala- mar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; el Régimen Provisional para la extracción