Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2002 (19/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de febrero de 2002

Que, mediante el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 0049-2002-AG se ha resuelto conformar una Comision de Alto Nivel que estara autorizada para entablar negociacion directa con acreedores del Ministerio de Agricultura, en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 055-2001, asi como con las personas involucradas en conflictos derivados de los procesos de expropiacion de tierras agricolas con fines de Reforma Agraria, aun en tramite; Que, en el Articulo 2º de la precitada Resolucion, se establece los integrantes de dicha Comision; Que, es necesario formalizar la designacion de dichos integrantes con el proposito de dar inicio a sus actividades y proponer en el mas breve plazo, un proyecto de Manual de Procedimientos Operativos Internos para su aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001AG y Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 0049-2002AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los integrantes de la Comision de Alto Nivel a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 0049-2002-AG: - Dr. MORDAZA Merodio MORDAZA, como Presidente de la Comision en representacion del Viceministro de Agricultura; - Dra. MORDAZA MORDAZA Valdivieso, como Secretario Tecnico de la Comision en representacion de la Procuraduria Publica; - Lic. MORDAZA MORDAZA Peraltilla MORDAZA, como miembro representante de la Secretaria General; - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro representante de la Oficina General de Asesoria Juridica; - Ing. MORDAZA Ratto Hubner, como miembro representante de la Oficina General de Planificacion Agraria; y, - CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tasayco, como miembro representante de la Oficina General de Administracion. Articulo 2º.- La Comision presentara al Despacho Viceministerial, en el plazo de 30 dias utiles, un proyecto de Manual de Procedimientos Operativos Internos para su aprobacion mediante Resolucion Viceministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Agricultura 3355

con un MORDAZA de dos (2) al mes; Que, el Decreto Supremo Nº 320-86-EF MORDAZA el regimen de dietas que perciben los miembros de Organos Directivos Colegiados de los Organismos e Instituciones del Sector Publico; Que, es conveniente establecer el monto de las dietas que deben percibir los miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Fijar a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo en QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 545,00), la dieta por sesion que deberan percibir los miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru IRTP, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas por mes. Articulo 2º.- La aplicacion de lo dispuesto en el articulo precedente se sujetara a lo senalado por los Articulos 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 320-86-EF, segun sea el caso. Articulo 3º.- El costo que implique la aplicacion a que se refiere el Articulo 1º del presente Decreto Supremo, sera financiado con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios" del Presupuesto del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 3398

ECONOMIA Y FINANZAS
Fijan dieta por sesion que percibiran los miembros del Consejo Directivo del IRTP
DECRETO SUPREMO Nº 025-2002-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 829 se creo el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, el cual es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional de difusion de contenidos educativos, informativos, culturales y de esparcimiento; Que, conforme al Articulo 7º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0562001-ED, el organo MORDAZA de gobierno del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP es el Consejo Directivo, el cual esta conformado por un (1) Presidente y cuatro (4) miembros designados por Resolucion Suprema; Que, asimismo, el Articulo 10º del dispositivo referido en el considerando precedente, establece que el Consejo Directivo sesionara como minimo una vez al mes y las veces que requiera la operatividad institucional, y que sus miembros recibiran una dieta, cuyo monto sera fijado por Decreto Supremo de conformidad a las normas vigentes,

Establecen disposiciones reglamentarias del "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis, MORDAZA 2001 - 2002"
DECRETO SUPREMO Nº 026-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto de Urgencia Nº 005-2002, se creo con caracter extraordinario el "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002", disponiendose que mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Agricultura, se establecera entre otros aspectos, a los sujetos comprendidos en ese Programa asi como los requisitos y las condiciones de operatividad; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion politica del Peru y el Decreto de Urgencia Nº 005-2002; DECRETA: Articulo 1º.- Para efectos de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo se entiende por: a. Decreto: Decreto de Urgencia Nº 005-2002. b. Programa: "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002". c. Empresa desmotadora: empresa desmotadora o, de ser el caso, a la empresa que utilizo los servicios de la desmotadora, registrada en el Ministerio de Agricultura para los efectos del Decreto de Urgencia Nº 005-2002.

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