Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2002 (17/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 217603

ferido MORDAZA de Licitacion Publica las normas establecidas en los Articulos 13º, 57º, de la Ley (D.S. Nº 012-2001PCM), y Articulos 20º, 49º, 75º, 76º, del Reglamento (D.S. Nº 013-2001-PCM); Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 26º, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-PCM, "el Titular del Pliego, o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, por algunas de las causales establecidas en el Articulo 57º, de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato..."; Que, de conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del inciso 1), del Articulo 170º, del citado reglamento, establece que "La Entidad debera pronunciarse sobre el presente recurso de apelacion y notificar su resolucion dentro de los cinco dias siguientes de su interposicion..." Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 26º, del citado reglamento, la resolucion que declara la nulidad de oficio debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad; Que, de conformidad al ultimo parrafo del Articulo 49º, del reglamento, se senala que "El incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulan el desarrollo de las etapas de los procesos de seleccion, constituye causal de nulidad de las etapas siguientes del MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 26º, del citado reglamento; Que, siendo indispensable la adquisicion del combustible para el presente ano, para las unidades de transporte, maquinaria pesada, y otros de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, se debera convocar a un MORDAZA MORDAZA de Seleccion, de conformidad a las disposiciones aplicables, establecidas en la Ley y el Reglamento; Que, de conformidad a lo estipulado por el inciso 6), del Articulo 47º, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACION, interpuesto por Estacion de Servicios "Mi Amigo S.A.C.", contra el Otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 004-2001-MPC. Articulo Segundo.- Declarar Nulo de Oficio el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 004-2001-MPC, en atencion a los fundamentos de derecho consignados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en atencion al MORDAZA parrafo del Articulo 26º, del D.S. Nº 0132001-PCM. Articulo Cuarto.- Dar cuenta de la presente resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Quinto.- Convocar a un MORDAZA MORDAZA de Seleccion para la adquisicion del combustible correspondiente al ano 2002, para las unidades de transporte, maquinaria pesada, y otros de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Articulo Sexto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA Provincial 3330

Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 001-2002MDIE, de fecha 3 de enero del 2002, se declaro FUNDADO el Recurso Impugnatorio de Apelacion interpuesto por la Empresa Industrial del Norte SRL, respecto al MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2001-MDIE sobre la adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche correspondiente al presupuesto de los meses de octubre, noviembre y diciembre 2001; consecuentemente se declaro nulo el referenciado MORDAZA, convocandose a un MORDAZA MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, situacion que fue notificada a los senores postores; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 024-2002MDIE de fecha 6 de febrero del 2002, se declaro Desierto el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2001MDIE, en los items: Soya en Grano, Quiwicha y Quinuavena, por presentar las propuestas deficiencias tecnicas que soslayan los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y su Reglamento; situaciones que se evidencian en el Acta Nº 002-2001 del Comite Especial de Adquisiciones; Que, con fecha 8 de febrero en Acta Nº 11, el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche acordo cambiar el item Quiwicha por Soya en Grano por no tener registro sanitario; Que el Inc. c) del Articulo 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y punto 4 del Articulo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM, dispone que estan exonerados de Licitacion y Concurso Publico las adquisiciones que se realicen en situacion de urgencia; Que, el numeral 2) del Articulo 108º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado precisa que la situacion de Urgencia constituye una medida temporal ante un hecho de excepcion que determine una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia; Que, constituyendo recursos del Programa del Vaso de Leche, elemento indispensable para financiar la racion alimentaria diaria, y siendo su desatencion contingencia que pone en peligro la salud de los beneficiarios de la jurisdiccion distrital, la misma que afectaria en forma negativa, los objetivos del programa, y a fin de garantizar las remesas de continuidad es necesario contar con los productos MORDAZA descritos en la brevedad, en tanto dure el MORDAZA de seleccion conforme a los dispositivos legales vigentes; Estando a los considerandos expuestos y a las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decretos Supremos Nºs. 0122001-PCM y 013-2001-PCM respectivamente. Y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la adquisicion de los Alimentos para el Programa del Vaso de Leche para las Partidas Presupuestales correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre 2001 en los items: Soya en Grano, Quinuavena y Soya en Grano, respectivamente, ante la contingencia de poner en peligro la salud de los beneficiarios del programa en la jurisdiccion distrital con perjuicios irreparables. Articulo 2º.- ACTUAR lo dispuesto por los Articulos 17º y 19º y conexos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; exonerandose a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion Soya en Grano, Quinuavena y Soya en Grano, para los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2001, conforme a las normas que regulan el Programa del Vaso de Leche, asi como teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 2) del Art. 108º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Unidad de Abastecimientos con supervision asistida de la Administracion y Asesoria Legal, la adquisicion de Soya en Grano, Quinuavena y Soya en Grano, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 4º.- COMUNICAR la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion de conformidad con el penultimo parrafo del Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 025-2002-MDIE
MORDAZA MORDAZA, 8 de febrero del 2002 VISTO: El Acuerdo de Sesion de Concejo de fecha 5 de febrero del 2002.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.