TEXTO PAGINA: 56
Pág. 221950 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de abril de 2002 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora So- corro Heysen Zegarra, Superintendente de Banca y Segu- ros (e), a la ciudad de Miami - Florida, Estados Unidos de América del 25 al 28 de abril de 2002 y a la ciudad de Río de Janeiro, Brasil del 29 de abril al 1 de mayo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento del presente dispositivo legal, según se indica, se- rán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superin- tendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$2 036,98 Viáticos 1 040,00 Tarifa CORPAC 25,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua- na de cualquier clase o denominación a favor de la funcio- naria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO MANDRIOTTI HURTADO Superintendente Adjunto de Administración General 7528 Autorizan organización de la EDPYME PRO NEGOCIOS RESOLUCIÓN SBS Nº 333-2002 Lima, 17 de abril de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Javier Caro Infan- tas, representante de los organizadores de la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa PRO NEGO- CIOS S.A., mediante la cual se requiere la autorización de organización de la indicada empresa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 0278-99 del 19.4.1999, se autorizó la organización de la mencionada Edpyme; sin embargo, el certificado de organización res- pectivo caducó, conforme a lo establecido en el Artículo 23º de la Ley General, por lo que los organizadores de di- cha entidad han reafirmado su intención de constitución de la empresa, reiniciando los trámites respectivos, conforme a Ley; Que, el mencionado representante de los organizado- res ha cumplido con acompañar a su solicitud, el proyecto de minuta de constitución social y estatuto, el estudio de factibilidad económico-financiero que sustenta la creación de la EDPYME PRO NEGOCIOS S.A., el certificado de depósito de garantía, el currículum vitae y declaración ju- rada de cada uno de los organizadores y accionistas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Siste- ma Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y la Resolución SBS Nº 600-98, del 27.6.1998; Que, luego de la publicación de la solicitud de organi- zación respectiva efectuada de conformidad con el Artícu- lo 78º de la Resolución SBS Nº 600-98, no se ha presenta- do objeción alguna respecto a la organización de la EDPY- ME PRO NEGOCIOS S.A., ni a sus organizadores y ac- cionistas; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjun- ta de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Estudios Económi- cos y por el Departamento de Evaluación del Sistema Fi- nanciero "E"; así como a lo opinado por el Banco Central de Reserva del Perú;De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y normas modificatorias; y, en vir- tud de la facultad delegada en la Resolución SBS Nº 1028- 2001 del 27.12.2001; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de la Enti- dad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa PRO NEGOCIOS S.A., a quien también se le podrá denominar EDPYME PRO NEGOCIOS, para lo cual se aprueba el pro- yecto de minuta de constitución social y estatuto presentado para tal efecto por los organizadores, el que se devuelve debi- damente autenticado con sello oficial de esta Superintenden- cia, para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse en ésta el Certificado de Autorización al que se refiere el ter- cer numeral de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funciona- miento de la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa PRO NEGOCIOS S.A. en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orienta- das a formalizar su constitución; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el Art. 11º de la Resolución SBS Nº 600-98 y además, adecuarse a lo dispuesto por la Resolución Nº 776-98 del 14.8.1998, procediendo para tal efecto a: a)Adjuntar el Testimonio de la Escritura Pública de cons- titución social; b)Acreditar el pago de su capital social mínimo me- diante aportes en efectivo; c)Implementar su estructura orgánica y remitir un ejem- plar del Manual de Organización y Funciones de sus diver- sas áreas; d)Remitir la relación y currículum vitae de sus directo- res y funcionarios; e)Remitir copia certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a cada uno de ellos, incluyendo la dele- gación de facultades; f)Remitir información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus oficinas; así como la co- bertura contra los riesgos principales de la actividad a rea- lizar; g)Políticas y procedimientos generales de control in- terno y auditoría interna; h)Políticas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar; i)Descripción de sistemas de información incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informáticos que la empresa considera implementar; j)Condiciones de seguridad, equipamiento de las ofi- cinas y seguros; k)Cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demos- trar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría Gene- ral se otorgue el correspondiente Certificado de Autoriza- ción de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (e) 7458 Autorizan a la Caja Municipal de Crédi- to Popular de Lima la apertura de ofici- na temporal en el distrito de Miraflo- res, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 349-2002 Lima, 19 de abril de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA