Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2002 (11/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

AGRICULTURA
Designan representantes del Ministerio ante Comision constituida mediante el D.S. Nº 148-2001-EF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0363-2002-AG

MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 148-2001-EF se constituyo una Comision encargada de proponer medidas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante sentencia expedida el 10 de marzo de 2001, en la causa seguida por el Colegio de Ingenieros del Peru, Exp. Nº 022-96-I-TC; Que, la mencionada comision se encuentra conformada por dos representantes del Ministerio de Economia y Finanzas, uno de los cuales lo presidira, dos representantes del Ministerio de Agricultura y un representante de la Asociacion de Agricultores Expropiados de la Reforma Agraria (ADAEPRA); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 962-2001AG, el Ministerio designo a sus dos representantes ante la mencionada comision; Que, es necesario dar por concluida la designacion efectuada y necesario asi mismo designar a dos nuevos representantes ante la referida comision; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha la designacion de los representantes nombrados por Resolucion Ministerial Nº 962-2001-AG, de fecha 16 de agosto de 2001, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha como representantes del Ministerio de Agricultura ante la Comision constituida mediante Decreto Supremo Nº 148-2001EF, a las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seminario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 6600

Modifican Cuadro de Contratacion de Personal del INRENA anexo a la R.J. Nº 296-2001-INRENA, respecto a la contratacion de consultor forestal
RESOLUCION JEFATURAL Nº 087-2002-INRENA MORDAZA, 15 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos;

Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM dispone que son considerados Servicios Personalisimos, aquellos contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, con fecha 3 de diciembre del 2001, el INRENA suscribio un Contrato de Contribucion con el Estado de los Paises Bajos, debidamente representado por la Ministra para la Cooperacion al Desarrollo, siendo la finalidad del Contrato suscrito que el Estado de los Paises Bajos conceda una contribucion al INRENA en beneficio de la actividad relativa al Proyecto "Apoyo institucional al INRENA con enfasis en el sector forestal"; Que, dentro de los doce meses de vigencia del Contrato de Contribucion mencionado, se ha determinado una lista de actividades que se concentran en cuatro componentes basicos: la Promocion de la Produccion Forestal Sostenible, el fortalecimiento de la Gestion Institucional, el Diseno de Propuesta de Apoyo Estructural al INRENA y la Comunicacion; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 296-2001-INRENA, publicada en el Diario El Peruano, se exonero del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa, la contratacion del personal que desempenaria actividades para el Proyecto "Apoyo institucional al INRENA con enfasis en el sector forestal", autorizando de esta manera a la Oficina de Administracion, la contratacion de dicho personal; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 036-2002-INRENA se aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion, entre otros, del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para el desarrollo del Sistema de Informacion del INRENA; Que, el fundamento tecnico basico que se tuvo en cuenta para la contratacion del Ing. MORDAZA MORDAZA de Freitas Calmet fue la necesidad de contar como Coordinador General del Proyecto a una persona que ocupara un alto nivel entre los Directores Generales del INRENA y que ademas poseyera conocimientos destacados en temas tecnicos forestales y temas de gestion en procesos de mejora y comunicacion, tal y como lo ostenta el mencionado Ingeniero, quien se desempeno en su oportunidad como Director General Forestal de esta Institucion; Que, la contratacion del economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA tiene como sustento la necesidad del Proyecto de contar con un especialista en planificacion con una vasta experiencia en proyectos de desarrollo y de inversion en el sector agrario quien ademas logre, debido la posicion que ocupa en el INRENA, una gestion integrada sobre las perspectivas y proyectos de la institucion; en tal sentido se dispuso por conveniente la contratacion del mencionado economista siendo que anteriormente se habia desempenado como Director de Inversiones en el Ministerio de Agricultura y como Analista del equipo de apoyo de programacion de la inversion publica en el Ministerio de Agricultura para el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, las contrataciones del Ing. MORDAZA Cuadra MORDAZA y la del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprobada esta MORDAZA por Resolucion Jefatural Nº 036-2002-INRENA, estan sustentadas en la necesidad de contar con un especialista MORDAZA en ingenieria y sistemas de informacion, asi como un especialista MORDAZA en procesos de mejora de la gestion institucional, el mismo que efectue el seguimiento respectivo a la ejecucion de las actividades que realice la empresa seleccionada para el MORDAZA de Reingenieria del INRENA; Que, el objetivo central del Contrato de Contribucion suscrito entre INRENA y Estado de los Paises Bajos es el aporte economico que realiza este ultimo para las actividades del INRENA en beneficio a su fortalecimiento

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