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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2002 (07/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 215243 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de enero de 2002 2. Anexo 1 de la OACI "Licencias al Personal" 3. Anexo 13 de la OACI "Investigación de Incidentes y Accidentes de Aviación". 4. Manual de Medicina Aeronáutica Civil de la OACI (Doc 8894). 5. Manual de Investigación de Accidentes de Aviación de la OACI (Doc 6920). d) Aptitudes para: 1. Comunicarse fácilmente en forma oral y escrita. 2. Trabajar en equipo. 3. Organizar planes de trabajo y supervisión a corto y mediano plazo. e) Poseer una reputación intachable de honradez y éti- ca profesional en el ámbito de medicina. 2.3 CAPACITACION DEL PERSONAL DEL DEPAR- TAMENTO. A. ADOCTRINAMIENTO INICIAL Toda persona que ingrese al Departamento de Licen- cias deberá, antes de asumir sus funciones, aprobar un Curso de Adoctrinamiento Inicial, con la finalidad de adqui- rir los conocimientos necesarios para el cumplimiento de sus deberes. El programa de este curso inicial es el siguiente: Objetivos y Organización de la Dirección de Aeronáutica Civil. 0:30 Hora Funciones del Departamento de Licencias y su vinculación con 1:00 Hora otras áreas de la DGAC. Base Legal para el otorgamiento de Licencias - Generalidades. 0:30 Hora Guía del Usuario Licencias - Capítulo I Licencias de Tripulantes e Instructores - RAP 61 y RAP 63 2:00 Horas Ejercicios y Casos Prácticos Guía del Usuario de Licencias - Capítulo II 2:00 Horas Licencias de Personal de Tierra - RAP 65 y RAP 143 Ejercicios y Casos Prácticos Guía del Usuario de Licencias - Capítulo III 2:00 Horas Habilitaciones y Autorizaciones de Tripulantes Aéreos Normas Médicas aplicables - RAP 67 Guía del Usuario de Licencias - Capítulos del IV al VIII 2:00 Horas Renovaciones, Experiencia reciente, Licencias Especiales, Paracaidistas, Información al público usuario. Reuniones Grupos de Expertos OACI - Proyecto LAR 0:30 Horas Certificación de Operadores Aéreos 1:30 Horas Procedimientos Generales - Guía del Usuario Centros de Instrucción autorizados (RAP 141, 143 y 147) 1:00 Horas Funciones del Inspector de Operaciones : Avión 1:00 Horas Helicóptero 1:00 Horas Funciones del Inspector de Aeronavegabilidad 1:30 Horas Talleres de Mantenimiento 1:00 Horas Sistemas de Control Tránsito Aéreo 1:30 Horas Total de horas 18 horas El Inspector Médico Aeronáutico realizará el Adoctrina- mento dentro del Programa para Inspectores. B. CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PERSO- NAL DEL DEPARTAMENTO Considerando que dentro de los estándares internacio- nales es importante que toda Autoridad Aeronáutica man- tenga un programa de instrucción y actualización para el personal que ejerce funciones en las áreas a su cargo y siendo el Departamento de Licencias un área vital dentro de la organización por ser el responsable del proceso ad- ministrativo que conlleva a la expedición de Licencias, se ha establecido lo siguiente: a) El Jefe del Departamento deberá asistir por lo me- nos anualmente durante 1 ó 2 semanas como mínimo a cursos de actualización sobre Licencias de Personal Ae-ronáutico, organizados por la DGAC, OACI u otras Auto- ridades Aeronáuticas Extranjeras. Asimismo, para com- plementar los conocimientos propios de su gestión, es conveniente que asista a Cursos Básicos en Seguridad Operacional. b) El personal administrativo y técnico deberá recibir por lo menos anualmente un Refresco de los principales puntos del Adoctrinamiento Inicial, que le permita mante- nerse actualizado de los requisitos para la expedición de Licencias y Habilitaciones, así como de las variaciones a las regulaciones que puede suscitarse y otros temas de interés vinculados al ámbito de su labor. Igualmente, se programará su participación en los Cursos Internacionales de Licencias que organice la OACI con Autoridades Aero- náuticas. c) El Inspector Médico Aeronáutico deberá: (i) Asistir anualmente a Cursos de Especialización a nivel nacional o en el extranjero, vinculados a medicina aeronáutica, factores humanos e investigación de acciden- tes de aviación. (ii) Adquirir conocimientos prácticos y experiencia con respecto a las condiciones en las cuales los titula- res de licencias y habilitaciones desempeñan sus fun- ciones, lo cual constituye un método eficaz para com- prender las exigencias fisiológicas y psicológicas que su labor y obligaciones imponen en la práctica al titular de la licencia. (iii) Como parte de la experiencia señalada en (ii), un mínimo de 10 horas anuales en la cabina de mando y de pasajeros de aeronaves dedicadas a operaciones comer- ciales y, en el lugar destinado a los Controladores de Trán- sito Aéreo. CAPITULO III ORGANIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE LICENCIAS 3.1. ESTRUCTURA ORGÁN ICA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AÉREAAERONÁUTICA CIVILDIRECCIÓN GENERAL DE DPTO. LICENCIAS JEFE DEPARTAMENTO ASISTENTE TECNICO ASISTENTE ADMINISTRATIVO SECRETARIA TÉCNICO INFORMÁTICA ANALISTA DE EVALUACIONES ASISTENTE VENTANILLA 1ASISTENTE VENTANILLA 2AUXILIAR ADMINISTRATIVOINSPECTOR MÉDICO AERONÁUTICO