Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2001 (21/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan al Instituto de Oceanografia Scripps realizar investigacion geologica MORDAZA en aguas jurisdiccionales peruanas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 316-2001-PE MORDAZA, 18 de setiembre del 2001 Vistos los escritos de Registros Nºs. 05555002, 07709002, 11919002 y 12044002 y 310, de fechas 14 de MORDAZA, 20 de junio, 9, 10 y 22 de agosto y 10 de setiembre del 2001, respectivamente, mediante los cuales se presento la solicitud de la Embajada de Estados Unidos de MORDAZA para que se autorice al Instituto de Oceanografia Scripps, representado en el Peru por M.WOLL S.A., para realizar investigacion geologica MORDAZA en aguas jurisdiccionales peruanas, con el empleo del buque "ROGER REVELLE" de bandera de los Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, dispone en su Articulo 3º que el Estado fomenta la mas amplia participacion de personas naturales o juridicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversion extranjera con sujecion a las disposiciones pertinentes de la legislacion peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopcion de medidas que contribuyan a alentar la investigacion, conservacion, extraccion, cultivo, procesamiento y comercializacion de los recursos pesqueros; Que el Instituto de Oceanografia Scripps con el empleo del buque "ROGER REVELLE" ha solicitado autorizacion para efectuar investigacion geologica MORDAZA en aguas jurisdiccionales peruanas en el periodo comprendido del 27 de setiembre hasta el 2 de noviembre del 2001, con la participacion de investigadores cientificos del Instituto MORDAZA del Peru- IMARPE; Que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0202001-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al INSTITUTO DE OCEANOGRAFIA SCRIPPS, representado en el Peru por M.WOLL S.A, a realizar investigacion geologica MORDAZA en aguas jurisdiccionales peruanas, en el periodo comprendido del 27 de setiembre hasta el 2 de noviembre del 2001, con el empleo del buque "ROGER REVELLE" de bandera de los Estados Unidos de MORDAZA de 954 de Tonelaje de Registro Neto y 3,180 Toneladas de Registro MORDAZA, el mismo que operara fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- De no iniciarse las operaciones de investigacion en el plazo de 30 dias, contados a partir de la fecha autorizada en el articulo precedente de la presente resolucion, la autorizacion caducara de pleno derecho. Articulo 3º.- La empresa M.WOLL S.A., representante legal en el MORDAZA del Instituto de Oceanografia Scripps, debera cumplir con las siguiente obligaciones:

a) Reservar acomodacion a bordo para dos (2) cientificos de investigacion del Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, b) Remitir a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero el informe final sobre las operaciones de investigacion, y c) Remitir al Ministerio de Pesqueria el Permiso de Navegacion otorgado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Articulo 4º.- Las operaciones de investigacion estan sujetas a lo dispuesto en el ordenamiento juridico pesquero vigente. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 31190

Prorrogan permisos de pesca otorgados a Siete Mares S.A.C. para operar embarcaciones de bandera japonesa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 223-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 18 de setiembre del 2001 Visto el escrito con registro Nº CE-00463002 del 12 de setiembre del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 176-2001PE/DNEPP del 21 de agosto del 2001, se otorgo permiso de pesca a la empresa SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "WAKASHIO MARU Nº 85", de 328 de Tonelaje Neto, 850,18 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, asi como la licencia para la operacion de su planta de congelado a bordo, con capacidad instalada de 74,62 t/dia; hasta el 19 de setiembre del 2001; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita prorroga del permiso de pesca para la operacion de la embarcacion senalada en el considerando anterior, asi como de la licencia de operacion de su planta de congelado a bordo, por quince (15) dias adicionales, del 20 de setiembre al 4 de octubre del 2001, presentando los requisitos previstos en el procedimiento Nº 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0202001-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 430-2001-PE/ DNEPP-Dap-iea del 13 de setiembre de 2001, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del recurso Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; el Regimen Provisional para la extraccion

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