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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (16/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

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Pág. 228303 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de agosto de 2002 las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empre- sa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiéndose dado por concluida la designación de los señores Óscar Vásquez Miyán y Graciela Miñano Vejarano al cargo de miembros del Directorio de la Em- presa Coneminsa y agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Di- rectorio del FONAFE Nº 032-2002/010-FONAFE, de fe- cha 7 de agosto de 2002, se designó al señor Héctor Cuadros Ramírez como Presidente del Directorio y al señor José Chilet Manco como Director de la referida Empresa. 14630 INDECOPI Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio e Industria de Loreto RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 093-2002-INDECOPI/DIR Lima, 13 de Agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que el señor Juan Miguel Tina Gómez ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio e Industria de Loreto; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Di- rectorio de la institución; y, De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Juan Miguel Tina Gómez al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio e In- dustria de Loreto, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 14561 Designan miembro de la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio e Industria de Loreto RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 094-2002-INDECOPI/DIR Lima, 13 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 788 y en la Ley Nº 27146 y en el marco de la descentralización de sus funciones, el Indecopi ha sus- crito Convenios de Delegación de Funciones con distin- tas entidades de prestigio, públicas y privadas, estable- ciendo Comisiones Delegadas de Reestructuración Pa- trimonial encargadas de tramitar y resolver los procedi-mientos a que se refiere la Ley de Reestructuración Pa- trimonial; Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar la incorporación de un nuevo miembro a la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio e Industria de Loreto; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y, De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Alberto Navas To- rres en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio e Industria de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 14562 C T A R Exoneran de proceso de selección la contratación de ingeniero civil para la- bores de monitoreo durante ejecución y liquidación de obras en el CTAR Are- quipa CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL AREQUIPA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 549-2002-CTAR/PE EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL VISTO: Los Informes Técnicos Nº 099-2002-CTAR/PE-ST- GRO y Legal Nº 561-2002-CTAR-PE-ST-GRAJ; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones tiene a su cargo la ejecución del Convenio CTR-Nº 005-2002/EF/68.01-UCP- PAE-CAF, y que el mismo debe concluir el 31 de octubre del 2002 y dada la situación que se tiene que atender en relación al monitoreo durante la ejecución y liquidación de las obras es necesario y urgente la contratación de un profesional que se encargue de labores de monitoreo; Que, dicho profesional dada la calidad de trabajos a ejecutar que es de especialización en el rubro de la Inge- niería Civil con experiencia mínima de 05 años en los sectores de educación, salud y transportes con conoci- miento de cómputo en los paquetes de Excel, Word, PIO' o PCUWIN Projet Manager o Primavera Power Point, así como dominio en presupuestos, valorizaciones y liquida- ciones de obras, conocimiento técnico en el diseño y fi- nalmente en evaluación de proyectos de Ingeniería; Que, el Inc. "h" Art. 19 del Texto Único Concordado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, indica que pueden ser exonerados del respectivo proce- so de Selección. De acuerdo al Reglamento D.S. 013- 2001-PCM en su Art. 111 manifiesta que para que pros- pere la exoneración para la contratación se debe tener en cuenta y como requisito esencial a la persona del lo- cador ya sea por sus características inherentes, particu- lares o especiales es decir que el profesional a contratar- se debe contar con estas cualidades además el Informe Técnico de la Gerencia de Operaciones contempla los criterios de costos y oportunidad, que debe ser examina- das por una comisión especial la cual dará su informe respectivo; De conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 26922 Ley Marco de Descentralización, D.S. Nº 012-2001-PCM