Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2002 (11/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

Fedatarios; establece que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion, quienes sin exclusion de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, en el MORDAZA numeral del Articulo 127º del acotado cuerpo legal, establece que el Fedatario tiene como labor personalisima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la MORDAZA presentada, la fidelidad del contenido de esta MORDAZA para su empleo en los procedimientos de la entidad, asi como certificar firmas previa verificacion de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 434, Ley Organica del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro de Defensa es la MORDAZA autoridad del Sector Defensa y titular del Pliego; Estando a lo propuesto y con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Fedatarios del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002, al Mayor Art. EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mayor Inf. EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEREYRA y al EC MD MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cargos que asumiran sin perjuicio de las funciones que vienen desempenando. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 6496

de a un Recurso de Apelacion, por lo que a fin de efectuar su correcta tramitacion es necesario calificarlo en tal sentido; Que, el Articulo 99º de la MORDAZA glosada en los considerandos precedentes, establece que el Recurso de Apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; Que, en el Contrato de Locacion de Servicios firmado entre la recurrente y la Fuerza Aerea del Peru se establece que el incumplimiento de las disposiciones y/o directivas emitidas por la Fuerza Aerea MORDAZA lugar a la rescision del contrato y al cese inmediato de sus labores, sin requerirse que necesariamente sea sometida a la Comision de Procesos Administrativos del Personal Civil; Que, a pesar de lo estipulado en el Contrato de Locacion de Servicios, a la recurrente se le instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario, elaborandose el Acta CPA Nº 027 de fecha 1 de diciembre de 1999, en la que luego de las Investigaciones y descargos de ley, se determino que la ex empleada Civil FAP Doylita MORDAZA MORDAZA MORDAZA habia incurrido en falta grave al efectuar adulteraciones en el recibo de ingreso de MORDAZA Nº 1584, incumpliendo las obligaciones establecidas en el Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" y lo previsto en la Ordenanza FAP 40-9 del 17 de diciembre de 1979; resultando procedente y legal la rescision del mencionado contrato; Que, en aplicacion a lo dispuesto por el inciso b) del Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativo", modificado por Ley Nº 26810, corresponde dar por agotada la Via Administrativa; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Calificar el Recurso de Reconsideracion interpuesto como un Recurso de Apelacion. Articulo 2º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la ex Empleada Civil FAP MORDAZA MORDAZA Doylita MORDAZA contra la Resolucion Nº 848CGFA de fecha 7 de junio del 2001; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Dar por agotada la Via Administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 6497

Declaran infundado recurso de apelacion interpuesto por ex empleada civil FAP contra la Res. Nº 848-CGFA que cancelo contrato de trabajo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 672-DE/SG

MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 Visto el Recurso de Reconsideracion de fecha 27 de junio del 2001, interpuesto por la ex Empleada Civil FAP MORDAZA MORDAZA Doylita MORDAZA, contra la Resolucion Nº 848-CGFA del 7 de junio del 2001; CONSIDERANDO: Que, la recurrente interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Nº 848-CGFA del 7 de junio del 2001, que dispuso la Cancelacion de su Contrato de Trabajo; Que, segun se aprecia del Recurso formulado, se cuestiona la afectacion del derecho al debido MORDAZA, el recorte de su derecho de defensa y que se ha realizado una interpretacion erronea de la MORDAZA que sustenta la Resolucion impugnada; Que, el Articulo 98º del Decreto Supremo Nº 04-94JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", establece que el Recurso de Reconsideracion se interpondra ante el mismo Organo que dicto la primera Resolucion Impugnada, debiendo necesariamente sustentarse en nueva prueba instrumental; Que, no habiendo la impugnante presentado nueva prueba instrumental, y en aplicacion del Articulo 103º del Decreto Supremo MORDAZA anotado, se deduce que el verdadero caracter del Recurso Impugnativo correspon-

Designan representantes legales del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 673-DE/SG

MORDAZA 5 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, es necesario acreditar ante los Organismos Publicos y Privados los representantes legales del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa, a fin de que se encarguen de gestionar y/o tramitar todos los asuntos relativos a los asuntos de orden administrativo y legal del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa, identificado con RUC Nº 20131367938 y con domicilio fiscal en Av. MORDAZA 291 - Lima; Que, el Articulo 8º literal "g" de la Resolucion de Superintendencia Nº 079-2001/SUNAT, regula en materia tributaria, el cambio de representantes legales;

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