Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2002 (27/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 216454 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de enero de 2002 tos de arrendamiento de determinados inmuebles que vie- ne ocupando la Defensoría del Pueblo a nivel nacional; Que, visto el Informe Legal Nº 001-2002-DP/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, con opinión favorable, se concluye que para la prórroga del plazo de los contratos de arrendamiento de los inmuebles que viene ocupando la De- fensoría del Pueblo a nivel nacional procede la exoneración del proceso de selección al encontrarse dentro del supuesto establecido en el inciso g) del Artículo 19º de la Ley; requirién- dose para tales efectos de conformidad con el Artículo 20º de la ley, emitirse la Resolución que la apruebe; Con el visto bueno del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurí- dica y del Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y por la Resolución Defensorial Nº 66-2000/DP; de conformidad con la Ley de Gestión Pre- supuestaria del Estado, Ley Nº 27209, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, Ley Nº 27573, los Artículos 19º inciso c), 20º y 21º del Texto Unico Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, los Artículos 14º, Numeral 4), inciso b), 105º, 116º y 119º Numeral 3) del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM y los Artículos 6º y 7º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado me- diante Resolución Defensorial Nº 12-2001/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR, de los procesos de se- lección Concurso Público y Adjudicaciones Directas, las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de los inmuebles que viene ocupando la Defensoría del Pue- blo a nivel nacional que se detallan en el Artículo Segundo de esta Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Jefe de la Ofi- cina de Administración y Finanzas a prorrogar el plazo conforme a ley, de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad que a continuación se detallan: LOCALES UBICACION CONTRATISTA PLAZO VALOR REFERENCIAL INSTITUCIONALES MENSUAL TOTAL Adjuntías para los Derechos Edificio Caucato Inmobiliaria Caucato 12 meses US$ 4.500.00 US$ 54.000.00 Humanos y las Personas con Discapacidad, para la Jr. Miroquesada Administración Estatal, Nº376, 5to y 6to Piso, para los Servicios Públicos, Lima 1. Oficina de Asesoría Jurídica, y el Area de Personal de la Oficina de Administración y Finanzas. Oficina Regional de Trujillo Diego de Almagro Colegio de 12 meses S/. 1.850.00 S/. 22.200.00 Nº 454, 2do Piso Arquitectos del Perú Oficina Regional de Ayacucho Av. Mariscal Cáceres Nº 984, Ayacucho. Margarita Gutiérrez 12 meses US$ 1.000.00 US$ 12.000.00 Vda. de Melendez Oficina Regional de Arequipa Calle Los Jilgueros Siles Eduardo Gutiérrez 10 meses S/. 2.500.00 S/. 25.000.00 Nºs. 205 y 207, Ballón Urb. El Carmen, Cercado, Arequipa. Oficina Regional de Piura Calle Lima Nº 730, Josefina Quiroga 5 meses US$ 650.00 US$ 3.250.00 Piura de Ramos Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administración y Finanzas remita copia de la presente resolución y de los informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERAL TA Defensor del Pueblo en Funciones 1870 S B S Aprueban Circular sobre remisión de in- formación referida a tasas de cotización de pensiones de jubilación, invalidez o sobrevivencia del Sistema Privado de Pensiones CIRCULAR Nº S-591-2002 Lima, 25 de enero de 2002 Ref.:Remisión de información referi- da a tasas de cotización de pen- siones ------------------------------------------- Señor Gerente General:  Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribu- ciones conferidas por los numerales 9º y 18º del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias y la Reso- lución SBS Nº 1028-2001 del 27 de diciembre de 2001, esta Superintendencia, dispone lo siguiente:  1. Alcance La presente Circular es aplicable a las empresas de se- guros que coticen pensiones de jubilación, invalidez o so-brevivencia en el ámbito del Sistema Privado de Pensio- nes.   2. Información sobre cotización de pensiones Las empresas de seguros deberán remitir a esta Su- perintendencia, con periodicidad trimestral, información re- lativa a tasas de cotización de pensiones de jubilación, así como de pensiones de invalidez y sobrevivencia sin cober- tura, correspondientes a los concursos ganados desde el 1 de julio de 2001 en adelante, de acuerdo al Anexo adjunto a la presente Circular.    3. Medio y oportunidad 3.1 La información señalada en el numeral anterior de- berá ser presentada únicamente en medio magnético, em- pleando la hoja de cálculo Excel, conjuntamente con los estados financieros correspondientes a marzo, junio, se- tiembre y diciembre. 3.2 Por única vez, la información correspondiente a setiembre y diciembre de 2001 será presentada con- juntamente con la información que corresponda a mar- zo de 2002. 4. Vigencia La presente Circular entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.    Atentamente,   SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (e)