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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (31/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 236271 NORMAS LEGALES Lima, martes 31 de diciembre de 2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 578-2002-EM/DM Lima, 9 de diciembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 31128302 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposición de la servidum-bre de ocupación de bienes públicos indispensable parala instalación de la subestación compacta subterránea dedistribución para Servicio Público de Electricidad Nº 6183; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha so- licitado la imposición de servidumbre de ocupación de bie- nes públicos para la instalación de la subestación com-pacta subterránea de distribución para Servicio Públicode Electricidad Nº 6183, ubicada en la vereda y bermalateral (proyectada) del Jr. Arica cuadra 3, entre la Mz. 15y Mz. 114, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, apro-bado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 127-2002-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestacióncompacta subterránea de distribución para Servicio Pú-blico de Electricidad Nº 6183, ubicada en la vereda y ber- ma lateral (proyectada) del Jr. Arica cuadra 3, entre la Mz. 15 y Mz. 114, distrito de Villa María del Triunfo, provincia ydepartamento de Lima, a favor de Luz del Sur S.A.A. concarácter permanente de acuerdo a la documentación téc-nica y los planos proporcionados por la empresa, confor-me al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de servidumbre terreno 31128302 Subestación de Distribución Eléctrica Nº 6183. Suelo: 7,00 Propiedad del m² y aires Estado (vía pública) Urbano Ubicación: distrito de Villa María del Triunfo, (Subterránea) provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM:Vértice Norte EsteA 8 649 898,88 292 590,23 B 8 649 901,31 292 590,80C 8 649 900,67 292 593,53 D 8 649 898,24 292 592,95 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, que-dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en casode incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 22325RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 579-2002-EM/DM Lima, 9 de diciembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 31128702 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposición de la servidum-bre de ocupación de bienes públicos indispensable parala instalación de la subestación compacta subterránea dedistribución para Servicio Público de Electricidad Nº 6181; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha so- licitado la imposición de servidumbre de ocupación de bie- nes públicos para la instalación de la subestación com-pacta subterránea de distribución para Servicio Públicode Electricidad Nº 6181, ubicada en la vereda y bermalateral (proyectada) del Jr. Huáscar cuadra 7, entre la Mz.110 y Mz. 111, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, apro-bado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 122-2002-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestacióncompacta subterránea de distribución para Servicio Pú-blico de Electricidad Nº 6181, ubicada en la vereda y ber- ma lateral (proyectada) del Jr. Huáscar cuadra 7, entre la Mz. 110 y Mz. 111, distrito de Villa María del Triunfo, pro-vincia y departamento de Lima, a favor de Luz del SurS.A.A. con carácter permanente de acuerdo a la docu-mentación técnica y los planos proporcionados por laempresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de servidumbre terreno 31128702 S ubestación de Distribución Eléctrica Nº 6181. Suelo: 12,50 Propiedad del Urbano m2 y aires Estado (vía pública) Ubicación: distrito de Villa María del Triunfo, (Subterránea) provinci y departamento de Lima. Coordenadas UTM:Vértice Norte EsteA 8 649 808,71 292 107,30 B 8 649 811,17 292 107,71C 8 649 810,41 292 112,65 D 8 649 807,94 292 112,24 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de laservidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, que-dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en casode incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser- vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 22310