Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2002 (07/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de enero de 2002

JUSTICIA
Autorizan a asociaciones el funcionamiento de centros de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 400-2001-JUS MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18776-2001, de fecha 17 de agosto del 2001, de la ASOCIACION CIVIL GESTO DE PAZ; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACION CIVIL GESTO DE PAZ, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado "CENTRO DE CONCILIACION GESTO DE PAZ", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 7 de noviembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1656-2001-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la ASOCIACION CIVIL GESTO DE PAZ; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 0192001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la ASOCIACION CIVIL GESTO DE PAZ, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion, denominado "CENTRO DE CONCILIACION GESTO DE PAZ", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion Extrajudicial y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 0189 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 401-2001-JUS MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 26423-2001, de fecha 25 de octubre de 2001, del CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA, DESARROLLO Y BIENESTAR;

CONSIDERANDO: Que el CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA, DESARROLLO Y BIENESTAR, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION JDB, con sede en la Provincia Constitucional del Callao; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 12 de noviembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1966-2001-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA, DESARROLLO Y BIENESTAR; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA, DESARROLLO Y BIENESTAR, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION JDB, con sede en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 0190 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 402-2001-JUS MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 16303-2001, de fecha 19 de MORDAZA del 2001, del CENTRO DE CONCILIACION E.M.P.; CONSIDERANDO: Que el CENTRO DE CONCILIACION E.M.P., es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado "CENTRO DE CONCILIACION E.M.P.", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 7 de noviembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo

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