TEXTO PAGINA: 4
Pág. 215226 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de enero de 2002 ca (blanco y negro) asciende a la suma de CUARENTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42,000.00), in- cluido el IGV; Que, mediante Informe de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca Nº 019-2001-IGN/OAL de fecha 28 de diciembre del 2001, señala que desde el punto de vista legal es procedente exo- nerar del proceso de Adjudicación Directa a la adquisición de imágenes satelitales en un área de 12,000 km2 en forma pancreomática (blanco y negro) a la empresa SPOT IMAGE S.A.; por cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 20º del Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM esta- blece que las contrataciones o adquisiciones producto de la exoneración a que se refiere el Art. 19º se realizarán mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía y se aprobará mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27292, Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM, Dec. Sup. Nº 013-2001-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Supre- ma Nº 950-DE/EP/CP-JAPE del 28 de diciembre del 2000; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direc- ción General de Area Técnica, Unidad de Logística, Ofici- na General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de Adjudicación Directa Selectiva a la adquisición de imágenes satelitales en un área de 12,000 km2 en forma pancreomática (blanco y negro) a la empresa SPOT IMAGE S.A.; autorizando efectuar la misma mediante el procedimiento de Adjudicación de Me- nor Cuantía hasta por un valor de CUARENTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42,000.00), incluido el IGV. Artículo Segundo.- La Adquisición a que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución se realizará con cargo a Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, provenientes de la Unidad Ejecutora Institu- to Geográfico Nacional - IGN. Artículo Tercero.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES de su emisión. Artículo Cuarto.- La Adquisición que se efectúa en vir- tud de la autorización otorgada por la presente resolución, se regulará por las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", su Reglamento el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y nor- mas complementarias. Regístrese, publíquese y archívese. EMILIO GUSTAVO BOBBIO ROSAS Jefe del IGN Instituto Geográfico Nacional 0229 Autorizan adquisición de estación de trabajo y actualización de software me- diante procedimiento de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 034-2001-IGN/J Surquillo, 28 de diciembre del 2001 VISTO: El Informe Técnico Nº 016-IGN/DGAT de fecha 13 de diciembre del 2001 emitido por la Dirección General de Area Técnica; el Informe Nº 002-IGN/COMITÉ ESPE- CIAL PERMANENTE de fecha 13 de diciembre del 2001 emitido por el Comité Especial Permanente del IGN y el Informe Nº 020-2001-IGN/OAL de fecha 28 de diciembre del 2001, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Area Técnica del IGN, mediante Informe Técnico Nº 016-IGN/DGAT del 13 de di- ciembre del año en curso, informa que el IGN en 1998 ad-quirió una Estación Fotogramétrica Digital LHSystems-LEI- CA compuesta de Hardware y el Software Standard, que incluye un determinado número de módulos o programas, faltando el resto de módulos para materializar todas las aplicaciones fotogramétricas para proyectos importantes; Que, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Esta- do contempla los principios que regulan el procedimiento a seguir para las contrataciones y adquisiciones requeridas que permitan el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan de Trabajo Anual de la Dirección General de Area Técnica del Instituto Geográfico Nacional; por lo que el mar- co legal aplicable para la adquisición de la Estación Total requerida resulta ser el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias y modificatorias; Que, el Inc. f) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2000-PCM, establece que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, las adquisiciones y contrataciones que se reali- cen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Art. 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM señala que las resoluciones que aprueban la exoneración de los Procesos de Selección al amparo de las causales conte- nidas en el Art. 19º del Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM, requie- ren de un informe técnico-legal previo emitido por las áreas técnicas y de asesoría jurídica de la Entidad; dicho informe contendrá la justificación técnica y legal de la contratación o adquisición, de la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía tales como costo y producción; Que, la Dirección General de Area Técnica del IGN, mediante Informe Técnico Nº 016-IGN/DGAT del 13 de di- ciembre del año en curso, da cuenta que la Estación Foto- gramétrica Digital LHSystems-LEICA compuesta de Hard- ware y el Software Standard, incluye un determinado nú- mero de módulos o programas, faltando el resto de módu- los para materializar todas las aplicaciones fotogramétri- cas para proyectos importantes; y con la finalidad de incre- mentar la producción con mayor número de aplicaciones, mejor precisión y velocidad, recomienda la adquisición de otra Estación cuyas condiciones son: Actualización del Software, Instalación de las dos (2) Estaciones en Red (in- terconectadas) y complementar la nueva Estación con otros módulos que permitan realizar otras aplicaciones; Que, el Comité Especial Permanente del Instituto Geo- gráfico Nacional, mediante Informe Nº 002-IGN/COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE de fecha 13 de diciembre del 2001, emite el informe técnico respecto de la adquisición de Una Estación de Trabajo y la Actualización del Software, señalando que como resultado del estudio de mercado se ha determinado que la empresa QUÍMICA SUIZA S.A. es la única en el Perú que distribuye el requerimiento efectuado por la Dirección General de Area Técnica del IGN (Direc- ción de Cartografía); considerando entonces que el produc- to objeto de la adquisición no admite sustituto, resulta desde el punto de vista técnico-económico y de la oportunidad, que la adquisición vía proceso de exoneración se encuentra jus- tificada, además que es técnica y legalmente viable; Que, asimismo, señala que de acuerdo al considerando precedente, según la cotización presentada por la firma QUÍ- MICA SUIZA S.A., la venta del Estación Total de Trabajo y la Actualización del Software Socet Set, asciende al monto de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CON 00/100 Nuevos Soles (S/. 136,000.00) y OCHENTISEIS MIL NOVECIENTOS SE- TENTICINCO CON 00/100 Nuevos Soles (S/. 86,975.00), respectivamente; Que, mediante Informe Nº 020-2001-IGN/OAL de fecha 28 de diciembre del 2001, la Oficina de Asesoría Legal seña- la que el Informe Técnico Nº 016-IGN/DAGT del 13.DIC.01 emitido por la Dirección General de Area Técnica y el Informe Nº 002-IGN/COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE del 13.DIC.01 emitido por el Comité Especial Permanente del IGN, detallan y demuestran que se justifica la exoneración de pro- ceso de Adjudicación Directa Publica en la adquisición de Una Estación de Trabajo y la Actualización del Software, con- forme las características señaladas, por cumplir con los re- quisitos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; Que, el Art. 20º del Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM estable- ce que las contrataciones o adquisiciones producto de la exo- neración a que se refiere el Art. 19º se realizarán mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía y se aprobará mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad;