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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (29/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 222147 NORMAS LEGALES Lima, lunes 29 de abril de 2002 Que, con Solicitud de Registro Nº 016968 del 6 de mar- zo del 2002 ampliada mediante Solicitud de Registro Nº 021075 del 21 de marzo del 2002, presentada por IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, solicitó la ampliación del plazo de ejecución del Acuerdo de Código Compartido sus- crito entre ambas aerolíneas para operar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, car- ga y correo, en los mismos términos que los otorgados en la Resolución Directoral Nº 158-2001-MTC/15.16; Que, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA cuenta con Permiso de Operación para prestar Servicio de Trans- porte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado según Resolución Directoral Nº 050-98- MTC/15.16 del 17 de abril de 1998, modificada por la Re- solución Directoral Nº 079-98-MTC/15.16 y Resolución Di- rectoral Nº 074-99-MTC/15.16 del 23 de junio de 1998 y 4 de mayo de 1999 respectivamente, autorizándola a servir la ruta MADRID - LIMA Y VV, con siete (7) frecuencias se- manales y con derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Li- bertad del Aire; Que, el Departamento de Medio Ambiente, Transporte y Regiones del Gobierno del Reino Unido, ha designado a la empresa BRITISH AIRWAYS a fin de operar con dere- chos de tráfico en la ruta LONDRES - LIMA vía MADRID, bajo la modalidad de Código Compartido con IBERIA, LÍ- NEAS AÉREAS DE ESPAÑA; Que, asimismo, la Dirección General de Aviación Civil de España, ha concedido autorización excepcional y tem- poral a IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, para que durante la temporada de verano 2002 realice las operacio- nes proyectadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aero- náutica Civil del Perú, Ley Nº 27261; y, con la opinión favo- rable de las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación del plazo de ejecución del Acuerdo de Código Compartido suscrito en- tre IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA y BRITISH AI- RWAYS, para prestar el servicio de transporte aéreo regu- lar internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta LONDRES - MADRID - LIMA y vv., con siete (7) frecuen- cias semanales. El plazo de vigencia de la presente autori- zación es por seis (6) meses vigente a partir del 28 de marzo del 2002, día siguiente al vencimiento de la Resolu- ción Directoral Nº 158-2001-MTC/15.16. Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Ar- tículo Primero se sujetará a las siguientes condiciones: 1. La presente autorización comprende la explotación por parte de IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, de los derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire entre LIMA - MADRID y vv.; y, por parte de BRITISH AIRWAYS sólo la comercialización de los derechos de trá- fico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire en la ruta LON- DRES - LIMA, vía MADRID, sin derechos de tráfico hacia/ desde LIMA. 2. En la publicación y comercialización de los servicios materia del Acuerdo de Código Compartido que se autori- za, ambos transportadores deberán hacer mención expre- sa al público usuario, que se trata de vuelos de código com- partido de forma tal que no se induzca a error al consumi- dor, especialmente en cuanto a las características del ser- vicio, el precio y las condiciones de venta. Artículo Tercero.- Ambas empresas de transporte aé- reo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos esta- dísticos e informes que correspondan a las operaciones de código compartido que se autorizan por la presente Resolución. Artículo Cuarto.- La presente autorización será revo- cada, previa comunicación a ambas empresas transporta- doras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolución Directoral; o renuncie, se suspen- da o se revoque el respectivo Permiso de Operación. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorización, será sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronáutica Civil.Artículo Quinto.- En la presente autorización, ambas empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Artículo Sexto.- La presente autorización queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; así como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolución Directoral, tanto por parte de IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA y de BRI- TISH AIRWAYS, así como a las demás disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esa Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN KUAN-VENG Director General de Aeronáutica Civil 7301 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de Juez del 6to. Juzga- do Penal Especial de Lima y de secreta- ria judicial a Suiza para realizar dili- gencia de incautación y repatriación de dineros a favor del Gobierno del Perú RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 045-2002-CE-PJ Lima, 19 de abril del 2002 VISTO: El Oficio Nº 2388-2002-P-CSJLI/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, eleva a este Órgano de Gobierno el oficio y recau- dos remitidos por el doctor Saúl Peña Farfán, Juez del 6to. Juzgado Penal Especial, en el que solicita autorización para viajar, conjuntamente con la secretaria judicial Carmen Galván Escajadillo, a la ciudad de Zurich - Suiza, a efectos de realizar la "diligencia de incautación y repatriación de dineros a favor del Gobierno del Perú", en el procedimiento de beneficio por colaboración eficaz número 43-2001-B, a favor de los beneficiados Zwi Sudit Wasserman, Ilan Weil Levy y Rony Lerner, señalada para el 30 de abril y 2 de mayo del año en curso; Que, estando a la naturaleza del pedido y por celeridad judicial, resulta atendible la petición que se formula; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica del Poder Ju- dicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la interven- ción del señor Consejero Alva Angulo, por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Saúl Peña Farfán, Juez del 6to. Juzgado Penal Especial de Lima, así como de la secretaria judicial Carmen Galván Escaja- dillo, a la ciudad de Zurich - Suiza, del 29 de abril al 3 de mayo del 2002, a efectos de realizar la "diligencia de incau- tación y repatriación de dineros a favor del Gobierno del Perú", en el procedimiento de beneficio por colaboración eficaz número 43-2001-B, a favor de los beneficiados Zwi Sudit Wasserman, Ilan Weil Levy y Rony Lerner, señalada para el 30 de abril y 2 de mayo del año en curso. Artículo Segundo.- El nombrado Magistrado, deberá remitir a este Órgano de Gobierno un Informe documen-