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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2002 (04/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 215058 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de enero de 2002 Precisan que Agentes Titulares designa- dos mediante RR.SS. Nºs. 442, 473, 474 y 475-2001-RE, actuarán como Procuradores Públicos Ad Hoc en ges- tiones vinculadas a ejecución de sen- tencias de la CIDH RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2002-JUS Lima, 3 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 132-2001-JUS, de fecha 22 de marzo de 2001, se dispuso que en las gestiones vinculadas a procesos judiciales y administrativos relaciona- dos con la ejecución de sentencias de la Corte Interamerica- na de Derechos Humanos, la representación y defensa de los intereses del Estado, estará a cargo de los Agentes de- signados mediante Resolución Suprema Nº 062-2001-RE; Que habiéndose designado a nuevos Agentes del Es- tado Peruano en determinados casos seguidos ante la mencionada Corte, resulta necesario precisar que le son aplicables las disposiciones de la Resolución Suprema Nº 132-2001-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, y el Artículo 5º de la Ley Nº 27594; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que los Agentes Titulares desig- nados mediante Resoluciones Supremas Nºs. 442-2001- RE, 473-2001-RE, 474-2001-RE y 475-2001-RE, actuarán como Procuradores Públicos Ad Hoc en las gestiones vin- culadas a procesos judiciales y administrativos relaciona- dos con la ejecución de sentencias de la Corte Interameri- cana de Derechos Humanos, conforme a lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 132-2001-JUS. Los Agentes Titulares del Estado Peruano que sean designados con posterioridad a la vigencia de la presente Resolución, contarán con las mismas facultades a que se refiere la Resolución Suprema Nº 132-2001-RE. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 0128 Amplían plazo otorgado para la presentación de informe del Grupo de Trabajo de Coordinación Interinstitu- cional designado mediante R.S. Nº 385- 2001-JUS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2002-JUS Lima, 3 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 385-2001-JUS del 8 de setiembre de 2001, se designó un Grupo de Trabajo de Coordinación Interinstitucional encargado de proponer los instrumentos legales y de gestión que sean eficientes para la verificación rápida de la identidad del homónimo, así como prevenir la existencia de errores en la identificación de los posibles encausados en los procesos penales; Que la mencionada Resolución Suprema establece en su Artículo 3º que el Grupo de Trabajo deberá presentar un informe en el plazo de sesenta (60) días, contados a partir de su instalación;Que dada la importancia de la labor asignada, el referido Gru- po de Trabajo viene evaluando sugerencias y opiniones emitidas por diversas personas naturales e instituciones, a fin de tener una visión integral sobre la problemática generada por la homonimia en el Perú, siendo necesario ampliar el plazo previsto para la presentación del Informe por la mencionada Comisión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, y el Decreto Ley Nº 25993; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta el 30 de enero de 2002 el plazo establecido en el Artículo 3º de la Resolución Supre- ma Nº 385-2001-JUS. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 0129 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban actualización de Tablas Adua- neras aplicables a la importación de productos incluidos en el Sistema de Franja de Precios a que se refiere el D. S. Nº 115-2001-EF DECRETO SUPREMO Nº 001-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establece el Sistema de Franja de Precios como un meca- nismo de estabilización y protección que permite neutrali- zar las fluctuaciones de los precios internacionales de al- gunos productos agropecuarios incluidos en este Sistema; Que, el Sistema de Franja de Precios señala la aplicación de derechos variables adicionales y rebajas arancelarias, de- terminados en función de Tablas Aduaneras que son actualiza- das semestralmente por el Banco Central de Reserva del Perú; Que, corresponde aprobar mediante Decreto Supremo la actualización semestral de las Tablas Aduaneras para el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio del año 2002; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y el Decreto Ley Nº 25896; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la actualización de las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franja de Precios para el perío- do comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio del año 2002 de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el mismo que sustituye al Anexo VI del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Mi- nistro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de enero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ALVARO QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura