Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2002 (04/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 4 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Aprueban realizacion de la Decimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida - MORDAZA XIII
DECRETO SUPREMO Nº 001-2002-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Declaracion anexa a la Constitucion Politica del Estado establece que el Peru, propicia la conservacion de la Antartida como una MORDAZA de Paz dedicada a la investigacion cientifica y la vigencia de un regimen internacional que, sin desmedro de los derechos que corresponden a la Nacion, promueva en beneficio de toda la humanidad la racional y equitativa explotacion de los recursos de la Antartida y asegure la proteccion y conservacion del ecosistema de dicho Continente; Que, la presencia del Peru en la Antartida constituye un objetivo de la Politica Exterior; Que, el Peru ha asumido un compromiso internacional en su calidad de Parte Consultiva del Tratado Antartico, de conformidad con lo expresado en la Politica Nacional Antartica aprobada por Decreto Supremo Nº 009-87/RE del 7 de octubre de 1987; Que los fenomenos que ocurren en la Antartida tienen un impacto directo en el ecosistema MORDAZA peruano y su clima; Que, conforme a los derechos y obligaciones que tiene el Peru como Parte Consultiva del Tratado Antartico, es de interes nacional la continuidad de las actividades cientificas en dicho Continente, asi como la implementacion y adecuado mantenimiento de la Estacion Cientifica Peruana "Machu Picchu"; Que la Comision Nacional de Asuntos Antarticos (CONAAN) ha aprobado la realizacion de la Decimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XIII) que debera ejecutarse entre el 10 de enero y el 10 de marzo de 2002; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la realizacion de la Decimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XIII), entre el 10 de enero y el 10 de marzo de 2002, de conformidad con el Plan de Ejecucion aprobado por la Comision Nacional de Asuntos Antarticos (CONAAN). Articulo 2º.- Encomendar al Ministerio de Defensa Ejercito Peruano, la ejecucion de la citada MORDAZA Cientifica, bajo la direccion de la Presidencia de la Comision Nacional de Asuntos Antarticos, en estrecha coordinacion con los sectores pertinentes. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos aprobados por el Decreto Supremo Nº 235-2001EF del 22 de diciembre de 2001, financiara los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El Ejercito Peruano, al ser la entidad a cargo de la ejecucion de la MORDAZA cientifica MORDAZA XIII, debera presentar a la Comision Nacional de Asuntos Antarticos (CONAAN) un informe sobre su realizacion, un informe contable y un inventario detallado de los bienes adquiridos. El Ejercito Peruano sera el encargado de almacenar, registrar y administrar el material adquirido, con el control y supervision de la citada Comision. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Pesqueria, y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de enero del ano dos mil dos.

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 0126

Nombran Embajadores del Peru en las Republicas de MORDAZA y Filipinas
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2002-RE MORDAZA, 3 de enero de 2002 De conformidad con el inciso 12 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de MORDAZA al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Yrigoyen Yrigoyen. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijado por Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 0132 RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2002-RE MORDAZA, 3 de enero de 2002 De conformidad con el inciso 12 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Filipinas al Embajador

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