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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 235406 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de diciembre de 2002 Ubicación Dominio Área Valorización a Valor Libros Comercial S/. Estimado US$ c. Calle Renán Elías s/n, altura del Km. 300 de la carretera Ficha Nº 006847-010101 del 80,000.00 m2 3'103,681.95 2'888,135.20 Panamericana Sur, del distrito, provincia y departamento Registro de PropiedadIca Inmueble de Ica TOTAL 6'154,840.45 5'730,014.70 El Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el presente año ha entregado al Fondo MiVivienda 03 inmuebles a valores de S/. 1.00, que a valores comerciales representa un valor estimado de US$ 3 685 520.00 dólares americanos. 22702 Precios CIF de referencia para la aplica- ción del derecho variable adicional o re- baja arancelaria a importaciones de maíz, azœcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 004-2002-EF/15 Lima, 18 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se estable- ció el Sistema de Franja de Precios para las importacionesde los productos señalados en las Tablas Aduaneras delMaíz, Azúcar, Arroz y Lácteos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas Aduanerasaplicables a las importaciones de los productos a que serefiere el considerando anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se modificó la Tabla Aduanera del Azúcar y se dispusoque las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lácteosaprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asícomo la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el De-creto Supremo Nº 153-2002-EF serían vigentes hasta el30 de junio del 2003; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se mo- dificó el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y sedispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, corresponde publicar los precios CIF de referen- cia para el período comprendido entre el 1 y el 15 de di-ciembre del 2002; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el ar-tículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF y el artículo2º del Decreto Supremo Nº 165-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de refe- rencia para la aplicación del Derecho Variable Adicional orebaja arancelaria a que se refiere el Decreto SupremoNº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche Entera en Polvo Del 1/12/2002 al 15/12/2002 129 253 223 1,430 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Viceministro de Economía 22605 MINCETUR Aprueban TUPA de CENFOTUR DECRETO SUPREMO Nº 012-2002-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2000-ITINCI, pu- blicado el 12 de julio del 2000, se aprobó la modificación y ac-tualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA) del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, las entidades de la AdministraciónPública deben adecuar y aprobar su Texto Único de Procedi-mientos Administrativos conforme a las normas de dicha Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comer-cio Exterior y Turismo y el artículo 38º de la Ley Nº 27444;DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA del Centro de Formación en Tu-rismo - CENFOTUR, conforme al Anexo en 03 folios, queforma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Centro de Formación en Turis-mo - CENFOTUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-ITINCI. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del dos mil dos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo CENTRO DE FORMACIÓN EN TURISMO -CENFOTUR- TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA ENTIDAD: CENTRO DE FORMACIÓN EN TURISMO - CENFOTUR DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD QUE N° DENOMINACIÓN REQUISITOS DE PAGO EVALUACIÓN DONDE SE QUE APRUEBA RESUELVE ELOR- DEL (UIT) AUTO- POSITIVO NEGA- INICIA EL EL TRÁMITE RECURSO DEN PROCEDIMIENTO MÁTICO TIVO TRÁMITE ADMINISTRATIVO 01 ACCESO A LA INFORMACIÓN - Solicitud dirigida al jefe del área que posea o 7 días Mesa de Jefe de Reconsideración QUE POSEAN O PRODUZCAN produzca la información, consignando sus Copia por (1) Partes Área Jefe de Área LAS DISTINTAS ÁREAS datos de identidad y domicilio. folio - Constancia de pago por derecho de trámite. 0,000033 Apelación Base legal - Declaración Jurada comprometiéndose a Director Nacional Ley N° 27806 cancelar el importe de la reproducción o copia de la información.