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Pág. 221962 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de abril de 2002 OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO Autorizan ejercer cargo de Martillero Público a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 479-2002-ORLC/JE Lima, 19 de abril de 2002 Visto, el expediente organizado por don RENÉ PRADO PRADO, sobre obtención del título de Martillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 014-2002-ORLC/JE-R.MART. del 18 de abril del 2002; emitido por el Registro de Martille- ros Públicos; CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Públicos; con el Artículo 116º del Código de Co- mercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolu- ción Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los re- quisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti- llero Público a nivel nacional, según se desprende de la documentación que acompaña su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso- lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Reso- lución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantía que deben prestar los que de- seen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente ha optado por otorgar garantía comercial a favor de la Ofi- cina Registral de Lima y Callao hasta por Tres Unidades Impositivas Tributarias (U.I.T.), debidamente inscrita en el Asiento C 00002 de la Partida Nº 11006768 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Arequipa; Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Públicos que desean conti- nuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actua- lizar la garantía constituida a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, apro- bado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Super- intendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96- SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a don RENÉ PRADO PRADO, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel Nacional, con sujeción a las leyes y disposiciones vigen- tes sobre la materia. Artículo Segundo.- Conceder a don René Prado Pra- do, la habilitación correspondiente, a fin de que ejerza sus funciones durante el primer semestre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 7434C T A R Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año fiscal 2002 de las unidades ejecutoras Sede Cen- tral Ayacucho y las Gerencias Subre- gionales Sarasara, Lucanas y Centro (Cangallo) CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL AYACUCHO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 281-2002-CTAR AYAC/PE. Ayacucho, 12 de abril de 2002 VISTO: El Oficio Nº 215-2002-CTAR-AYAC/PE-ST-GRA, del Gerente Regional de Administración del CTAR AYACUCHO y el Oficio Nº 193-2002-CTAR AYAC/GRA-SGAPF, de Sub- gerente de Abastecimientos y Patrimonio Fiscal, sobre aprobación del Plan Anual de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Ejercicio Presupuestal 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisi- ciones y Contrataciones del Estado, el que tiene como ámbito de aplicación todas las entidades del Sector Pú- blico, con Personería Jurídica y de derecho público y las entidades reguladas por la Ley de Gestión Presu- puestaria, el mismo que en su Artículo 7º establece que cada Entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Entidad a nivel de Unida- des Ejecutoras, para su aprobación por la máxima Auto- ridad Administrativa; Que, siendo reglamentada la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es de aplicación el Artículo 5º del dispositivo acotado en el que establece la Formulación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, el que será determinado dentro del plazo señala- do por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi- nistrativa, según corresponda, sus necesidades de bie- nes, servicios en general, de consultoría y ejecución de obras, en función de sus respectivas metas, señalando las prioridades, la programación respectiva y un perfil genérico de las especificaciones técnicas, por lo que, estando a lo propuesto por la Subgerencia de Abasteci- mientos y Patrimonio Fiscal para la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2002 de las Unidades Ejecutoras 001 Sede Central Ayacucho, 002 Gerencia Subregional Sarasara, 003 Gerencia Subregio- nal Lucanas y 004 Gerencia Subregional Centro (Canga- llo), del Pliego 444 CTAR Ayacucho; Y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, que aprueba del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las facultades con- feridas por la Ley Nº 26922, Decreto Ley Nº 26111, Decre- to Supremo Nº 010-98-PRES y la Resolución Suprema Nº 206-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el PLAN ANUAL DE AD- QUISICIONES Y CONTRATACIONES, para el Año Fiscal del 2002, de las Unidades Ejecutoras 001 Sede Central Ayacucho, 002 Gerencia Subregional Sarasara, 003 Ge- rencia Subregional Lucanas y 004 Gerencia Subregional Centro (Cangallo), del Pliego 444 CTAR Ayacucho, en vías de regularización.