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Pág. 216466 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de enero de 2002 Artículo Segundo.- Autorizar a Miguel Revilla Alfaro y/o su apoderada Catalina Marleni Revilla Rosas de Samar, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) me- ses las obras de Habilitación Urbana cuyos Proyectos se aprueban y las que corresponden a los proyectos de las redes de servicios, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por los entes oficiales, tenien- do en cuenta lo siguiente : • DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Areas que se aprue- ba es el siguiente : Area Bruta Total 15,600.00 m² Area Util de Vivienda 9,639.71 m² Area de Vías 4,970.29 m² Aporte Parques y Jardines 6.35% 990.00 m² Déficit redimirá en dinero Aporte Ministerio de Educación 2% 312.00 m² Redimir en dinero El déficit del Aporte para Parques y Jardines Públicos de 258.00 m² y para el Ministerio de Educación de 312.00 m² los redimirá en dinero. • PAVIMENTOS.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes : Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifican- do y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., me- diante la adición de material granular, mezclándose con rie- gos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de hume- dad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad Proctor Modificado de Laboratorio para índice C.B.R. míni- mo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, com- pactado, provenientes de cantera seleccionada, que con- tenga proporciones adecuadas de materia grueso con diámetros máximo de 1½”, finos y ligantes, en proporcio- nes adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un ín- dice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el con- veniente bombeo del centro a los extremos, cuidando man- tener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c = 175 kg/ cm² de 0.10 m., de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m., y el acabado será con mezcla cemento - arena fina, en proporción 1:2 de un (1) centímetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nan- do y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calza- das, se construirán sardineles de concreto de c alidad f’c = 175 kg/cm², y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de con- creto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensio- nes 0.15 x 0.30 m. RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DIS- CAPACIDAD.- En los lugares señalados en el plano de Trazado y Lotización, se construirán rampas en las ber- mas, que conectarán los niveles superiores de las ace- ras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE - U.190 “ADECUACION URBANÍS- TICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aproba- da por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001. OBRAS SANITARIAS.- Serán ejecutadas de conformi- dad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL.ELECTRICIDAD.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesio- naria LUZ DEL SUR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. INSTALACIONES TELEFÓNICAS.- Para las instalacio- nes telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Ge- rencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., para la instalación de ductos y cámaras y la re- serva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la inscripción provisio- nal individualizada de los lotes de la presente Habilitación Urbana, de conformidad con el Plano de Lotización señala- do en el Artículo Primero de la presente Resolución. Del Area Bruta Total de 15,600.00 m² corresponde a Area Util de Vivienda 9,639.71 m² que se distribuye de la forma siguiente: MANZANA Nº DE LOTES NUMERACIÓN AREA (m²) A 9 1 al 9 1,083.43 B 10 1 al 10 990.00 C 10 1 al 10 990.00 D 10 1 al 10 990.00 E 9 1 al 9 977.74 F 21 1 al 21 2,203.82 G 23 1 al 23 2,404.72 TOTAL 92 ------- 9,639.71 Artículo Cuarto.- DISPONER quede como carga ins- crita en el Registro de la Propiedad de Inmueble de Lima la obligación de los propietarios de cancelar el déficit de Apor- tes para Parques y Jardines Públicos y para el Ministerio de Educación, que serán redimidos en dinero, antes de la recepción de Obras y en consecuencia queda como garan- tía los Lotes Nº 1, 2, 3 y 4 de la Mz. “A”. En cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por De- creto Supremo Nº 011-98-MTC, Artículo 29º, el déficit de Aporte para Parques y Jardines Públicos de 258.00 m² se- rán redimidos en la Municipalidad de Santiago de Surco; y para el Ministerio de Educación de 312.00 m² en dicho Mi- nisterio. Artículo Quinto.- CONSIDERAR con Construcción Si- multánea el proceso de la Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, el área útil de 9.639.71 m² ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de conformidad con la autorización conferida mediante el Acuerdo Nº 01 tomado en Sesión Nº 16-2001 de fecha 4.12.2001 de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de Santiago de Surco, debiendo gestionar ante esta Municipalidad la respectiva Licencia de Obra de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 008-2000-MTC. Artículo Sexto.- DISPONER que el propietario de la Habilitación deberá recurrir a la Municipalidad de Santiago de Surco para la Aprobación de los Proyectos de Edifica- ción y el otorgamiento de la Licencia de Obra correspon- diente y que las edificaciones en virtud de esta autoriza- ción no podrán ser habitadas, sin contar con los Certifica- dos de Conformidad de Obra respectivos en concordancia con el Artículo II-X-4 del Reglamento Nacional de Cons- trucciones. Artículo Sétimo.- DISPONER que Miguel Revilla Al- faro o su apoderada, efectúe la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 5 días útiles contados a partir del día siguiente de notificada, sufragando los gastos que irrogue la mis- ma. Artículo Octavo.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolita- na de Lima, para su ratificación de acuerdo a Ley. Artículo Noveno.- ENCARGAR el cumplimiento de los artículos precedentes a la Dirección de Desarrollo Urbano, a través de la Subdirección de Obras Privadas Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 1929