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Pág. 215666 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de enero de 2002 b. Representación de la titularidad de los BONOS SOBERANOS y forma en que se efectuará su transfe- rencia Los BONOS SOBERANOS serán nominativos, indivi- sibles, libremente negociados y estarán representados por anotaciones en cuenta mediante el registro contable en CAVALI I.C.L.V. S.A. (CAVALI). En tal sentido, no se impri- mirán títulos físicos. c. Valor nominal Los BONOS SOBERANOS tendrán un valor nominal de S/. 1 000,00 (mil y 00/100 Nuevos Soles) cada uno y serán emitidos en múltiplos de S/. 1 000,00. d. Número de BONOS SOBERANOS a emitir El número de BONOS SOBERANOS será hasta 1 800 000 (un millón ochocientos mil) Bonos. e. Fecha de emisión y de colocación de los bonos por cada Tramo Las fechas en que se colocarán y emitirán los BONOS SOBERANOS serán determinadas por la Unidad Respon- sable e informadas en la Resolución Directoral respectiva y en el Aviso de Oferta. f. Plazo de vencimiento Los plazos de vencimiento (vigencia) de los BONOS SOBERANOS serán determinados por la Unidad Respon- sable a través de la respectiva Resolución Directoral y en el Aviso de Oferta. g. Precio de Colocación Los BONOS SOBERANOS podrán ser colocados a la par, sobre la par o bajo la par. h. Redención Al vencimiento se cancelará el íntegro del principal. En caso la fecha de vencimiento no sea un día hábil, el pago se efectuará el primer día hábil siguiente sin que los titula- res de los BONOS SOBERANOS tengan derecho a perci- bir intereses por dicho diferimiento. i. Cupón Los cupones serán pagados semestralmente. En caso la fecha de vencimiento no sea un día hábil, el pago se efectuará el primer día hábil siguiente sin que los titulares de los BONOS SOBERANOS tengan derecho a percibir intereses por dicho diferimiento. j. Pago del principal y de los cupones Las fechas de pago del principal y de los cupones se- rán determinadas por la Unidad Responsable y serán pa- gadas de acuerdo al Cronograma de Pago establecido por ésta en la Resolución Directoral respectiva. El pago del principal y de los cupones se realizará en Nuevos Soles a través de CAVALI, exclusivamente con los fondos proporcionados por el Emisor. No existe obligación de CAVALI de efectuar pago algu- no con sus propios recursos. CAVALI no asumirá respon- sabilidad alguna en caso que, no obstante su requerimien- to, el Emisor no cumpla con poner los fondos necesarios a su disposición en las fechas que correspondan conforme al Cronograma de pago establecido en la Resolución Di- rectoral de la DGCP. Tendrán derecho a recibir el principal y los cupones los adquirientes cuyas operaciones hayan sido negociadas a más tardar 48 horas antes de la fecha de pago y liquidadas a más tardar 24 horas antes de la fecha de pago. k. Cronograma de Pago El Cronograma de Pago del principal y de los cupones por cada Tramo será especificado por Resolución Directo- ral de la DGCP, según las condiciones fijadas en los párra- fos precedentes.l. Tasa de interés Los BONOS SOBERANOS devengarán una tasa de interés fija que se determine de acuerdo al mercado. La tasa de interés aplicable será nominal anual y se calculará sobre la base de un año de 360 días, debiendo aplicarse sobre el valor nominal de los BONOS SOBERA- NOS. Los intereses comenzarán a devengarse a partir del día siguiente a la Fecha de Emisión y hasta la Fecha de Vencimiento, incluida ésta, y se calcularán de la siguiente manera: niVN ID ×= Donde: ID:Es el interés devengado por cada Bono y que co- rresponderá pagar en cada fecha de pago de cu- pón. VN:Es el Valor Nominal del Bono. i:Es la tasa de interés nominal anual resultante del procedimiento de colocación. n:Es el número de pago de cupones que El Emisor realizará en cada año de vigencia de la emisión. Siguiendo los criterios de estandarización detallados en la Resolución CONASEV Nº 016-2000-EF/94.10 para el cómputo de los intereses corridos se aplicará el criterio de “Intereses Vencidos”, es decir el computo del primer pago excluirá la Fecha de Emisión e incluirá a la fecha de venci- miento. Asimismo, para los sucesivos pagos de intereses, el cómputo excluirá la fecha de vencimiento del cupón an- terior e incluirá la correspondiente fecha de vencimiento. Para el cálculo de los intereses corridos se prorrateará el pago calculado conforme a la regla anunciada entre el número de días calendario del período, es decir, los intere- ses corridos por cada día calendario efectivamente trans- currido, equivalen a la razón que resulta de dividir el cupón que corresponde pagar en un período determinado, dividi- do entre el número de días efectivos de dicho período. m. Tasa por Mora La tasa de interés moratorio será la tasa legal vigente y se aplicará automáticamente luego de vencido el respecti- vo plazo de pago de los cupones y/o del principal de los BONOS SOBERANOS, al no haber sido cancelados se- gún corresponda. El cálculo de este interés se aplicará por cada día que se mantenga el incumplimiento. n. Variable a subastar Esta podrá ser el precio o la tasa de interés. o. Tratamiento tributario El Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF (del 14 de abril de 1999), establece en el inciso h) del Artículo 19º que están exonerados del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre del 2002, los intereses y demás ganan- cias provenientes de créditos concedidos al Sector Públi- co Nacional, salvo los originados por los depósitos de en- caje que realicen las instituciones de crédito. En general, el tratamiento tributario aplicable a los inte- reses y demás ganancias provenientes de los BONOS SOBERANOS se regirá por las normas legales vigentes. Se recomienda que cada tenedor de los BONOS SOBE- RANOS consulte con su propio asesor tributario respecto de las consecuencias tributarias con relación a la emisión de los referidos Bonos. p. Opción de Rescate No existirá opción de Rescate. q. Anuncio de Oferta El Anuncio de Oferta se realizará mediante el anuncio de la subasta en el Diario Oficial El Peruano y otros medios dis- ponibles que se estimen necesarios. El anuncio incluirá el monto de los BONOS SOBERANOS a subastar, el plazo, la modalidad de la subasta, la fecha de la emisión y de venci-