Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2002 (20/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 20 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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al haber resultado satisfactoria las pruebas de funcionamiento, emite su conformidad tecnica para que se otorgue la autorizacion por diez (10) anos de la referida estacion por television en VHF, de la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A.; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica, mediante Informe Nº 435-2002-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por television por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 266-98-MTC/15.03; Que, mediante Resoluciones Directorales Nºs 5452001-MTC/15.19.02 y 270-2002-MTC/15.19.02 de fechas 21 de diciembre de 2001 y 14 de MORDAZA de 2002, se otorga a la empresa el fraccionamiento de sus deudas por conceptos de canon y tasa anual a merito de la Directiva Nº 001-2000-MTC/15.19, aprobada por Decreto Supremo Nº 043-2000-MTC; Que, el numeral 6 del articulo 116º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que el Ministerio no otorgara la autorizacion cuando el solicitante no se encuentre al dia en los pagos que resulten exigibles respecto del canon o tasa anuales; Que, respecto a la deuda que la solicitante tiene por canon y tasa anuales, esta se encuentra sujeta al beneficio del fraccionamiento para el pago, cuya exigibilidad se difiere al pago de las cuotas respectivas; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC con sus modificatorias, el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por Television en VHF, ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: : BC-TV : Banda III Video: 211.25 Mhz Audio: 215.75 Mhz MORDAZA : 13 Indicativo : OAV-1F Potencia : Video: 100 w Audio: 10 w Emision : Video: C3F Audio: F3E Horario : H24 Ubicacion de la Planta : Cerro Nueva MORDAZA, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. Coordenadas: L.O. 81° 05' 59" L.S. 05° 05' 09" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 266-98-MTC/15.03, por tanto vencera el 04 de octubre de 2008. La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La autorizacion que se otorga en el articulo 1º, quedara automaticamente sin efecto, de producirse la perdida del beneficio de fraccionamiento otorgado a favor de la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 22497 Estacion Frecuencia

VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIO Y TELEVISION CHOTA E.I.R.L., sobre inspeccion tecnica y autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por Television, en el distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; asi como que se le autorice la disminucion de potencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 297-96-MTC/15.17 del 24 de junio de 1996, se concedio a la empresa RADIO Y TELEVISION CHOTA E.I.R.L., autorizacion para instalar y operar, en periodo de prueba de doce (12) meses, una estacion del servicio de radiodifusion comercial por Television, en el distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 425-2001-MTC/ 15.03 del 2 de MORDAZA de 2001, se aprueba la transferencia y, asimismo, se reconoce a los senores MORDAZA COLBERT MORDAZA MORDAZA y MORDAZA GUZMARO MORDAZA MORDAZA, como titulares de las autorizaciones del servicio de radiodifusion en Onda Media y Television ubicadas en el distrito y provincia de Chota, departamento de MORDAZA, otorgadas a la empresa RADIO Y TELEVISION CHOTA E.I.R.L., mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 278-96-MTC/15.17 y 297-96-MTC/15.17; Que, segun el articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion de este Ministerio; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias segun los terminos de los Informes Nºs. 0573-99-MTC/ 15.19.03.3 y 349-2002-MTC/15.19.03.2 senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion por Television, se constato que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendose la disminucion de potencia de la estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica mediante Informe Nº 478-2002-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 297-96MTC/15.17, asi como tambien es procedente autorizar el cambio de caracteristica tecnica acotado; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC con sus modificatorias, el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a los senores MORDAZA COLBERT MORDAZA MORDAZA y MORDAZA GUZMARO MORDAZA MORDAZA, la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por Television, en el distrito y provincia de Chota, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BC-TV : Banda: I Video: 55.25 MHz. Audio: 59.75 MHz. : 2 : OCY-2S : Video: 100 w. Audio: 10 w. : Video: C3F Audio: F3E

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 656-2002-MTC/03
MORDAZA, 10 de diciembre de 2002

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