Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2002 (02/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de enero de 2002

Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, el recurrente ha optado por otorgar garantia comercial a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao hasta por tres Unidades Impositivas Tributarias (U.I.T.) debidamente inscrita en el asiento D 00001 de la partida Nº 11001239 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA - Maynas; Que, de conformidad con el Articulo 3º concordado con el Articulo 6º de la Resolucion MORDAZA indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Publicos que desean continuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actualizar la garantia constituida a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95-SUNARP, los Articulos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 131-96SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a don LENIN MORDAZA MORDAZA YDRUGO, para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel Nacional, durante el MORDAZA Semestre del ano 2001, con sujecion a las Leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion constituye el titulo respectivo al que se refiere el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Publicos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 37170

determinacion de los precios de los Servicios Colaterales que prestan a sus usuarios, acompanando la sustentacion correspondiente, la cual debia ser evaluada por el organismo regulador; Que como consecuencia de lo anterior, las Empresas Prestadoras remitieron a la SUNASS sus respectivas propuestas con informacion que reflejaba el uso de una variedad de criterios y parametros de costos para la determinacion de los precios de los servicios colaterales, pese a corresponder a similares condiciones y especificaciones tecnicas; Que a efectos de corregir la situacion indicada y lograr un mayor grado de uniformidad en el MORDAZA de determinacion de los precios de los Servicios Colaterales producidos por las Empresas Prestadoras, la SUNASS emitio la Resolucion de Consejo Directivo Nº 058-2001-SUNASSCD que aprobo el Proyecto de "Directiva sobre los Procedimientos para Determinar los Precios de los Servicios Colaterales que prestan las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento", estableciendo los rubros y parametros definitivos de costos que corresponden a cada servicio colateral, asi como los costos unitarios maximos que pueden considerarse; Que el referido Proyecto debia recoger las opiniones de los interesados en el plazo de quince (15) dias calendario posteriores a su publicacion, plazo que a la fecha ha terminado con la recepcion de las referidas opiniones; Que habiendose habiendose publicado el referido proyecto, cumplido el plazo mencionado y recibidos los comentarios de los interesados, esta Superintendencia ha evaluado las mejoras requeridas tanto en el Proyecto de Directiva como en su Exposicion de Motivos y sus correspondientes anexos; De conformidad con el Articulo 3º de la Ley Nº 27332 y el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM; De acuerdo con el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 022-2001 de fecha 17 de diciembre de 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Directiva sobre los Procedimientos para Determinar los Precios de los Servicios Colaterales que prestan las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento" y disponer su publicacion asi como de su Exposicion de Motivos en el Diario Oficial El Peruano; y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) el texto completo de la misma con su Exposicion de Motivos y Anexos. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Relaciones Institucionales la publicacion de la presente Directiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OLIVEROS MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS 1. ASPECTOS GENERALES El termino "servicios colaterales" comprende a todos aquellos servicios adicionales a la prestacion de los servicios de agua potable y alcantarillado, que por su naturaleza solo pueden ser realizados por una empresa prestadora. Bajo los alcances de dicha definicion, se pueden encontrar, entre otros, la instalacion y cierre de las conexiones domiciliarias, su respectiva reubicacion, la factibilidad de los servicios, el cierre de las conexiones, etc., es decir, servicios cuya ejecucion corresponde a la empresa prestadora, debido a su condicion de propietaria y responsable de la operacion de la infraestructura. En general, una empresa prestadora tiene derecho a percibir un monto como retribucion por la prestacion de cualquier servicio colateral. Dicho monto tomara el nombre de "precio" para distinguirlo del termino "tarifa" que se cobra por los servicios de agua potable y alcantarillado. Con la emision de la Resolucion de Superintendencia Nº 251-2000/SUNASS, el organismo regulador opto por un mecanismo que permitiria a las empresas prestadoras establecer propuestas de precios para los servicios colaterales. Sin embargo, en aplicacion de la referida MORDAZA, las

SUNASS
Aprueban Directiva sobre los Procedimientos para Determinar los Precios de los Servicios Colaterales que prestan las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento y su Exposicion de Motivos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 079-2001-SUNASS-CD MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 VISTO: El Informe Nº 284-2001-SUNASS-100 que analiza las opiniones y sugerencias de los interesados en relacion al Proyecto de "Directiva sobre los Procedimientos para Determinar los Precios de los Servicios Colaterales que prestan las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento", aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 058-2001-SUNASS-CD; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 2512000/SUNASS se aprobo la "Directiva sobre los Procedimientos para Determinar los Precios de los Servicios Colaterales de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento", MORDAZA que establecio que las empresas debian presentar a la SUNASS sus propuestas para la

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