Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2002 (26/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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INACC
Excluyen de la R.J. Nº 501-2002-INACC/J derechos mineros que cumplieron con pagar el Derecho de Vigencia correspondiente al ano 2001
RESOLUCION JEFATURAL Nº 674-2002-INACC/J MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002 VISTOS: Los escritos de exclusion de la relacion de derechos mineros que no cumplieron con el pago del Derecho de Vigencia y/o Penalidad 2001, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 501-2002-INACC/J, presentados por los titulares de los derechos mineros afectados y los informes de la Direccion General de Desarrollo Corportivo y la Direccion General de Concesiones Mineras, respectivamente; CONSIDERANDO:

ras del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 7497

INADE
Autorizan contratar por servicios personalisimos a diversos consultores mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 081-2002-INADE-1100 MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2002 VISTO:

Que, conforme a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de marzo de 2002, los titulares de derechos mineros en el plazo de 15 dias habiles de publicada la Resolucion Jefatural que aprueba la relacion de derechos mineros que no pagaron el Derecho de Vigencia y/o Penalidad de 2001, podian solicitar la exclusion de sus derechos mineros de dicha relacion; siempre que acreditasen haber cumplido con el pago del Derecho de Vigencia y/o Penalidad hasta el 31 de diciembre de 2001; Que, de acuerdo a los informes de la Direccion General de Desarrollo Corporativo y la Direccion General de Concesiones Mineras, se ha determinado el pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente al ano 2001 efectuados por los titulares de 80 derechos mineros; por lo que, corresponde expedir la resolucion que los excluya de la relacion de no pagos del Derecho de Vigencia y/o Penalidad, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 501-2002-INACC/J; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se asigno al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, las funciones consignadas en el Articulo 44º y en los incisos h) y p) del Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y, en los Articulos 27º; 37º; 74º; 76º y 93º e incisos d) y f) del Articulo 122º del Reglamento de los titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; De conformidad con la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM e inciso w) del Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras, de la Direccion General de Desarrollo Corporativo y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXCLUIR de la Resolucion Jefatural Nº 501-2002-INACC/J, los 80 derechos mineros que se detallan en la relacion que se encuentra a disposicion de los usuarios en la Sede Central del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, en sus Oficinas Descentralizadas, y, en la pagina web de la institucion (www.inacc.gob.pe), por estar acreditado el pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente al ano 2001. Articulo 2º.- MODIFIQUESE la Base de Control de Pagos de derecho de vigencia de acuerdo a lo informado por la Direccion General de Concesiones Mine-

El Oficio Nº 018-2002-INADE-5201/GPSS, del Gerente de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA, sobre contratacion de consultores por servicios personalisimos; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de la Presidencia, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Ministerio de la Presidencia; Que, mediante el oficio del exordio, el Gerente de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA, solicita la contratacion por servicios personalisimos de los consultores, Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Arq. MORDAZA MORDAZA Lucich, para la elaboracion de la MORDAZA parte del Plan de Desarrollo Sostenible de la Amazonia en Ambitos Prioritarios; Que, de conformidad con lo previsto en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme a lo establecido en el Articulo 20º de dicha Ley; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condiciones que debe reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalando que esta se refiere a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales, o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 001-2002-INADE-5201-GPSS/UTPA, el INADE requiere contar con un Grupo de Asesores Consultores altamente calificados para que coadyuven a determinar la nueva politica para la Amazonia, y en especial efectuen los estudios correspondientes al Plan de Desarrollo Sostenible de la Amazonia en Ambitos Prioritarios, el cual forma parte importante en las propuestas de descentralizacion de la Secretaria Tecnica de Descentralizacion del Ministerio de la Presidencia y que ademas contribuira a crear las condiciones necesarias para la correcta orientacion de los recursos publicos y privados de la region amazonica que cubre el 58.1% del territorio

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