Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2002 (07/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 7 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1657-2001-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO DE CONCILIACION E.M.P; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO DE CONCILIACION E.M.P., el funcionamiento de su Centro de Conciliacion, denominado CENTRO DE CONCILIACION E.M.P., con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion Extrajudicial y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 0191

recurso merluza en particular, mediante Resolucion Ministerial Nº 374-2001-PE del 31 de octubre de 2001 se constituyo la Comision encargada de revisar, analizar y evaluar dicho Reglamento; Que el Articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial establecio que la Comision debia presentar su Informe Final al Despacho Ministerial, conteniendo sus recomendaciones y propuestas, en un plazo de 60 dias calendario; Que dada la complejidad de los temas a ser tratados por la Comision, de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la misma, resulta conveniente ampliar dicho plazo por sesenta (60) dias calendario adicionales; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar por sesenta (60) dias calendario contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo establecido en el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 374-2001-PE, el plazo otorgado a la Comision encargada de revisar, analizar y evaluar el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE, para la MORDAZA de su Informe Final al Despacho Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 0203

PESQUERIA
Amplian plazo otorgado a Comision encargada de revisar el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza para la MORDAZA de Informe Final
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 442-2001-PE MORDAZA, 28 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que con el fin de realizar un adecuado MORDAZA de revision, analisis y evaluacion del contenido del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE, dado el caracter dinamico de la pesqueria en general y el permanente cambio de escenario de la pesqueria del

Amplian plazo otorgado a la Comision encargada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia de las actividades pesqueras para presentar Informe Final
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 443-2001-PE MORDAZA, 28 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 259-2001-PE del 17 de MORDAZA de 2001, se constituyo la Comision encargada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia de las actividades pesqueras y formular recomendaciones destinadas a fortalecer y optimizar dicho sistema; Que en el MORDAZA de una politica participativa en el Sector se amplio el numero de los integrantes de la Comision mediante Resolucion Ministerial Nº 369-2001-PE, del 26 de octubre de 2001, en cuyo Articulo 3º se establecio, ademas, un plazo de 60 dias calendario para que la Comision presente su Informe Final al Despacho Ministerial;

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