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Pág. 215682 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de enero de 2002 Que la realización de este viaje responde al interés nacional de mantener en un alto nivel y fortalecer las rela- ciones entre el Perú y Cuba, en aplicación de la nueva po- lítica exterior del Perú con América Central y el Caribe; Que es necesario nombrar a la delegación oficial que acompañará al señor Ministro en su Vista Oficial a la Re- pública de Cuba en representación del Estado Peruano; De conformidad con el literal b) del Artículo 12º del De- creto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; literales a) y m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar la delegación oficial que acompañará al señor Ministro de Relaciones Exteriores en su Visita Oficial a Cuba, del 17 al 20 de enero de 2002, la cual estará conformada por las siguientes personas: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Manuel Rodríguez Cuadros, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores; - Doctor Eduardo Schiantarelli Sormani, Presidente Eje- cutivo del Instituto Peruano del Deporte; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Benjamín Chimoy Arteaga; y - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Katia Mercedes Angeles Vargas. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de las respectivas instituciones a las que pertenecen los funcionarios mencionados. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 0821 SALUD Disponen que diversos hospitales e Ins- titutos Especializados del Sector Salud brinden atención médica a personas afectadas por incendio ocurrido el 29 de diciembre de 2001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2002-SA/DM Lima, 9 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º de la Constitución Política del Esta- do señala que la defensa de la persona humana y el respe- to de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; precisándose de igual forma en su Artículo 7º que todos tienen derecho a la protección de su salud; Que, el Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley Gene- ral de Salud señala en su Artículo 2º que la protección de la salud es de interés público, siendo de responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, concibiéndose para ello la provisión de los servicios de salud como de interés público; Que, el Artículo VIII del Título Preliminar a que se con- trae el considerando anterior precisa que el financiamiento del Estado se orienta preferentemente a las acciones de salud pública y a subsidiar total o parcialmente la atención médica a las poblaciones de menores recursos que no gocen de la cobertura de otro régimen de prestaciones de salud, público o privado; Que, tal como se precisa en el primer considerando del Decreto de Urgencia Nº 141-2001, con fecha 29 de diciem-bre del año 2001 se produjo un lamentable incendio en las esquinas de las calles Cuzco y Andahuaylas, en el Centro de Lima, aparentemente por una indebida manipulación de artefactos pirotécnicos; Que, como resultado del referido incendio, numerosas personas entre niños, jóvenes, adultos y personas mayo- res de edad han resultado con quemaduras de diversos grados, por lo que dentro de dicho contexto resulta nece- sario adoptar de manera urgente las acciones médicas res- pectivas para brindar el oportuno tratamiento que las mis- mas requieren a través de los Hospitales y/o Institutos Es- pecializados integrantes del Sector Salud; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, el Decreto Legislativo Nº 584, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que los diversos Hospitales y/o Institutos Especializados del Sector Salud brinden la respectiva atención médica a las personas que como con- secuencia de los hechos acontecidos el 29 de diciembre de 2001 resultaron heridas, hasta que logren restablecer su salud. Artículo 2º.- Precísese que las personas a que se con- trae el artículo anterior se encontrarán exentas de todo pago por concepto de consultas, exámenes, hospitalización y/o medicina que requieran para su tratamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 0825 PODER JUDICIAL Aceptan adjudicación de bienes a favor de la Corte Superior de Justicia de Ma- dre de Dios RESOLUCI ÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 797-2001-GG-PJ Lima, 19 de diciembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 885-2001-AJ-GG/PJ remitido por la Aseso- ría Jurídica elevando el Informe Nº 532-2001-OSFLI CP-SL- GAF-GG-PJ presentado por la Oficina de Saneamiento Fí- sico Legal y Control Patrimonial, recomendando la acepta- ción de la donación de bienes muebles a favor del Poder Judicial – Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; CONSIDERANDO: Que, la Intendencia de Aduanas de Puerto Maldonado de la Superintendencia Nacional de Aduanas por Resolu- ción de Intendencia N° 000152-2001, de fecha 30 de no- viembre del 2001, adjudicó a favor del Poder Judicial diver- sos bienes depositados en su almacén, valorizados en $ 2,776.30 (DOS MIL SETECIENTOS SETENTISEIS CON 30/100 DOLARES AMERICANOS), cuyo detalle en los Anexos Nºs. 01 y 02 forma parte de la presente Resolu- ción; Que, conforme a lo establecido por el Artículo 172° del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Fiscal" ” aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, la aceptación de donación de bienes muebles, debe ser aprobada mediante Resolución emitida por el titular de la entidad donataria; y De conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 76° inciso 4) del “Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial”; aprobado por el Decreto Su- premo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley N° 27465 y estando a las facultades delegadas a esta Gerencia Gene- ral por la Resolución Administrativa de la Presidencia del