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Pág. 215056 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de enero de 2002 el Portal Pedagógico del Plan Piloto del Proyecto de Edu- cación a Distancia del Ministerio de Educación; Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Unico Or- denado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público y Ad- judicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emer- gencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe Nº 902-2001-ME/SG-OAJ y el Memorándum Nº 982-2001-ME/SG-OAJ, a que alude el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM; Que, a través del Informe Nº 008 del 7 de diciembre de 2001, remitido a la Unidad de Abastecimiento con Me- morándum Nº 950 por el Presidente de la Comisión del Plan Piloto del Proyecto de Educación a Distancia, se precisa las razones técnicas de la necesidad de contar con el debido equipamiento informático (computadoras y accesorios), puesto que los sistemas de comunica- ción digital y de transmisión del contenido educativo a través del Portal Pedagógico posibilita la interacción li- bre de alumnos, docentes y otros participantes del pro- ceso educativo; Que, de conformidad con el Artículo 20º del Texto Uni- co Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya copia con el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República; Que, el Artículo 114º del precitado Reglamento señala que la facultad de aprobación de las exoneraciones referi- das en el segundo considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el Artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneración del proceso de selección correspondiente, para contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me- nor Cuantía el arrendamiento de los bienes antes referi- dos; Que, con Hoja de Coordinación Interna Nº 530-2001- ME/SG-OA-UP, la Unidad de Presupuesto opina favora- blemente con respecto a la disponibilidad presupuestaria que se requiere para el cumplimiento de la presente Reso- lución; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su- premos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCO- DE/PRE, aprobada por la Resolución Nº 118-2001-CON- SUCODE-PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización, a exo- nerar al Ministerio de Educación, del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva y a contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, los arren- damientos de equipos de cómputo, que serán utilizados para el Portal Pedagógico del Plan Piloto del Proyecto de Educación a Distancia del Ministerio de Educación, por la suma de S/. 23 863,14 (Veintitrés Mil Ochocientos Sesenta y Tres y 14/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Uni- dad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación de la exoneración a que se refieren los artículos precedentes, será con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financia- miento: 00; Función 09; Programa 028; Subprograma 0074; Actividad 100224; Componente 30016; Meta 00001 de la Unidad Ejecutora 026, del Pliego 010 - Ministerio de Edu- cación.Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes se rán remitidas a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguien- tes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 0009 JUSTICIA Conforman Comisión encargada de ela- borar y proponer proyecto de Ley Orgá- nica del Sector Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2002-JUS Lima, 3 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ley Nº 25993 de fecha 7 de di- ciembre de 1992 se aprobó la Ley Orgánica del Sector Jus- ticia; Que el Artículo 106º de la Constitución Política del Estado de 1993 establece que mediante leyes orgáni- cas se regulan la estructura y el funcionamiento de las entidades del Estado previstas en la Constitución, re- quiriéndose para su aprobación o modificación el voto de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso; Que resulta necesario conformar una Comisión que se encargue de elaborar y proponer un proyecto de Ley Orgá- nica del Sector Justicia, a efectos que su aprobación se ajuste a lo dispuesto en el mencionado Artículo 106º de la Constitución; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 106º y 118º de la Constitución Política del Estado y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión encargada de elaborar y proponer un proyecto de Ley Orgánica del Sec- tor Justicia. Artículo 2º.- La Comisión a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema estará integrada de la siguiente manera: - Dos representantes del Ministerio de Justicia, uno de los cuales la presidirá; - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un representante de cada uno de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector Justicia. Actuará como Secretaría Técnica de la Comisión la Di- rección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- La Comisión tendrá un plazo de 120 días contados a partir de su instalación para presentar el pro- yecto de Ley Orgánica a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 0127