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Pág. 216453 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de enero de 2002 ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORÍA DEL PUEBLO Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presu- puestal 2002 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 001-2002/DP Lima, 15 de enero de 2002 Vistos; el Memorando Nº 019-A-2002-DP/OAF y el pro- yecto del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad para el año 2002; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estado se dio la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante la Reso- lución Defensorial Nº 12-2001/DP su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 123-2001- DP se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2002 del Pliego 020 Defen- soría del Pueblo; Que, el Artículo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con el Artículo 7º de su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, establece que el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones será aprobado por el Titular del Plie- go o por la Máxima Autoridad Administrativa, según corres- ponda, dentro de los treinta días naturales siguientes de apro- bado el presupuesto institucional, en concordancia con el monto asignado conforme a las leyes presupuestales de la República, para el ejercicio anual a ejecutarse; Que, el numeral 3 del Artículo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado dispone que el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones para el año 2002 deberá conso- lidar como mínimo la información de las Licitaciones Públi- cas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas que se realizan en el ejercicio presupuestal; Que, el numeral 4 del Artículo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones para el año 2002 aprobado deberá encontrarse a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad y en la página web de ésta, debiendo además remitirse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa (PROMPYME) en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de su aprobación; Que, mediante el documento de vistos, la Oficina de Admi- nistración y Finanzas ha propuesto el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el año 2002 en base a las necesida- des identificadas por los diferentes órganos de la entidad; Con el visto bueno del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurí- dica y del Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y por la Resolución Defensorial Nº 66-2000/DP y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209; la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, Ley Nº 27573; los Artículos 6º y 7º incisos d) y g) del Reglamento de Organización y Funciones y, en concordancia con el Artículo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 7º de su Reglamento, la Directiva Nº 022-2001- CONSUCODE/PRE aprobada mediante Resolución Nº 200- 2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Defensoría del Pueblo para el ejercicio presupuestal 2002, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina de Adminis- tración y Finanzas remita copia de la presente resolución y el Plan anexo, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Microempresa (PROMPYME), dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación y cautele que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se encuentre en las Oficinas del Area de Logística, sito en Jr. Ucayali Nº 388, Lima 1, a disposición de los interesados para su revisión o ad- quisición al precio de costo de reproducción. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Administra- ción y Finanzas publique la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones 1869 Exoneran de procesos de selección las prórrogas de plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 002-2002/DP Lima, 24 de enero de 2002 Vistos; el Memorando Nº 036-2002-DP/OAF-L y su Informe s/n de fecha 15 de enero del 2002, anexo, así como el Informe Nº 01-2002-DP/OAJ procedentes del Area de Logística y de la Oficina de Asesoría Jurídica, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estado se dio la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante Resolu- ción Defensorial Nº 12-2001/DP su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se aprobó el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM su Reglamento, los que establecen las nor- mas que deberán observar las entidades del Sector Públi- co Nacional en los procesos de contrataciones y adquisi- ciones de bienes, servicios y obras; Que, el inciso g) de Artículo 19º del Texto Unico Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do establece que se encuentran exoneradas de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa la prórroga de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del Indice General de Precios al por Mayor; Que, asimismo, el Artículo 20º del citado dispositivo esta- blece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, debiendo ser aprobadas mediante Resolu- ción del Titular del Pliego de la Entidad, publicada en el Diario Oficial El Peruano, y a continuación deberá remitirse junta- mente con los informes técnico y legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su publicación; Que, el Numeral 3 del Artículo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado esta- blece que las prórrogas sucesivas de los contratos de arren- damiento deberán efectuarse observando las condiciones previstas en los contratos respectivos, conteniendo nece- sariamente una cláusula de resolución unilateral a favor de la Entidad, sin pago de indemnización por ningún concepto y sin incluir opción de compra; Que, los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecen los procedimientos a que se deben someter las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección antes aludidos, precisando que, una vez aprobada la exoneración, la contratación, deberá realizarse mediante acciones inme- diatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo in- dicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encar- gará de llevar a cabo la contratación; Que, según el Informe Técnico emitido por el Area de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas, se sustenta la necesidad de prorrogar el plazo de los contra-