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Pág. 215234 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de enero de 2002 MTC, ha emitido el Informe Nº 170-2001-MTC/15.16, se- ñalando los montos pertinentes en observancia de la Es- cala de Viáticos por Zonas Geográficas vigente; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 035-99- MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en vía de regulariza- ción, de los Inspectores de la Dirección General de Aero- náutica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, realizados en el mes de noviem- bre del 2001, a las ciudades que se indican y que ocasio- naron gastos por viáticos, conforme al siguiente detalle: Estados Unidos de América : Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ FERNÁNDEZ LAÑAS GUIDO Miami 10 al 12 540.00 CALMELL DEL SOLAR V. JAVIER Miami 3 al 5 540.00 PAZOS RAYGADA RICARDO Miami 11 al 13 540.00 DÍAZ CAFFERATA FRANCISCO Miami 20 al 22 540.00 CENTENO CHAPARRO MARIO Miami 21 al 23 540.00 CALMELL DEL SOLAR V. JAVIER Miami 24 al 26 540.00 FERNÁNDEZ LAÑAS GUIDO Miami 21 al 23 540.00 Chile: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ NEYRA LUZA EUGENIO Santiago 12 y 13 360.00 GARCÍA FRANCO AGUSTÍN Santiago 12 y 13 360.00 El Salvador: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ CÁRDENAS CHÁVEZ FILIBERTO San Salvador 12 al 18 1260.00 VILLAVERDE VILLAVERDE ANDRÉS San Salvador 12 al 18 1260.00 República Dominicana: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ SUÁREZ LLAQUE VÍCTOR Santo Domingo 19 al 21 540.00 GARAY VERA CARLOS Santo Domingo 14 al 18 900.00 Artículo 2º.- El gasto que demandó los viajes de los Inspectores a que se refiere el artículo precedente, fue con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 0247 Otorgan autorización y permiso de instalación a asociación para operar estaciones del servicio de radiodifusión educativa por televisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1070-2001-MTC/15.03 Lima, 19 de diciembre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la ASOCIACION LAS MANOS DE DIOS, para que se le otorgue autorización para instalar y operar una estación del servicio de radiodifusión educativa por televisión en la banda de UHF, en el distrito, provincia y departamento de Tacna;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del ser- vicio de radiodifusión se requiere de autorización y permi- so otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servi- cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para ins- talar en un lugar determinado equipos de radiocomunica- ción; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autori- zación para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 99º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que el servicio de radio- difusión educativa es prestado por personas jurídicas sin fines de lucro, cuya naturaleza tienen las asociaciones, for- ma jurídica adoptada por la solicitante; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme- tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 892-2001-MTC/15.19.03.2 y 963-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamen- te, señalan que la solicitud formulada por la ASOCIACION LAS MANOS DE DIOS cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referi- da Asociación la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimiento Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION LAS MANOS DE DIOS, autorización y permiso de instalación por el pla- zo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión educativa por televisión en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Tacna, de acuerdo a las siguientes características téc- nicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda V Video: 633.25 MHz Audio: 637.75 Mhz Canal :41 Indicativo :OCV-6H Potencia :Video: 1500 w. Audio: 150 w. Emisión :Video: C3F Audio: F3E