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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (31/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 236277 NORMAS LEGALES Lima, martes 31 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el artículo 168º de la Constitución Política del Perú establece que las leyes y reglamentos respectivos deter- minan la organización, funciones, especialidades, prepa-ración, empleos y normas de disciplina de la Policía Na- cional del Perú; Que, el Decreto Legislativo Nº 745, Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú, pre- vé el pase a la situación de retiro por la causal de renova-ción; Que, el artículo 32º de la Ley Nº 27238, Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, establece que la situación de retiro por renovación se efectúa en base a una pro- puesta elaborada por el Consejo de Calificación presen-tada al Ministro del Interior por el Director General de la Policía Nacional del Perú; Que, dicha causal tiene como finalidad procurar la re- novación constante de los cuadros de personal, aten- diendo a las necesidades del servicio de la InstituciónPolicial, haciendo posible la reformulación periódica de sus cuadros, racionalizando y adecuando el número de sus efectivos a la misión constitucional de la Policía Na-cional del Perú, así como a los objetivos y metas estable- cidas en su Ley Orgánica; Que, en este sentido, la causal de pase al retiro por renovación es un acto de la administración que no tiene carácter ni efecto sancionador, no implica afecta-ción de derechos patrimoniales, ni constituye un agra- vio legal o moral a los oficiales a los que se aplique; Que, conforme ha establecido el Tribunal Constitucio- nal, mediante sentencia de fecha 12 de setiembre del 2002,en el expediente Nº 1367-01-AA/TC, "el Presidentede la República está facultado, por los artículos 167º y 168º de la Constitución Política del Perú y el artículo 53º del Decreto Legislativo Nº 745 para pasar discrecional-mente a la situación de retiro, por invitación, a los Gene- rales de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de procurar la renovación constante de los Cuadros de Per-sonal"; Que, dicha facultad discrecional se aplica igualmente por mandato expreso de la ley, para los casos de pase al retiro por renovación de los Coroneles, Comandantes y Mayores de la Policía Nacional del Perú; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 167º y 168º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27238,Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, y el Decreto Legislativo Nº 745, Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pasar a la Situación de Retiro por Causal de Renovación, a partir de la fecha 1 de enero del 2003,dándoseles las gracias por los servicios prestados a la Nación, a: General PNP ACURIO MONGE, Julio General PNP BARRIOS FRANCO, HugoGeneral PNP CHONG CHING, RamónGeneral PNP PAREDES LAZO, RuselGeneral PNP SECLÉN NÚÑEZ DEL ARCO, OscarGeneral PNP TORIBIO MORENO, Isidro Artículo 2º.- La Dirección de Economía PNP abonará los derechos económicos que les corresponde de acuer- do a Ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 23277Pasan a la situación de retiro por cau- sal de renovación a Coroneles, Coman-dantes y Mayores de la PNP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 1097-2002-IN/PNP Lima, 30 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO:Que, el Art.168º de la Constitución Política del Perú establece que las leyes y reglamentos respectivos deter- minan la organización, funciones, especialidades, prepa- ración, empleos y normas de disciplina de la Policía Na-cional del Perú; Que, el Decreto Legislativo Nº 745, Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú, pre-vé el pase a la Situación de Retiro por la Causal de Reno- vación; Que, el Art. 32º de la Ley Nº 27238, Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú establece que la Situación deRetiro por Renovación se efectúa en base a una propues-ta elaborada por el Consejo de Calificación presentada alMinistro del Interior por el Director General de la Policía Nacional del Perú; Que, dicha causal tiene como finalidad procurar la re- novación constante de los Cuadros de Personal, atendien-do a las necesidades del servicio de la Institución policialhaciendo posible la reformulación periódica de sus Cua-dros, racionalizando y adecuando el número de sus efec- tivos a la misión constitucional de la Policía Nacional del Perú, así como a los objetivos y metas establecidas en suLey Orgánica; Que, en este sentido, la Causal de Pase a Retiro por Renovación es un acto de la administración que no tienecarácter ni efecto sancionador, no implica afectación de derechos patrimoniales, ni constituye un agravio legal o moral a los Oficiales a los que se aplique; Que, conforme el Tribunal Constitucional, ha estable- cido mediante sentencia de fecha 12 de setiembre del2002, en el expediente Nº 1367-01-AA/TC, “el Presidentede la República está facultado, por los artículos 167º y 168º de la Constitución Política del Perú y el artículo 53º del Decreto Legislativo Nº 745, para pasar discrecional-mente a la situación de retiro, por invitación, a los Gene-rales de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad deprocurar la renovación constante de los Cuadros de Per-sonal”; Que, dicha facultad discrecional es aplicable igualmen- te, por mandato expreso de la Ley, a los casos de pase alRetiro por Renovación de los Coroneles, Comandantes yMayores de la Policía Nacional del Perú; Que, la Comisión Especial de la Policía Nacional del Perú, designada por Resolución Suprema Nº 0965-2001- IN de fecha 3.OCT.2001, en su Informe Final aprobado mediante Resolución Suprema Nº 0200-2002-IN de fecha15.MAR.2002, reconoce que la Renovación es un instru-mento necesario de racionalización de los Cuadros dePersonal, en tanto no exista un Plan de la Carrera Policial; Que, asimismo, dentro del proceso de reestructuración y modernización de la Policía Nacional del Perú, la aplica- ción de esta Institución Jurídica resulta imprescindible paraalcanzar gradualmente una estructura piramidal; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 167º y 168º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27238,Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, y el Decreto Legislativo Nº 745, Ley de Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pasar a la Situación de Retiro por la Cau- sal de Renovación a partir de la fecha 01ENE2003, dán- doseles las gracias por los servicios prestados a la Na-ción, a: CORONELES POLICÍAS ANGELATS ZAPATA, CARLOS MAXIMO ANTICONA PANASPAICO, ALCIBIADES ARQUIMI-DESAPOLAYA FERREYRA, OSCAR ALFONSOARANIBAR SAMALVIDES, CARLOS ALBERTOAVILA AGUAYO, PABLO EMILIO