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Pág. 215638 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de enero de 2002 b) el Gobierno de la República del Perú confía la realiza- ción del proyecto al Instituto Nacional de Desarrollo (INADE); c) los organismos encargados conforme a las letras a y b fijarán conjuntamente, en un plan operativo o de otra manera adecuada, los detalles de la realización del proyecto y, en caso necesario, adaptarán dicho plan al desarrollo del proyecto. 12. En caso de que el presente proyecto no se realice o sólo se realice en parte, podrá ser reemplazado por otro si ambos Gobiernos así lo convienen. 13. Por lo demás, también se aplicarán al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Conve- nio sobre Cooperación Técnica del 6 de junio de 1974. 14. El presente Acuerdo se concierta en alemán y es- pañol, siendo ambos textos igualmente auténticos. En caso de que el Gobierno de la República del Perú se declare conforme con las propuestas contenidas en los pá- rrafos 1 a 14, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta." Además, tengo el honor de confirmar a nombre del Go- bierno de la República del Perú los términos de la Nota an- tes transcrita y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente constituyen un Acuerdo entre los dos Gobier- nos, el cual entrará en vigor en la fecha de la presente Nota. Hago propicia la oportunidad para extender a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. DIEGO GARCÍA SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores EL EMBAJADOR DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Lima, 21 de noviembre del 2001 Excmo. Señor Dr. Diego Garcia Sayan Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú Lima Señor Ministro: Con referencia al resultado de las negociaciones inter- gubernamentales germano-peruanas mantenidas los días 5 y 6 de octubre de 1999 y en cumplimiento del Convenio Básico sobre Cooperación Técnica concertado entre nues- tros dos Gobiernos el 6 de junio de 1974, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo so- bre la realización del proyecto "Desarrollo Integral Alto Mayo": 1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú seguirán fomentando conjuntamente el proyecto "Desarrollo Integral Alto Mayo". 2. El objetivo del proyecto consiste en lograr que los gru- pos objetivo y sus organizaciones, así como las instituciones estatales y no estatales, cooperen coordinada y exitosamen- te en el área del proyecto con vistas a la aplicación de estra- tegias destinadas a aprovechar de forma racional y sosteni- ble los recursos naturales del agua, el suelo y los bosques. 3. Aportaciones del Gobierno de la República Federal de Alemania: a) Enviará o pondrá a disposición in situ - un experto internacional en misión a largo plazo espe- cializado en sistemas de riego en calidad de jefe de equipo o interlocutor, por un período de hasta 36 meses/experto, - un experto internacional en misión a largo plazo espe- cializado en desarrollo organizativo y producción agrope- cuaria, por un período de hasta 12 meses/experto, - un experto regional en misión a largo plazo especia- lizado en producción agropecuaria sostenible y extensión, por un período de hasta 24 meses/experto, - personal local para tareas administrativas generales, por un período de hasta 108 meses/experto, - expertos internacionales, locales y regionales en mi- sión a corto plazo para diferentes áreas, por un total de hasta 46,5 meses/experto (de los que cuatro meses co- rresponderán a un coordinador de programa para el pro- grama "Desarrollo rural", aún pendiente), - asistentes de proyecto/oyentes, los cuales trabajarán en el proyecto a efectos de su formación y perfecciona-miento y asumirán tareas especiales dentro del mismo, por un período de hasta 24 meses/experto; b) suministrará bienes materiales, en particular - un vehículo, - repuestos, - ayudas de equipamiento, literatura técnica y medios auxiliares para la extensión, - material y aparatos de oficina (equipo informático), - materiales para seminarios y trabajos de campo, por un valor total de hasta 418.000,--DM (en letras: cua- trocientos dieciocho mil Deutsche Mark); c) costeará los gastos de - alojamiento de los expertos enviados y de sus fami- liares, en tanto estos gastos no corran a cargo de los ex- pertos mismos, - los viajes de servicio de los expertos enviados y con- tratados in situ, dentro y fuera de la República del Perú, - transporte y seguro del material mencionado en la letra b hasta el lugar del proyecto; se exceptúan los gravámenes y costos de almacenaje y los demás servicios relacionados con los trámites portuarios y aeroportuarios a que se refie- ren los párrafos 5 y 6, así como las tasas aduaneras, - operación y mantenimiento de los vehículos y apara- tos utilizados por los expertos puestos a disposición por la parte alemana; d) está dispuesto a perfeccionar, fuera del proyecto, a homólogos por un valor de hasta 93.000,--DM (en letras: noventa y tres mil Deutsche Mark). 4. Aportaciones del Gobierno de la República del Perú: a) Pondrá a disposición el personal técnico y auxiliar necesario para la coordinación del proyecto, así como los locales de oficina que se requieran; b) prestará apoyo logístico y organizativo para la reali- zación de actividades técnicas y cursos de perfeccio- namiento, eximirá de servicio a expertos idóneos para su participación en las actividades de perfeccionamiento y seguirá abonándoles en el ínterin sus emolumentos; c) coordinará el proyecto con otras instituciones rele- vantes a efectos de su ejecución, especialmente con otros ministerios, administraciones regionales y otros donantes; d) asegurará que se hagan efectivas las aportaciones ne- cesarias para la realización del proyecto en tanto no sean asu- midas por el Gobierno de la República Federal de Alemania de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo; e) costeará los gastos de operación y mantenimiento del proyecto, en tanto estos gastos no sean asumidos por el Gobierno de la República Federal de Alemania de con- formidad con lo establecido en el presente Acuerdo; f) asegurará una planificación presupuestaria propia y diferenciada para garantizar la ejecución ininterrumpida del proyecto; g) concederá a los expertos enviados todo tipo de apo- yo en la realización de las tareas a ellos confiadas y pon- drá a su disposición toda la documentación necesaria; h) cuidará de que el material suministrado pase aduana sin demora. 5. La entidad responsable de la realización del proyecto a que se refiere el párrafo 11, letra b, asumirá el pago de los derechos relativos a las prestaciones realizadas por la Cor- poración Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC S.A.) y la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU S.A.), incluyendo los derechos de almacenaje y otros servicios relacionados con los trámites portuarios y aeroportuarios. 6. El material mencionado estará exento de derechos aduaneros. 7. El material importado en el marco del proyecto y la entrega del mismo estarán exentos de los impuestos sobre el valor añadido y el consumo. 8. El impuesto sobre el valor añadido y los arbitrios con que se graven los bienes y servicios adquiridos localmen- te se reembolsarán a instancia del organismo ejecutor. 9. Los expertos enviados y contratados in situ asesora- rán y asistirán a la contraparte en las siguientes tareas: - fortalecer la capacidad de las organizaciones de riego de administrar de forma sostenible y autónoma el riego, - consolidar una oferta de servicios de buena calidad orientada hacia la demanda en el sector del cultivo integra- do de arroz y el aprovechamiento de posibles cultivos agro- silviculturales complementarios,