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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (19/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 217720 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta la complejidad del contrato de Suministro de Bienes y Servicios bajo la modalidad Llave en Mano de la Primera Etapa del Sistema de Radar para el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y ante una solici- tud del proveedor para una nueva prórroga para cumplir con el referido contrato, se requiere contratar los servicios profesionales de un Estudio de Abogados que asista a los representantes del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción en las negociaciones con la Firma Northrop Grumman Overseas Service Corporation y la redacción de proyectos de convenio, hasta alcanzar un acuerdo; Que, con el fin de adoptar las medidas necesarias para cautelar los intereses del Estado, se requiere contratar los servicios de un Estudio de Abogados de reconocida tra- yectoria que cuente con profesionales en Derecho de alta especialización en materia contractual y en técnicas de negociación; Que, de acuerdo al inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta- blece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Ad- judicación Directa, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriendo de un Infor- me técnico - legal previo; dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contralo- ría General de la República, dentro de los 10 días siguien- tes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que se encuen- tran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servicios celebrados con perso- nas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales o por su determinada ca- lidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, el Estudio de Abogados a contratar reúne las ca- racterísticas para prestar el servicio de asesoría legal al MTC y en las negociaciones con la mencionada empresa, por poseer una reconocida trayectoria y contar con profe- sionales en Derecho altamente calificados en materia con- tractual y en técnicas de negociación; Que, en consecuencia la contratación del Estudio de Abogados para la adecuada protección de los intereses del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, en la asesoría legal en las negociaciones del Contrato de Suministro de Bienes y Servicios bajo la modalidad Llave en Mano de la Primera Etapa del Sistema de Radar para el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, debe realizarse mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por ser éste un servicio personalísimo; Con el informe favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica y de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del proceso de Adjudicación Directa para la contratación de los servicios de un Estudio de Abogados para brindar asesoría legal en las negociaciones con la Firma Northrop Grumman Over- seas Service Corporation hasta por la suma de S/. 28,000.00 (veintiocho mil y 00/100 nuevos soles). Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración la contratación de los servicios a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución, mediante el pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- La contratación de los servicios a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución se realizará con cargo a Recursos Ordinarios asignados a la Oficina General de Administración.Artículo 4º.- La presente Resolución, así como el In- forme Técnico - Legal correspondiente, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3142 PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Oficializan relación de postulantes ad- mitidos al Segundo Curso Especial de Preparación para el Ascenso - Primer, Segundo y Tercer Nivel de la Magistra- tura RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2002-AMAG/DG Jesús María, 18 de febrero de 2002 VISTO: El Informe Nº 072-2002-AMAG/DA de fecha 18 de fe- brero de 2002, de la Dirección Académica, elevando el re- sultado del proceso de evaluación efectuado por la Comi- sión de Evaluación de postulantes inscritos para la Admi- sión al Segundo Curso Especial de Preparación para el Ascenso - Primer, Ascenso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 003-2002-AMAG-CD, publicada el 26 de enero de 2002, se realizó la convocato- ria para la admisión al Segundo Curso Especial de Prepa- ración para el Ascenso - Primer, Segundo y Tercer Nivel de la Magistratura, a cargo del Programa para la Formación y el Ascenso a Magistrados (PFA) de la Academia de la Ma- gistratura, en sus sedes Arequipa, Cusco, Lambayeque y Lima; Que, por Resolución Nº 004-2002-AMAG-CD, publica- da el 26 de enero de 2002, se aprobó el Reglamento para la Admisión al Segundo Curso Especial de Preparación para el Ascenso - Primer, Segundo y Tercer Nivel de la Magistratura; Que, mediante Resolución Nº 007-2002-AMAG/DG se constituyó la Comisión de Evaluación de los postulantes inscritos; Que, como indica el Informe de Visto, la citada comi- sión ha cumplido con evaluar la documentación de los pos- tulantes inscritos en las sedes Arequipa, Cusco, Lamba- yeque y Lima, conforme al Reglamento del Proceso de Admisión, tal como consta en las actas respectivas, debi- damente firmadas por sus integrantes; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de la Academia de la Magistratura Nº 26335, el Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolu- ción Nº 022-2002-AMAG/CD y por la Disposición Final de la Resolución Nº 006-2002-AMAG-CD; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar la relación de los postu- lantes admitidos al Segundo Curso Especial de Prepara- ción para el Ascenso - Primer, Segundo y Tercer Nivel de la Magistratura. Artículo Segundo.- Los postulantes admitidos proce- derán a matricularse en la Academia de la Magistratura, conforme al cronograma establecido al efecto. Artículo Tercero.- Los postulantes no admitidos podrán solicitar la devolución de sus documentos en las sedes donde se inscribieron, a partir de la fecha de publicación