Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2002 (07/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 7 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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4.9 CONFIDENCIALIDAD Y RESGUARDO DE LEGAJOS DEL PERSONAL AERONAUTICO (a) No se permitira que ninguna persona ajena al Departamento tenga acceso a la informacion contenida en los legajos o documentos en tramite del personal aeronautico. (b) Los Inspectores de Operaciones o Aeronavegabilidad que requieran revisar la documentacion del titular o postulante a una Licencia, deberan efectuar la revision en la Oficina de Licencias, evitando con ello la movilizacion de los documentos y, siempre deberan contar con la autorizacion del Jefe del Departamento o quien haga sus veces en ausencia del titular. 4.10 LICENCIAS PROVISIONALES PARA INSTRUCCION (a) La expedicion de Licencias Provisionales para instruccion en vuelo de los tripulantes tecnicos y auxiliares que pertenezcan a un Operador Certificado bajo RAP 121 o 135, asi como de Operadores autorizados bajo RAP 91, deberan ser solicitadas por el Operador tanto para la expedicion inicial como renovacion. (b) El Departamento de Licencias debera solicitar para una MORDAZA renovacion de Licencia Provisional, los avances de instruccion del tripulante de vuelo o la explicacion de los motivos por los cuales no ha sido posible iniciar la instruccion. 4.11 LICENCIAS TEMPORALES PARA TRIPULANTES TECNICOS (a) El Departamento de Licencias coordinara con el Encargado de Programacion de Chequeos en Vuelo, la emision de las Licencias Temporales, que deberan ser entregadas al Inspector que tenga a su cargo el Chequeo en Ruta del postulante. (b) Las Licencias Temporales seran firmadas por el Inspector de Operaciones y entregada al evaluado, una vez que MORDAZA aprobado el Chequeo en Ruta para obtener la Licencia y/o Habilitacion en operaciones certificadas bajo RAP 121 y RAP 135. Esta Licencia de acuerdo a lo senalado en la RAP 61.17 tiene la validez de 30 dias contados a partir de la fecha de emision. (c) La MORDAZA de la Licencia Temporal sera entregada al Departamento de Licencias, conjuntamente con el Formato de Evaluacion del Inspector de Operaciones, para proceder a la emision de la Licencia y/o habilitacion definitiva. 4.12 TRANSFERENCIA DE DOCUMENTOS AL ARCHIVO CENTRAL DEL MTC (a) El Departamento de Licencias debera en enero de cada ano, realizar la revision y transferencia al Archivo Central del MTC de la siguiente informacion: (i) La documentacion interna que exceda los cinco anos precedentes. (ii) Los legajos de personal aeronautico que no MORDAZA ejercido actividades en los cinco anos precedentes. La informacion del titular quedara debidamente registrada en los Libros de Licencia. De iniciar actividades posteriormente, se tendra que abrir un MORDAZA legajo con la documentacion presentada a partir de la fecha de actualizacion. (b) Para la transferencia de documentos se utilizara el formato senalado en el Apendice D, de acuerdo a las normas administrativas vigentes. La solicitud de transferencia debera ser dirigida al Director de Tramite Documentario del MTC y firmada por el Director de Seguridad Aerea, con el visado del Jefe del Departamento de Licencias.

4.13 BANCO DE PREGUNTAS DE EXAMENES (a) La actualizacion del Banco de Preguntas por cada examen teorico para la expedicion o renovacion de las Licencias y Habilitaciones senaladas en las RAPs vigentes, estara a cargo de la Unidad de Instruccion de la DGAC y se realizara en forma bianual, en coordinacion con los Inspectores de Operaciones y Aeronavegabilidad especialistas en cada tema. (b) El Departamento de Licencias asignara a cada postulante el MORDAZA de examen a rendir de acuerdo a la Licencia y/o Habilitacion que solicita. (c) Las evaluaciones teoricas se rendiran bajo un sistema computarizado y la duracion de los mismos sera de dos horas (100 preguntas), con excepcion de: · Expedicion Piloto TLA · Expedicion Despachador de Vuelo · Renovaciones (50 preguntas) 2:30 horas 2:30 horas 1:00 horas

El tiempo de duracion esta previsto dentro del Sistema al momento de iniciar la evaluacion.

APENDICE A FLUJO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIA Y/O HABILITACION
POSTULANTE LICENCIAS SDO o SDA

Presenta documentos en Ventanilla de Licencias

Pre-Califica la Documentacion (Vo. Bo. Inicial)

Devuelve documentos Entrega Formato DGAC-L Emite Pre-Liquidacion

Cancela MORDAZA Ingresa solicitud por Mesa Central MTC Jefatura califica Solicitud Emite Orden de Examenes

Se programa evaluacion teorica en fecha y hora que escoge el postulante

Aprobada evaluaciones se emite Preliquidacion para chequeo practico

Se verifica el pago y se envia formato para chequeo practico

Coordina con el postulante la fecha y hora

Revision de Informe Registro en Libros Emision de Licencia

Efectua la evaluacion Remite informe a Licencias

Firma de Licencia Entrega al solicitante

Archivo de documentos en legajo personal FIN

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