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Pág. 234595 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de diciembre de 2002 Que, por Decreto de Urgencia Nº 033-2002, se establecen las disposiciones para la aprobación de ex- cepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año 2002 a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 032-2002- PCM, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA tiene como misión principal coordinar, promover, planificar, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y sus actualizaciones anuales, en su calidad de organismo rector que diseña y conduce la Política Nacional de Lucha contra Tráfico Ilícito de Dro- gas, el Consumo Ilegal de Drogas Tóxicas promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país; Que, para el cumplimiento efectivo de sus funciones, así como para garantizar el oportuno desarrollo y opera- tividad de las actividades de los diferentes programas que ejecuta la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, resulta pertinente aprobar excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público establecidas en el artículo 3º numera- les 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 del Decreto de Urgencia Nº 030- 2002; Que, la exoneración correspondiente al numeral 3.1 en materia de viajes al exterior atiende a la misión institu- cional de atender compromisos a nivel internacional en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la exoneración correspondiente al numeral 3.2 en materia de Telefonía Móvil, responde a la exigencia de mantener comunicación y coordinación permanente e inmediata con diversas entidades gubernamentales e internacionales así como con las Oficinas Desconcentra- das; Que, la exoneración correspondiente al numeral 3.3 en materia de combustible, atiende a la necesidad de desplegar actividades de supervisión y monitoreo en la ejecución de Programas y Proyectos de Desarrollo Al- ternativo y de Prevención y Rehabilitación, financiados con la Cooperación Técnica Internacional, para lo cual se requiere del desplazamiento de los vehículos de la institución que se encuentren asignados a la Alta Direc- ción y Jefaturas de las Oficinas Desconcentradas de DEVIDA; Que, la exoneración correspondiente al numeral 3.4 en materia de publicaciones, responde a la necesidad de la entidad de realizar y difundir material informativo sobre los objetivos, funciones y propósitos del Programa de Desarrollo Alternativo que se debe implementar con los productores y agricultores de los valles cocaleros, lo que se encuentra previsto en los respectivos Convenios y Planes Operativos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560 modificado por la Ley Nº 27779, el De- creto de Urgencia Nº 030-2002, el Decreto de Urgencia Nº 033-2002, el Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM y la Resolución Ministerial Nº 264-2002-EF-10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exceptuar a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de lo dispues- to en el numeral 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgen- cia Nº 030-2002, relativo a viajes, a fin de posibilitar la realización de viajes al exterior para atender compromi- sos a nivel internacional en coordinación con el Ministe- rio de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- Exceptuar a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de lo dispues- to en el numeral 3.2 del artículo 3º del Decreto de Urgen- cia Nº 030-2002, relativo a telefonía móvil, a fin de posi- bilitar la comunicación y coordinación permanente e in- mediata con diversas entidades gubernamentales e in- ternacionales, así como con las Oficinas Desconcentra- das. Artículo 3º.- Exceptuar a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de lo dispues- to en el numeral 3.3 del artículo 3º del Decreto de Ur- gencia Nº 030-2002, relativo a combustible, en el des-plazamiento de los vehículos de la institución que se encuentren asignados a la Alta Dirección y Jefaturas de las Oficinas Desconcentradas de DEVIDA, a fin de posibilitar el desarrollo de las actividades de supervi- sión y monitoreo en la ejecución de Programas y Proyectos de Desarrollo Alternativo y de Prevención y Rehabilitación, financiados con la Cooperación Téc- nica Internacional. Artículo 4º.- Exceptuar a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de lo dispues- to en el numeral 3.4 del artículo 3º del Decreto de Ur- gencia Nº 030-2002, relativo a publicaciones, a fin de posibilitar la difusión de material informativo sobre los objetivos, funciones y propósitos del Programa de Desarrollo Alternativo que se debe implementar con los productores y agricultores de los valles cocaleros, según lo previsto en los respectivos Convenios y Pla- nes Operativos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 21553 Designan representante del Sector Em- presarial ante el Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 540-2002-PCM Lima, 4 de diciembre de 2002 Visto el Memorándum Nº 339-2002-PCM/SG-SGM de la Secretaría de Gestión Multisectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM modificado por los Decretos Supremos Nºs. 068-2002- PCM y 100-2002-PCM se creó el Consejo Nacional de la Competitividad encargado de desarrollar e implementar el Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Perú para competir en el mer- cado internacional; Que, el Consejo Nacional de la Competitividad cuen- ta con un Consejo Directivo que constituye la máxima instancia deliberativa y resolutiva, integrado entre otros, por tres representantes del sector empresarial, designa- dos por el Presidente de la República a propuesta del Presidente del Consejo de Ministros, mediante Resolu- ción Suprema; Que, mediante Resolución Suprema Nº 177-2002- PCM se designó a dos representantes del sector empresarial ante el Consejo Directivo del Consejo Na- cional de la Competitividad; Que, es pertinente designar al tercer representante del sector empresarial ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 560 modificado por Ley Nº 27779, Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 068-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 100-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Del objeto Designar al señor FERNANDO DEL CARPIO URE- ÑA, como representante del sector empresarial ante el Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competi- tividad.