Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2002 (17/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2002

VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 11 de febrero de 2002, el Proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, (ROF); y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; segun lo preceptuado en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado; Que, conforme lo dispone la Directiva Nº 005-82-INAP/DNR sobre Normas para la Formulacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de los organismos de la Administracion Publica, el ROF es un instrumento normativo de gestion institucional en el cual se precisan la naturaleza, la finalidad las funciones generales, las atribuciones de los Titulares de las Unidades Organicas y sus relaciones, de acuerdo a la MORDAZA legal de creacion y disposiciones complementarias. Asimismo establece la estructura funcional y organica de las dependencias hasta el tercer nivel organizacional, tipificandose las atribuciones de los cargos directivos, especificandose la capacidad de decision y jerarquia del cargo asi como el ambito de supervision; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), es un instrumento normativo de gestion que determina la naturaleza, finalidad, competencias, Estructura Organicas de la Municipalidad y las funciones y composicion de cada uno de los organos que lo conforman; Que, la Ley Organica de Municipalidades en su Articulo 110º regula el procedimiento para la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion al establecer que "Los Edictos son normas generales por cuya virtud se aprueban los tributos municipales y el Reglamento de Organizacion Interior"; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 029 de fecha 23 de MORDAZA de 2001, se declaro en Situacion de Emergencia Administrativa y Economica a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, disponiendose su reorganizacion y reestructuracion administrativa integral; Que, de acuerdo a las funciones establecidas en el ROF vigente y en la necesidad de actualizar los documentos de Gestion la Oficina de Planeamiento ha elaborado una propuesta, con el proposito de establecer claramente las Funciones y Responsabilidades encomendadas a los diferentes organos de la Municipalidad, clasificar y ordenar las funciones de acuerdo a los tipos de organos de Alta Direccion, Coordinacion, Control, Asesoramiento, Apoyo, Linea, Desconcentrados y Programas; Que, con Informe Nº 272-2001-OP/MSJL de fecha 12 de noviembre de 2001, la Oficina de Planeamiento remite a la Direccion Municipal el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones, la que fue vista en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de enero de 2002; aprobandose la Nueva Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho y encargandose a la Oficina de Planeamiento la adecuacion del Proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho a lo aprobado por el Pleno; Que, mediante Informe Nº 377-2002-OAJ/MSJL de fecha 8 de febrero de 2002, la Oficina de Asesoria Juridica es de opinion que el Proyecto del ROF materia de analisis cumple con los requisitos de Ley, por lo que debe procederse a su aprobacion, debiendo elevarse al Concejo Municipal por ser de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime del pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas se aprueba el siguiente: EDICTO APROBATORIO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho (ROF), el mismo que consta de ciento veintiseis (126) Articulos y cinco (5) Disposiciones Transitorias y Finales y forma parte integrante del presente Edicto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Municipal demas Direcciones y dependencias Organicas integrantes de la Estructura Administrativa de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, el estricto cumplimiento del presente Edicto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3270

Declaran en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007
San MORDAZA de Lurigancho, 8 de febrero de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 26-PVL-2002/MSJL del Jefe del Programa del Vaso de Leche, Informe Nº 286-2002-OAJ/MSJL del Director de Asesoria Juridica e Informe Nº 008-2002DM/MSJL de la Direccion Municipal sobre Recomendacion para declarar en Situacion de Urgencia el Suministro de Productos Alimenticios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al cronograma establecido en la Convocatoria a Licitacion Publica Nº 005-2001-CE/MDSJL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 1 de enero de 2002, la fecha para la realizacion del Acto Publico de MORDAZA de Propuestas fue fijado para el 30 de enero del ano en curso; Que atendiendo a que dos empresas han formulado observaciones a las bases administrativas, las mismas que no fueron acogidas por el Comite Especial, con fecha 25 de los corrientes se ha elevado en consulta los antecedentes a CONSUCODE, para su pronunciamiento con arreglo a lo dispuesto en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, dentro de este contexto, y hasta el pronunciamiento de CONSUCODE, el Comite Especial ha visto por conveniente extender los plazos establecidos a un termino prudencial, modificando las fechas del primigenio cronograma consignado en la convocatoria; de tal forma que la nueva fecha para MORDAZA de propuestas se realizara el 19 de febrero de 2002; Que, no obstante y sin perjuicio de lo expuesto por el Jefe del Programa del Vaso de Leche, en su informe, es menester hacer de su conocimiento que la referida modificacion de plazos implica el desabastecimiento del suministro de productos del Programa del Vaso de Leche, con el consecuente malestar y perjuicio de los beneficiarios, lo que constituye una situacion imprevisible y extraordinaria; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala en su inciso c) los casos de exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, estableciendo que estan exoneradas aquellas adquisiciones y contrataciones que se realicen: En Situacion de Emergencia o de Urgencia declaradas de conformidad con la presente ley, asimismo el Articulo 20º del acotado establece las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion Directa; Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 senala textualmente que se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion la faculta a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Esta MORDAZA es concordante con lo establecido por el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que preve que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion requieren obligatoriamente un informe tecnico - legal previo, emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad, el mismo que contendra la justificacion tecnica legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia tales como los costos y la oportunidad; Que, a fin de asegurar el abastecimiento de los insumos al Programa del Vaso de Leche, es necesario adoptar las acciones necesarias para que el suministro de los mismos se realice en forma normal, conforme al merito del Informe Tecnico Nº 26-2002-PVL/MSJL de la Jefatura del Programa

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