Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2002 (19/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS
REQUISITOS Automatico No aplicable (Articulo 21º de la Ley Nº 26702) Recursos Administrativos

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº de orden

DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO

Pag. 217726

01

Autorizacion para la constitucion de las empresas referidas en el articulo 16º de la Ley Nº 26702: Empresas de Operaciones Multiples, Empresas de Seguros, Bancos de Inversion y Empresas Especializadas

Derecho de Pago y Forma Inafecto

CALIFICACION Evaluacion Previa Positivo Negativo X

Dependencia donde se inicia el tramite Tramite Documentario

Autoridad Competente para Aprobacion Superintendente de Banca y Seguros

NORMAS LEGALES
MORDAZA, martes 19 de febrero de 2002

Autorizacion de Organizacion I. Solicitud de organizacion dirigida al Superintendente de Banca y Seguros que se presenta, en una sola oportunidad, con la siguiente informacion: 1. Proyecto de minuta de constitucion social. 2. Relacion de Organizadores, Organizadores Responsables y Accionistas. 3. Dos ejemplares del estudio de factibilidad de MORDAZA, financiero y de gestion. 4. Certificado de deposito de garantia, constituido en una empresa del sistema financiero del MORDAZA, vigente al momento de presentarse la solicitud y a la orden de la Superintendencia, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del capital minimo. Para el caso de la constitucion de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito o MORDAZA Municipales de Credito Popular, en forma adicional a la informacion MORDAZA senalada, se debera presentar una MORDAZA autenticada por fedatario de la Superintendencia del Acuerdo del Concejo Provincial que determine la creacion de la MORDAZA y del nombramiento de los representantes designados. La solicitud de autorizacion de organizacion de una MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito debera adjuntar la opinion de la Federacion Peruana de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito. Las Cooperativas de Ahorro y Credito que capten depositos del publico, en forma adicional, segun corresponda, deberan presentar la documentacion que sustente el cumplimiento de las caracteristicas senaladas en el articulo 289º de la Ley Nº 26702. II. Los organizadores deben acompanar a la solicitud de organizacion, la siguiente documentacion: 1. Curriculum Vitae. 2. Declaracion jurada de no estar incurso en los impedimentos establecidos en el articulo 20º de la Ley Nº 26702. Las sanciones a que se refieren los numerales 8 y 9 del articulo 20º de la Ley Nº 26702, son aquellas referidas a inhabilitacion o destitucion originadas por infracciones consideradas muy graves, conforme al Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. El impedimento sera por un periodo de diez (10) anos a partir de la fecha en que la sancion MORDAZA quedado firme. En caso de reincidencia, dicho impedimento sera permanente. III. Los organizadores responsables deben acompanar a la solicitud de organizacion, por lo menos, la siguiente documentacion: 1. Curriculum Vitae. 2. Declaracion jurada de no tener antecedentes penales ni policiales en el MORDAZA para los residentes, y en el MORDAZA de domicilio para los no residentes. 3. Declaraciones juradas de: 3.1 No encontrarse incursos en los impedimentos a que se refieren los articulos 20º y 81º de la Ley Nº 26702. Las sanciones a que se refieren los numerales 8 y 9 del articulo 20º de la Ley Nº 26702, son aquellas referidas a inhabilitacion o destitucion originadas por infracciones consideradas muy graves, conforme al Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. El impedimento sera por un periodo de diez (10) anos a partir de la fecha en que la sancion MORDAZA quedado firme. En caso de reincidencia, dicho impedimento sera permanente. 3.2 Sus bienes patrimoniales y, en caso corresponda, senalar si

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