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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (26/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 221958 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de abril de 2002 Artículo Primero.- EXONERAR al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC del proceso de Adjudi- cación Directa para la contratación de la instalación, capa- citación y puesta en marcha del nuevo software denomina- do INTEGRIX 2000 y el costo de la licencia de uso del sistema hasta por la suma total de S/. 17,000.00 (Diecisie- te Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, para el período comprendido desde marzo hasta diciembre de 2002. Artículo Segundo.- APROBAR la contratación de los servicios a que se refiere el Artículo Primero de la presen- te Resolución mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- El egreso que irrogue la contratación de los servicios a que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución, será con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento: 00 - Recursos Ordinarios; Fun- ción 09: Educación y Cultura; Programa 003: Administra- ción; Subprograma 0006: Administración General; Activi- dad 1.00267: Gestión Administrativa; Componente 3.0693: Gestión Administrativa; de la Unidad Ejecutora 001: Con- sejo Nacional de Ciencia y Tecnología, del Pliego 114 Con- sejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Artículo Cuarto.- La presente Resolución, así como el Informe Técnico e Informe Legal correspondiente serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BENJAMÍN A. MARTICORENA CASTILLO Presidente 7495 FONCODES Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de publicacio- nes referidas a procesos de selección y transferencias de obras a cargo del FON- CODES RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 078-2002-FONCODES/DE Lima, 22 de abril de 2002 VISTO: El Informe Nº 002-2002-FONCODES/GAF-SGL de fe- cha 29 de enero del 2002, Memorando Nº 109-2002-FON- CODES/GAF de fecha 22 de febrero del 2002, el Informe Nº 084-2002-FONCODES/GPyS de fecha 8 de abril del 2002 y el Informe Legal Nº 053-A-2002-FONCODES/GAL de fecha 7 de febrero del 2002; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y concordado con los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las contratacio- nes de servicios personalísimos, procediendo su contrata- ción mediante una adjudicación de menor cuantía confor- me a lo establecido por el Artículo 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 111º del Reglamento antes señalado, modificado por Decretos Supremos Nºs. 071 y 128-2001- PCM, establece como servicios personalísimos, los servi- cios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación escrita, o cualquier otro medio de comuni- cación, en atención a las características particulares que los distinguen;Que, mediante Informe Nº 002-2002-FONCODES/GAF- SGL se sustenta la necesidad de contratar, hasta el 31 de diciembre de 2002, los servicios de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú, que edita el Diario Oficial El Peruano, para que efectúe las publicaciones nece- sarias que se deriven de los procesos de selección llevados a cabo por la entidad al amparo de la Ley Nº 26850, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, Reglamento y modificatorias, así como de los procesos de transferencias de obras a cargo de FON- CODES en virtud de la Ley Nº 27171 y su Reglamento; Que, estando a lo establecido por el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por Decretos Supremos Nºs. 071 y 128-2001-PCM, la contratación de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú para la prestación de los servicios indicados en el párrafo anterior, puede efec- tuarse bajo la modalidad de servicios personalísimos; Que, mediante Informe Nº 084-2002-FONCODES/ GPyS se indica que para la contratación de los servicios a que se refieren los considerandos anteriores, se cuenta con una disponibilidad presupuestal ascendente a S/. 648,000.00 con cargo a la fuente de Recursos Ordinarios; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Logística y Gerencia de Asesoría Legal; De conformidad con la Ley Nº 26850, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, y en uso de las atribuciones establecidas en los literales q) y o) del numeral 4.2.2 del Manual y Regla- mento de Organización y Funciones de FONCODES res- pectivamente y el Art. 24º literal n) del Estatuto de FON- CODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar hasta el 31 de diciembre de 2002 del proceso de selección correspondiente, la contratación de los servicios personalísimos de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú para que efectúe las publicaciones necesarias que se deriven de los proce- sos de selección llevados a cabo por la entidad al amparo de la Ley Nº 26850, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Reglamento y normas modificatorias, así como de los procesos de trans- ferencias de obras a cargo de FONCODES en virtud de la Ley Nº 27171 y su Reglamento, u otras publicaciones que por ley deban efectuarse en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logística, a rea- lizar las acciones pertinentes para la adquisición de los servicios a que se refiere el artículo anterior, de conformi- dad a lo previsto en los Artículos 105º y 116º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y normas concordantes. Artículo 3º.- Precisar que el valor referencial de la ad- quisición asciende a S/. 648,000.00, por la fuente de finan- ciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logísti- ca, efectúe la publicación de la presente Resolución, y asi- mismo, remita una copia de la misma y de los informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación, conforme lo establece el Artículo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Reglamento y el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respec- tivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRANCKE BALLVE Director Ejecutivo Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social 7498