Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2002 (26/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002 MORDAZA En el (la) citado (a) ............ se ubica el LOTE : ...... DESTINADO A: MZNA. : ......

NORMAS LEGALES

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con un area total de ............ m², encerrado dentro de los linderos y medidas perimetricas siguientes: Frente: Derecha: Izquierda: Fondo: TERCERO Mediante el presente titulo, COFOPRI afecta en uso el lote descrito en la clausula anterior en favor de la ENTIDAD, por un plazo .......... con el objeto de que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones. En caso que la ENTIDAD destine el lote de terreno a un fin distinto al asignado, la presente afectacion quedara cancelada. MORDAZA Para los efectos de la presente afectacion, el lote de terreno en referencia se valoriza en la suma de S/. ......... (Valor Arancelario establecido por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA). MORDAZA El presente Titulo de Afectacion en Uso constituye merito suficiente para su inscripcion en el Registro Predial MORDAZA, sin cuya inscripcion carece de validez alguna. Fecha .....................................

------------------------------------------PRESIDENTE DE COFOPRI Ministro de Justicia INSCRITO EL DOMINIO EN LA PARTIDA SIGNADA CON CODIGO DE PREDIO Nº ................... DEL REGISTRO PREDIAL MORDAZA 7449

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
Aclaran resolucion referida a la contratacion de instalacion, capacitacion y puesta en marcha de software mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 073-2002-CONCYTEC-P MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 112, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC, es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con autonomia cientifica, administrativa y economica; Que, por Resolucion de Presidencia Nº 027-2002-CONCYTEC-P del 8 de febrero de 2002, se aprobo la contratacion de la empresa ECOSERVICE S.R.L., exonerandola del MORDAZA de seleccion por tratarse de un servicio personalisimo;

Que, por Oficio Nº 873/2002(GTN-MON), el CONSUCODE observa la resolucion MORDAZA mencionada requiriendo se disponga su aclaracion; Que, el CONCYTEC cuenta con el Sistema de Informacion Administrativo INTEGRIX-PUB, por haber adquirido la licencia de uso a la empresa ECOSERVICE S.R.L. en octubre de 1997; Que, por Carta Nº 218-2001 del 23 de octubre del 2001, la empresa ECOSERVICE comunico al CONCYTEC que ha actualizado el sistema INTEGRIX-PUB, desarrollado bajo DOS, por el MORDAZA sistema INTEGRIX-2000, desarrollado en Power Builder. Dicha actualizacion se debe a que el sistema INTEGRIX-PUB se desarrollo bajo tecnologia antigua; Que, el sistema INTEGRIX-2000 propuesto por la citada empresa, otorga a la administracion del CONCYTEC seguridad en la informacion, compatibilidad con la plataforma Win 32 existente en la institucion, modelo cliente/servidor e informacion del sistema sobre el motor de base de datos relacionados (SQL), tal como se establece en el informe tecnico presentado con Memorandum Nº 036-2002CONCYTEC-CENDICYT; Que, asimismo el Informe Tecnico considera que el sistema de informacion administrativo no puede tener discontinuidad prolongada por el cambio de software; continuidad que garantiza la empresa ECOSERVICE S.R.L. aun en el MORDAZA de migracion del sistema antiguo al actualmente ofertado; Que, el sistema de informacion INTEGRIX-2000 ofrecido es una actualizacion del sistema que se viene empleando, por lo que cuenta con todos los modulos adecuados a las necesidades del CONCYTEC; Que, la empresa ECOSERVICE S.R.L. es propietaria del software contable gubernamental INTEGRIX 2000 y ofrece al CONCYTEC segun Carta Nº 250-2001, la instalacion, capacitacion y puesta en marcha del MORDAZA Software denominado INTEGRIX 2000, desarrollado en el lenguaje de programacion Power Builder y base de datos SQLServer que comprende los Modulos de Abastecimiento, Almacen, Contabilidad Patrimonial-Presupuestal, Tesoreria, Control Patrimonial y Personal y el costo de la licencia de uso del sistema, por un valor total de S/. 1,700.00 (Mil Setecientos Nuevos Soles) mensuales incluido impuestos; Que, dicho monto y concepto esta considerado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CONCYTEC para el ejercicio fiscal 2002, aprobado por Resolucion de Presidencia Nº 019-2002-CONCYTEC-P; Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen por Servicios Personalisimos; Que, el Art. 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, la empresa a contratar reune los caracteristicas y requisitos solicitados, por su especialidad en programas de software contable gubernamental, y ser la propiedad del sistema INTEGRIX que viene utilizando el CONCYTEC desde 1998 con resultados satisfactorios; Con el visado de la Jefa de la Oficina de Administracion, Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, y Director Ejecutivo; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 112 y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 069-84-ED, asi como el Decreto Supremo Nº 021-2001ED y Resolucion de Presidencia Nº 068-2001-CONCYTECP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- ACLARAR la Resolucion de Presidencia Nº 027-2002-CONCYTEC-P en los terminos siguientes:

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